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OPINIÓN

La cultura de la rendición de cuentas: Crear figura de la Contraloría Ciudadana del Poder Judicial —

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Por Luis Enrique Villanueva Gómez

Rendir cuentas en términos muy prácticos y rudimentarios se entiede como la acción de informar, dar a conocer a alguien el cumplimiento de una encomienda, de ahí que la acción de rendir cuentas sea consecuencia de una responsabilidad asumida y cuando hablamos de un ente público está claro que al asumir el cargo se adquiere en automático la responsabilidad propia del nombramiento pero también la correspondiente a la rendición de cuentas. No hay cargo ni ente público que no tenga la obligación de informar y justificar su desempeño.

Dar información de cualquier encomienda pública lleva entonces ímplicitamente la intención y conciencia de ser evaludado, de calificar el cumplimiento de las metas, procedimientos o alcances fijados, lo que obliga a que rendir cuentas no sea solo presentar información, sino además explicar o justificar esa información para alcanzar la aprobación del ente evaluador, sea para sancionar con castigo o con un reconocimiento, porque rendir cuentas tiene que que ver con acciones, decisiones u omisiones de los servidores públicos.

Es por ello que la falta de rendición de cuentas en forma transparente, accesible y oportuna, propicia la falta de castigo a una acción indebida, a una decisión ilegal o una omisión perjudicial, dando origen a la impunidad, uno de los peores males de la confianza ciudadana en las instituciones públicas. Esto es, para recuperar la confianza de la ciudadanía en el servicio público es necesario combatir la impunidad con eficientes mecanismos de rendición de cuentas.

La división de poderes, un principio de las democracias modernas que en nuestro país alcanza rango constitucional, se constituye como el primero de los ejercicios de rendición de cuentas, al establecerse en la máxima norma funciones de contrapeso que además de limitar y garantizar las facultades de cada uno de los poderes, evita el abuso de un poder sobre el otro al prohibir la acumulación dos poderes en una sola persona, en lo que los doctrinistas ubican como la rendición de cuentas horizontal, clasificación en la que se suman los informes mensuales, semestrales y anuales sobre la cuenta pública y de desempeño que todas las instituciones deben presentar ante los organos autónomos creados al efecto.

En el terreno de los hechos, el Poder Judicial de Jalisco no ha tenido un trato de igualdad con el resto de sus pares, los procesos de asignación presupuestal son aprovechados para coartar su autonomía financiera.

Existen, claro está, otros mecanismos de rendición de cuentas que permiten a la sociedad calificar el correcto cumplimiento del objeto de ser de las instituciones, como lo es el acceso público a lás páginas electrónicas y las publicaciones que en cumplimiento a la norma realizan los entes de gobierno, así como el derecho de petición directo a la dependencia, permitiendo el uso de esa información, existiendo a nivel nacional y estatal incluso un organismo que garantiza esos derechos a los ciudadanos.

Sin embargo, en lo que toca a los órganos jurisdiccionales, las páginas web implementadas, lejos de pretender facilitar el acceso a la información propia de las tareas de justicia, dedican la mayor parte de su estructura a fomentar la imagen de los funcionarios al proyectar en grandes y mejores espacios sus fotografías y videos en actos políticos y protocolarios que en nada abonan a la satisfacción de la demanda social por conocer cómo y porqué se imparte justicia en los términos que lo hace el Poder Judicial.

Más aún, la falta de compromiso con la institución y el desconocimiento de la trascendencia de la justicia para el Estado, permite omisiones muy graves en el diseño de las plataformas digitales puesto que no se ha dedicado el tiempo para incorporar en su estructura la información de los asuntos que estan a cargo de las salas, su desarrollo y definición, dedicando más espacios a la información administrativa que ni siquiera se actualiza, como se aprecia al verificar la relativa a los estados financieros del Supremo Tribunal que el último que se pública corresponde al mes de octubre de 2019, esto es, se va a cumplir un año que no se actualiza la información financiera cuando la norma impone que se publique mes a mes para que la sociedad pueda evaluar por ejemplo la pertinencia de una compra realizada, pero si no se tiene noción del monto disponible ¿cómo es que se han decidido las compras en todo un año, como saben si procede o si se podía pagar?

En otro mecanismo útil, es la presentación de informes anuales, en lo que se constituye como el proceso formal y más abierto de rendición de cuentas, es la oportunidad política de informar aunque en la practica, se ha convertido en una ocasión que permite a los titulares presentar cifras y dar una versión sesgada de la realidad, sin contrapeso alguno.

En ese sentido, el Poder Judicial de Jalisco acusa una clara falta de justificación y contexto, dado que como se dijo antes, el proceso de rendición de cuentas consiste en informar de lo realizado; explicar y justificar ese resultado para que pueda ser evaluado por los organos especializados y por la sociedad en general, antes de tomar decisiones.

