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Acotan a deudores alimentarios

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-Opinión, por Gerardo Rico

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) sorprendió esta semana con la autorización para embargar parcialmente recursos de las Afores a deudores alimentarios, en las subcuentas de retiro, cesantía y vejez, solo en casos excepcionales y cuando se trate de pensiones para menores de edad, y el titular esté desempleado, sin otros bienes ni ahorro voluntario.

El caso se originó por una madre que reclamó que la norma impedía garantizar la pensión alimenticia para su hijo. La Corte consideró que el deudor alimentario no puede usar la protección de la Afore para evadir su obligación. En ausencia de otros bienes embargables o ahorro voluntario, el juez podrá autorizar que se afecte la subcuenta en la proporción que permitiría un retiro por desempleo.

Al respecto el Ministro ponente Jorge Mario Pardo Rebolledo precisó que la subcuenta podrá ser embargada en la misma proporción en que el trabajador desempleado podría disponer voluntariamente de esos recursos y dijo que el monto máximo será el menor entre 65 días de salario básico o el 10 por ciento del saldo.

Sin duda que se trata de un gran avance en la legislación en esta materia ante el creciente número de hombres que por diversos motivos determinan separarse de su familia y dejan a los hijos a cargo de la madre. En México se calcula que aproximadamente 4 millones 180 mil hombres que son padres no viven con sus hijos y no participan activamente en su crianza, entre la población masculina mayor de 15 años.

De acuerdo al INEGI, lo anterior representa aproximadamente el 9.3 de los 21 millones 200 mil hombres que son padres en el país Además, se observa que un porcentaje significativo de padres, tras un divorcio, evitan cumplir con la obligación de proporcionar pensión alimenticia a sus hijos. Por otra parte, son más de cuatro millones 100 mil los hogares encabezados por mujeres, quienes asumen la totalidad de las responsabilidades económicas y cuidados.

El tamaño del problema -que va en aumento- se refleja en los siguientes datos: en promedio, las mujeres en México dedican 40 horas semanales al trabajo no remunerado del hogar y los cuidados, mientras que los hombres dedican 15.9 horas, según datos del IMCO. Esta diferencia representa una sobrecarga de tiempo equivalente a una jornada laboral adicional, sin compensación económica ni respaldo institucional.

Dicho organismo precisa que estas madres representan una proporción significativa del mercado laboral femenino. Siete de cada diez buscan empleos con horarios flexibles para conciliar el trabajo remunerado con las tareas domésticas y de cuidado. Sin embargo, estos empleos suelen encontrarse en condiciones precarias, con bajos ingresos, sin prestaciones laborales y, con frecuencia, dentro de la economía informal.

En Jalisco se originó en agosto del 2019 el Registro de Deudores Alimentarios Morosos (REDAM) a cargo de la Dirección General del Registro Civil, además de modificarse diferentes artículos del Código Civil de Jalisco. Este registro tiene como objetivo identificar y registrar a las personas que incumplen con sus obligaciones alimentarias.

Un juez de lo familiar ordena la inscripción de un deudor alimentario moroso en el REDAM cuando hay un incumplimiento de pago de la pensión alimenticia por más de 90 días, según el Código Civil de Jalisco. El Registro Civil, el Registro Público de la Propiedad y el Colegio de Notarios son notificados sobre la inscripción en el REDAM para que tomen las medidas correspondientes.

La persona inscrita puede tener dificultades para realizar ciertos trámites, como la compraventa de bienes inmuebles o la celebración de contratos con el gobierno, ya que se informa al Juez sobre la situación. En caso de que la persona inscrita intente contraer matrimonio, se le informará al Oficial del Registro Civil sobre su situación.

La Ley de Movilidad y Transporte establece que se debe consultar el REDAM para la expedición o renovación de licencias de conducir. Si la persona está inscrita, no se le podrá otorgar la licencia a menos que demuestre que es indispensable para su trabajo y que con eso podrá pagar la pensión.

Aunque los nombres de los deudores no son públicos, existen mecanismos para que los acreedores alimentarios puedan verificar si una persona está inscrita en el REDAM. En Jalisco, no existe una cifra oficial unificada de deudores alimentarios. Sin embargo, se estima que hay un número considerable de personas que incumplen con sus obligaciones de manutención de hijos. Sin embargo, cifras extraoficiales señalan que en nuestro estado hay al menos medio millón de mujeres que no reciben el apoyo o pensión alimenticia para sus hijos.

Las medidas adoptadas por la SCJN marcan un precedente que acota cada vez más a quienes, por diferentes circunstancias, se separaron de su familia y no mantienen a sus hijos. Se encienden las alertas para miles de hombres que son deudores alimentarios.

 

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