NACIONALES
Menos pleito, más estrategia: La nueva frontera del derecho fiscal
– A título personal, por Armando Morquecho Camacho
Ronald Reagan solía decir, con su característico humor político, que “la visión gubernamental de la economía puede resumirse en unas cortas frases: «Si se mueve, póngasele un impuesto. Si se sigue moviendo, regúlese, y si no se mueve más, otórguesele un subsidio».
Sin embargo, más allá del tono irónico, esta frase encierra una verdad profunda: el Estado, para sostenerse, necesita recursos, y esos recursos provienen de la actividad económica, y cuando la recaudación se ve mermada por la litigiosidad de los contribuyentes, el gobierno busca ajustar las reglas del juego.
Por eso, las nuevas reformas en materia administrativa y fiscal deben entenderse justamente desde esa perspectiva: el fortalecimiento de la capacidad recaudatoria del Estado. Se trata de una reforma con enfoque pragmático —no ideológico— que busca reducir la enorme cantidad de litigios fiscales que, durante años, han terminado por retrasar o impedir el cobro efectivo de créditos fiscales. Pero detrás de ese propósito se esconden grandes transformaciones que modificarán la forma en que los abogados deberán concebir su trabajo.
Hasta ahora, el sistema ofrecía un amplio margen para impugnar actos administrativos y fiscales, incluso en etapas donde la deuda ya había sido determinada o estaba en vías de ejecución. Muchos litigantes aprovecharon ese espacio para prolongar procedimientos y ganar tiempo, a veces de manera legítima, a veces con fines dilatorios.
Las nuevas disposiciones buscan cerrar esas puertas. De acuerdo con las modificaciones, será improcedente el recurso administrativo cuando se interponga contra actos que exijan el pago de créditos fiscales determinados en resoluciones liquidatorias ya impugnadas, y que hayan quedado firmes por resolución de una autoridad competente.
Esto, en la práctica, implica que una vez que un crédito fiscal ha quedado firme, no habrá posibilidad de reabrir el debate mediante nuevas vías o recursos. El Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) también ve limitada su competencia en este sentido: conocerá los juicios promovidos contra resoluciones definitivas o actos administrativos en los que se determine una obligación fiscal o se establezcan bases para su liquidación, pero no podrá hacerlo tratándose de créditos fiscales ya determinados, firmes o prescritos bajo resolución de autoridad competente. En otras palabras, lo decidido, decidido está.
A simple vista, esta medida parece técnica, casi burocrática. Pero su efecto será profundo, ya que significa que el litigio ya no podrá usarse como una herramienta para “ganar tiempo” o renegociar la deuda, y que las estrategias defensivas deberán concentrarse en etapas mucho más tempranas. En consecuencia, la abogacía administrativa y fiscal entrará en una nueva era, una donde la prevención y la técnica serán los ejes fundamentales.
El abogado del siglo XXI —al menos el que quiera sobrevivir en el nuevo contexto— tendrá que dejar de ser un simple “apagafuegos” y convertirse en un verdadero estratega. Ya no bastará con presentar un recurso o una demanda una vez que la autoridad ha actuado: el trabajo deberá comenzar antes, desde la asesoría preventiva, la planeación de las operaciones, la revisión del cumplimiento normativo y la detección de posibles contingencias.
Esta transformación no debe verse como una amenaza, sino como una oportunidad para profesionalizar la práctica jurídica. Durante años, el litigio administrativo se convirtió en una especie de zona gris donde las estrategias procesales se mezclaban con la improvisación, y donde el exceso de facilidades terminó por generar incentivos perversos: autoridades lentas, procesos interminables y créditos que, aunque válidos, quedaban sin cobrarse.
Desde luego, todo cambio genera resistencias. Habrá quienes argumenten que estas reformas restringen derechos o limitan el acceso a la justicia. Pero conviene recordar que el acceso a la justicia no es sinónimo de litigios eternos. La justicia también requiere certeza, y esa certeza solo puede existir cuando las resoluciones se respetan.
En ese sentido, lo que las reformas proponen no es cerrar puertas, sino delimitar los caminos. Si el procedimiento se agota y la resolución queda firme, el Estado debe tener la capacidad de cobrar, y el contribuyente, la certeza de que el proceso ha concluido.
Además, estas medidas podrían tener un efecto saludable en el propio ecosistema jurídico. Se elevará la exigencia técnica de los procedimientos, y se elevará también la calidad del trabajo profesional. El abogado que no se actualice quedará fuera de juego. La litigiosidad artificial, basada en formularios o impugnaciones genéricas, ya no tendrá cabida.
En cambio, habrá espacio para quienes sepan construir argumentos sólidos, detectar errores sustantivos en los actos de autoridad, de tal forma que la diferencia entre ganar y perder estará en los detalles, en la precisión jurídica y en la capacidad de anticipar escenarios.
En el fondo, este cambio refleja algo más grande: la evolución del Estado mexicano hacia un modelo más moderno de gestión fiscal. Un Estado que no puede cobrar lo que le corresponde es un Estado débil. Pero un Estado que cobra sin respetar el debido proceso es un Estado injusto. El equilibrio entre eficiencia recaudatoria y garantía de derechos será la clave de este nuevo periodo. Y ese equilibrio dependerá, en gran medida, de la preparación de los profesionales del derecho y de su compromiso con la técnica.
La realidad es que estamos entrando en una etapa en la que el abogado ya no puede limitarse a reaccionar. Su papel será, cada vez más, el de un asesor integral que combine conocimiento jurídico, visión económica y comprensión de la lógica institucional. Lo que se mueve —como diría Reagan— será gravado o regulado, pero lo que no se mueva, quedará fuera del mapa. Y en ese nuevo orden, solo sobrevivirán quienes sepan adaptarse.
Las reformas al procedimiento administrativo no son solo una modificación de artículos: son una declaración de intenciones. El Estado busca fortalecer su recaudación, pero también enviar un mensaje claro: los litigios deben ser excepcionales, no la regla. Quienes sepan entender esto, encontrarán oportunidades donde otros verán restricciones. Pero, al final, el derecho no se trata solo de oponerse, sino de comprender el cambio, anticiparse a él y convertirlo en una ventaja.
México está redefiniendo la relación entre el contribuyente, la autoridad y el abogado. Lo que viene exigirá más conocimiento, más estrategia y, sobre todo, más responsabilidad. No es el fin del litigio; es el principio de una nueva forma de ejercerlo. Y en ese terreno, el abogado que entienda que la prevención es la nueva defensa, será el que marque el rumbo.