Sin embargo, de nada sirve, como lo hace el Poder Judicial en su informe, presentar números y cifras al por mayor sin una razón que los justifique, sin un punto de comparación o parámetro que explique si esos números son muchos o pocos, sin precisar si son buenos o malos según su vinculación con el cumplimiento de las metas e indicadores de un programa operativo anual, de tal manera que en esos términos no es factible su evaluación o calificación y menos aún con base en ellos tomar decisiones.

Es así que puede afirmarse entonces que la rendicion de cuentas tradicional presta espacio a la simulación que facilita actos de corrupción y en consecuencia de impunidad; que la falta de ejercicios continuos de mejora en la publicación de información especifica jurisdiccional y de revisión preventiva del ejercicio del gasto público así como la falta de concientización de los ciudadanos a la rendicion de cuentas.

Luego, partiendo del supuesto de que el ejercicio de la rendicion de cuentas se alimenta directamente de la confianza ciudadana y al encontrarse en la práctica falta de interés por parte del servidor o servidora para rendir cuentas y también falta de interés del gobernado para recibirlas, se configura el círculo vicioso que propicia la toma arbitraria de decisiones por parte del gobernante.

Esta incorrecta interpretación de las normas de transparencia y rendicion de cuentas, la falta de actualización de las plataformas digitales con información oportuna y la falta de buenas prácticas de rendición de cuentas genera una gran desconfianza social que debe ser revertida de inmediato, porque para el Modelo de Gobernanza Judicial (www.gobernanzajudicial-jalisco.mx) que se propone, la rendición de cuentas implica un cambio cultural en el funcionariado judicial, que por su trascendencia debe ser gradual pero contundente con un rumbo y ritmo perfectamente diseñados, lo que nos lleva a consensar a la brevedad las políticas públicas necesarias para facilitar el acceso a las sentencias judiciales y todo lo que a su alrededor implica, tanto contenidos como procesos bajo los principios de máxima publicidad, accesibilidad, oportunidad e integralidad.

La cultura de la rendición de cuentas con trasparencia, oportunidad e integralidad, debe ser considerada como un eje transversal que por tanto requiere su abordaje desde varios ángulos.

Es importante en primer lugar dotar al Estado de Jalisco de un adecuado marco normativo que no solo armonice las leyes estatales con las más recientes reformas constitucionales y a las leyes federales, que se vincule adecuadamente con los convencionalismos y los innumerables criterios jurisprudenciales, sino que también permita al Poder Judicial una clara y contundente independencia y respeto a sus decisiones como es obligación del Estado, para que entonces pueda ser un auténtico contrapeso en la revisión del desempeño propio y de los otros poderes.

Se requiere una profunda revisión y una adecuada modificación de las estructuras administrativas del Poder Judicial para darles orden y eficiencia a fin que identifiquen la trascendencia de la función jurisdiccional y adquieran el compromiso con las instituciones judiciales para facilitarles las herramientas, registro, control y manejo de la información propia de su desempeño para su publicación y actualización, permanente y oportuna.

Es necesario contar con una autentica plataforma informática que, aún mejor que en los tribunales federales, permita no solo consultar en tiempo real el proceso de resolución de cada uno de los asuntos de su conocimiento, sino también evaluar el cumplimiento a tiempo de las responsabilidades que le corresponden a cada una de las diversas aéreas que participan en el tránsito de un expediente o toca, lo que limitaría en automático las posibilidades de tardanza, omisiones o conductas irregulares.

LA FIGURA DEL CONTRALOR CIUDADANO

Hace falta crear la figura de la Contraloría Ciudadana del Poder Judicial, para que los gobernados participen no solo en la denuncia de posibles casos de corrupción, sino que también formen parte de la substanciación del procedimiento administrativo, además dotarla de una diversa plataforma digital que igual lleve el seguimiento de las quejas presentadas en contra de los servidores públicos judiciales etapa por etapa hasta su correspondiente sanción exculpatoria, en su caso o hasta la completa ejecución cuando se impongan condenas sean administrativas, penales o políticas.

Es urgente que la ciudadanía sea convocada a la conformación de un legítimo plan general del crecimiento y desarrollo del Poder Judicial a corto, mediano y largo plazo, que incorpore los programas de acción con sus tiempos, objetivos, indicadores y metas, para que sus formatos y estructuras al ser de acceso público sean también evaluados a cada momento con la posibilidad de interactuar con el ciudadano para sus sugerencias, comentarios y en su momento acciones de corrección y mejora, pero además para que la sociedad organizada pueda tener una referencia precisa a la hora de confrontar lo publicado con el contenido de los informes de labores y así facilitarle la toma de decisiones.

En resumen, resulta necesario poner al ciudadano en el centro de las acciones y de las decisiones judiciales, especialmente cuando de rendir cuentas se trata, esa es una las columnas centrales del Modelo de Gobernanza Judicial (www.gobernanzajudicial-jalisco.mx ) que ha venido siendo enriquecido y fortalecido por prácticamente todos los sectores productivos, académicos y sociales del Estado y sus municipios y que dada su conformación autosustentable continúa abierto a la participación responsable de todos los jaliscienses.


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