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OPINIÓN

Estructuras ocupacionales

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Metástasis, por Flavio Mendoza //

La educación es quizá uno de los marcos normativos más cambiantes en las últimas décadas, en el siglo pasado se realizó en promedio una reforma cada 20 años, en el actual, antes de los primeros 20 años ya se tienen 3 reformas a la normativa que rige la educación en México, considerando desde la RIEB 201, hasta las Reformas Constitucionales derivadas del Pacto por México y la recientemente impulsada desde la 4T.

En todas hacen referencia sobre la importancia de la Educación para un país, un eje rector para el desarrollo, sin embargo, ninguna se traduce en una mayor inversión al Sistema Educativo Nacional. Los esfuerzos siguen apostando a programas que son focalizados y atienden aspectos que ya se salieron de control o son pilotajes en un porcentaje menor e insignificante para el universo de escuelas de educación básica en el país, en otras palabras, no hay congruencia entre lo que se establece en la ley y lo que se aplica a la realidad como política pública, más allá de quedar corta, se siguen ampliando los profundos problemas del sistema educativo nacional y con ello rezagando cada vez más los resultados académicos de generación en generación.

Para un buen funcionamiento de las escuelas, además de infraestructura física y materiales didácticos, ente otros aspectos, es fundamental que cuenten con el personal suficiente, el número de trabajadores pertinente para cada tipo y modalidad de escuelas en educación básica, pero, ¿Cuál es ese número y clasificación de personal pertinente?

Para ello, desde reformas pasadas se establecen las Estructuras Ocupacionales, donde se determina la estructura de cada escuela que deberá precisar el número y tipo de puestos de trabajo requeridos, atendiendo al número de aulas y espacios disponibles, al alumnado inscrito y al plan de estudio de que se trate.

El acuerdo vigente que establece la actualización e implementación de las Estructuras ocupacionales se derivo de los acuerdos tomados en el Consejo Nacional de Autoridades Educativas (CONAEDU), reconocidas como un órgano que puede intervenir en asuntos educativos con base en la Ley General de educación, actualmente la última actualización es de 2015, que para el caso de Jalisco se firmó un convenio entre la federación y el estado, en donde se determina cuál es el personal que deberá atender cada tipo y modalidad en las escuelas de educación básica.

Para el caso de los niveles preescolar y primaria, que son el mayor número de escuelas, la situación es hasta crítica debido a que existen escuelas donde ni siquiera hay directivo o los casos vergonzosos donde el personal es multigrado y hasta atiende dos funciones por el mismo sueldo. A diferencia del nivel de secundaria, aunque no en todas las escuelas, pero que tienen asignados personal de apoyo para función de gestión, administración, asistencia y docentes suficientes, en primaria o preescolar un director debe tener super poderes para atender todo lo relacionado a la operación cotidiana en la escuela.

Según el convenio signado por autoridades federales y estatales para Jalisco, por ejemplo, un preescolar debe tener 1 directivo a partir de 3 grupos y 60 alumnos, 1 Subdirector de Gestión a partir de 3 grupos, 1 Subdirector académico a partir de 10 grupos, 1 maestro por cada grupo, 1 maestro de educación física una hora por grupo, 1 maestro de música una hora por grupo, 1 asistente educativo por cada grupo de primer grado, 1 intendente por cada 6 grupos a partir de 3 grupos, 1 velador o conserje por cada 6 grupos. Mientras para una primaria regular es 1 directivo y subdirector a partir de 6 grupos, 1 Subdirector académico a partir de 10 grupos, 1 maestro por grupo, 1 maestro de educación física, 1 de inglés, 1 de educación artística, 1 promotor de tics y 1 maestro de taller, ademas personal de apoyo administrativo uno por cada 12 grupos e intendentes y velador. Las modalidades de los niveles varían en tipos de personal.

Desde luego que todo esto no se cumple, pero no sólo eso, sino que ante las aucencias justificadas como incapacidad por maternidad en el caso de personal de intendencia no se cubre por falta de presupuesto. Esta es una realidad que deberían priorizar antes de pensar en la Nueva Escuela Mexicana de la 4T y Recrea de la Refundación para un buen comienzo y seriedad en la transformación de la educación.

Twitter: @FlavioMendoza_

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