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Requisitos para darse de alta ante el IMSS: Los desempleados pueden pensionarse con 9,400 pesos

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– Consejos para tu jubilación, por Arturo Pérez Díaz

En México, una parte significativa de la población ocupada trabaja por cuenta propia, para ellos se creó la modalidad de incorporación voluntaria al régimen obligatorio del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), Modalidad 10 y 40, para que puedan jubilarse aún sin empleo. Hablamos de casi 25 millones de personas que carecen de empleo formal, pero que si no actúan hoy, mañana se quedarán sin jubilación.

¿Con cuánto me puedo jubilar aún sin empleo?

Las Personas Trabajadoras Independientes (PTI), mediante las modalidades voluntarias permite que quienes no tienen un patrón puedan cotizar al Seguro Social y acceder a prestaciones, incluyendo una jubilación mínima garantizada en este año 2025, por 9 mil 400 pesos.

La Ley del Seguro Social (LSS) reconoce que el Instituto tiene la atribución de inscribir a los trabajadores independientes al régimen obligatorio a su solicitud, conforme a lo dispuesto en el artículo 251, fracción X, de la LSS. 

Este esquema aparece ya en el portal del IMSS bajo “Personas Trabajadoras Independientes (PTI)” como una modalidad de aseguramiento voluntario al régimen obligatorio; mediante ese mecanismo, el IMSS presta servicios médicos, prestaciones en dinero y cotización para pensión. 

El mecanismo voluntario, puede ser estratégico para quienes fueron despedidos a los 50 años, ya cerca de una edad de jubilación, dado que permite mantener continuidad para efectos de pensión y completar en ley 73, al menos 500 semanas de cotización, que dan derecho a una pensión desde los 60 años de edad.

REQUISITOS PARA DARSE DE ALTA ANTE EL IMSS

Para que una persona trabajadora independiente pueda incorporarse al IMSS bajo este régimen, debe cumplir ciertos requisitos y pasos:

1. Solicitud de incorporación voluntaria: la persona debe pedir su afiliación al Seguro Social bajo la modalidad de PTI o incorporación voluntaria al régimen obligatorio.

2. Identificación oficial y CURP: presentar documento de identidad reconocido.

3. Determinación del salario base de cotización (SBC): seleccionar un salario base de cotización sobre el cual hará sus aportaciones.

4. Pago de las cuotas correspondientes: pagar todos los conceptos asegurados (enfermedad y maternidad, riesgos de trabajo, invalidez y vida, retiro/cesantía/vejez) con cargo al asegurado, pues no hay patrón que haga aportaciones.

Además, para personas mexicanas en el extranjero, existe la posibilidad de afiliarse como trabajador independiente. 

Una vez que la persona trabajadora independiente se encuentra afiliada bajo este esquema, puede acceder a muchos de los derechos del régimen obligatorio, similares a los de los trabajadores asalariados:

Atención médica, hospitalaria, farmacéutica y atención obstétrica para el asegurado y sus beneficiarios. 

Incapacidades y subsidios por enfermedad o maternidad. 

Seguro de riesgos de trabajo (accidentes laborales) si aplica.

Pensión por invalidez y de vida para sus beneficiarios. 

Cotización para el fondo de retiro (el seguro de retiro/cesantía/vejez).

Conservación de derechos para efectos de pensión.

Continuidad en la historia laboral formal, lo cual es relevante para acceso a créditos, prestaciones y financiamientos.

Uno de los propósitos centrales de afiliarse al IMSS, es que la persona pueda aspirar en el futuro a una pensión. En el régimen del IMSS, las pensiones conocidas como “Cesantía en Edad Avanzada” y “Vejez” aplican según la edad del solicitante al momento de la petición y las semanas cotizadas. 

Acorde a la ley 73, si la persona está entre 60 y 64 años, y ya causó baja del régimen obligatorio, puede solicitar pensión por cesantía en edad avanzada. Si tiene 65 años o más, la pensión solicitada será por vejez. 

El importe de la pensión de cesantía en edad avanzada se calcula con un porcentaje que depende de la edad al momento de pensionarse:

  – 60 años → 75 %

  – 61 años → 80 %

  – 62 años → 85 %

  – 63 años → 90 %

  – 64 años → 95 %

  – Si la persona cumple los 65 años (o 64 años y 6 meses con un día) → 100 %. 

MERCADO LABORAL: TRABAJADORES POR CUENTA PROPIA

Para dimensionar el segmento de personas que podrían beneficiarse de este esquema, revisemos datos del INEGI. Según los más recientes boletines de la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo (ENOE), las personas trabajadoras por cuenta propia representaron 41.9 % de la población ocupada en México, con una caída anual de 3.0 puntos porcentuales. 

En el segundo trimestre de 2025, la población ocupada fue de 59.4 millones de personas. Si 41.9 % de esa población está en trabajo por cuenta propia, eso implicaría aproximadamente 24.9 millones de personas que laboran sin subordinación.

Estos números son consistentes con las estimaciones que vinculan el alto nivel de informalidad en México: el 54.8 % de la población ocupada se considera informal, muchas de ellas precisamente trabajadores por cuenta propia sin seguridad social. 

Este universo es el mercado potencial para la afiliación voluntaria como PTI, pues son personas que hoy laboran sin cobertura formal.

En 2025 se reportaron pérdidas de empleo formal en varios meses; por ejemplo, en junio de 2025 se eliminaron 46,378 puestos formales en un solo mes, la mayor caída para un mes similar en más de una década (excluyendo pandemia). 

Durante el segundo trimestre de 2025 también se reportó una pérdida neta de plazas formales. Eso aumenta la población sin seguridad social y en consecuencia sin futuro de jubilación.

Muchas personas que pierden su empleo alrededor de los 55 años enfrentan un dilema crítico: ya han acumulado tiempo de cotización, pero están demasiado cerca del final de su vida laboral para “empezar de cero”. Si no consiguen un empleo formal inmediato, corren el riesgo de no completar las semanas requeridas para pensión. En esos casos, afiliarse como PTI puede ser una estrategia de salvaguarda.

PENSIÓN SIN EMPLEO

Si eres parte de esos 25 millones de mexicanos que siguen siendo productivos, pero está sin IMSS, debes asesorarte y asegurarte por cuenta propia, no dejar tu pensión en la incertidumbre, cada vez más personas se acercan a preguntarme por esta opción, es una gran satisfacción que ya estén cotizando en modalidad voluntaria , asegurando su futuro.

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Arturo Pérez Díaz, es periodista independiente, ha sido docente de Política, Opinión Pública y Mercadotecnia Política, así como asesor profesional de Comunicación Pública.

E-mail: amper61@hotmail.com


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