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JALISCO

Adiós al IEPC

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De Frente al Poder, por Óscar Ábrego //

La solvencia profesional del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Jalisco (IEPC) fue sepultada en las pasadas elecciones.

Cómo condujo el proceso, en especial los casos de Guadalajara y el Estado, fue más que desastrada.

Por supuesto que con ello no pretendo insinuar que los triunfos de Verónica Delgadillo y Pablo Lemus fueron resultado de un fraude –no tengo elementos para hacer una afirmación de ese tamaño-; sin embargo, la forma en que se manejó el organismo que preside Paula Ramírez Höhne generó todo tipo de sospechas y provocó una desconfianza de tal dimensión que su continuidad no garantizaría tranquilidad ni certeza.

Durante la semana que recién termina, el Instituto escribió dos episodios que lo describen de cuerpo entero.

El primero tiene que ver con la aprobación de lineamientos que, entre otros puntos, pretende echar abajo un derecho consagrado en las leyes de todo país con un sistema democrático: “votar y ser votado”.

El asunto se vuelve absurdo porque a partir de supuestos subjetivos, se busca impedir la participación de los varones para las alcaldías de Zapopan, Tonalá, Chapala y otras, algo que a decir de expertos en materia electoral, es un exceso en cuando menos tres temas.

  1. La determinación de que se nominen exclusivamente a mujeres para la presidencia municipal, es totalmente discriminatorio, pues no existe ningún precepto legal que permita excluir a un género en específico de su legítimo interés de participar en un proceso electoral.

Por tanto, no hay una razón válida para que se impongan criterios que atentan contra los derechos de toda persona, con independencia de su género y condición física o étnica.

Esto afecta el principio de igualdad entre géneros.

Excluir a los hombres de una contienda electoral por el solo hecho de serlo es una barbaridad.

  1. Al no contar ni presentar evidencias claras, documentadas y comprobables de que en el pasado inmediato haya habido por parte de los partidos una discriminación intencional “de grupos en situación de vulnerabilidad y/o históricamente discriminados, en la postulación de candidaturas a diputaciones y munícipes”, esta argumentación cae en percepciones que nada tienen que ver con el rigor jurídico.

  1. El IEPC carece de atribuciones para invadir la autonomía de los partidos políticos, eso es inconstitucional y su planteamiento es absolutamente ilegal.

Sólo los partidos tienen la potestad de regular sus normas internas para atender y cumplir lo correspondiente a la paridad.

El segundo es el referente a la revocación de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial Federal (TEPJF) respecto de la queja presentada por Ramírez Höhne en contra de ciudadanos y periodistas a quienes acusó ante las autoridades electorales de haber incurrido en violencia política de género en el marco del proceso del pasado 2024.

Lo anterior no sólo deja muy mal parada a esta funcionaria, sino que abona a la pésima imagen que se ha ganado ante a la opinión pública.

Por ello es conveniente concluir con un par de comentarios.

Uno, que la aprobación de los lineamientos inconstitucionales se caerán por medio de impugnaciones una vez que comience el próximo proceso electoral, lo que sucederá en septiembre del año próximo.

Dos, que de cualquier manera los precitados lineamientos están condenados a venirse abajo en virtud de que el IEPC tiene los días contados.

¿Por qué? Porque la reforma electoral federal que se avecina contempla trasladar las funciones de los órganos locales a lo que hoy conocemos como INE, de tal suerte que su desaparición será inevitable, justo como le pasó al ITEI.

Dicho de otro modo, vamos diciéndole adiós a la peor gestión electoral que se recuerde en la historia reciente de Jalisco.

En X: @DeFrentealPoder

*Óscar Ábrego es empresario, consultor en los sectores público y privado, activista, escritor y analista político.

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