OPINIÓN
Preocupan resoluciones negativas, evita juicios contra el IMSS
Consejos para tu jubilación, por Arturo Pérez Díaz
La seguridad social, es fundamental para garantizar una vida tranquila de los adultos mayores en México, la falta de previsión lleva a enfrentar riesgos administrativos al solicitar su pensión o jubilación bajo la Ley del Seguro Social de 1973 (conocida como Ley 73).
Aunque muchos creen tener todo en orden, una resolución negativa del IMSS puede dejarlos sin derecho a pensión vitalicia, obligándolos a litigios largos y costosos o a caer en el régimen menos favorable de la Ley 97.
REQUISITOS BÁSICOS PARA PENSIONARSE BAJO LA LEY 73
La Ley 73 aplica principalmente a quienes comenzaron a cotizar antes del 1 de julio de 1997. Los requisitos esenciales son:
Edad mínima: 60 años para la pensión por cesantía en edad avanzada (con un porcentaje reducido de la pensión completa) o 65 años para la pensión por vejez (100%).
Semanas cotizadas: Mínimo 500 semanas reconocidas por el IMSS.
Vigencia de derechos: Haber causado baja en el régimen obligatorio y conservar los derechos (generalmente hasta 4 años después de la última cotización, dependiendo del número de semanas).
Otras condiciones: Estar dado de baja como trabajador activo y cumplir con la conservación de derechos.
Cumplir estos puntos permite acceder a una pensión calculada con base en el salario promedio de las últimas 250 semanas cotizadas (aproximadamente 5 años), lo que puede traducirse en montos elevados si se combinan con estrategias como aportaciones voluntarias en Modalidad 10 (continuación voluntaria) o Modalidad 40 (continuación voluntaria al salario más alto).
En 2026, la pensión mínima garantizada ronda los $10,636.54 pesos mensuales (equivalente aproximado a un salario mínimo general ajustado), pero con una buena estrategia, muchos logran pensiones de 35,000 a 40,000 pesos o más.

PRINCIPALES CAUSAS DE RESOLUCIONES NEGATIVAS EN LEY 73
A pesar de la aparente sencillez, el IMSS realiza una verificación exhaustiva al recibir la solicitud de pensión. Los rechazos más frecuentes derivan de problemas en las semanas cotizadas:
Semanas vinculadas a patrones irregulares o familiares. Un caso común: el trabajador presenta una constancia con 1,500 semanas, pero al revisar el IMSS detecta que cientos o miles corresponden a un registro patronal de un familiar. Estas semanas se descuentan por considerarse simuladas o no genuinas, dejando al solicitante con apenas 500 semanas posteriores a 1997.
En ese escenario, el régimen cambia automáticamente a Ley 97, donde en 2026 se requieren 875 semanas mínimas (incremento gradual de 25 semanas anuales hasta llegar a 1,000 en 2031). Al no alcanzarlas, se emite resolución negativa.
Prácticas de «compra» de semanas o simulaciones laborales. Hace unos años se popularizó el mercado negro de cotizaciones: por sumas importantes, «intermediarios» prometían elevar de 300 a 580 semanas para alcanzar la mínima garantizada.
Sin embargo, el IMSS detecta irregularidades como altas y bajas en periodos cortos en ciudades distantes (por ejemplo, temporadas breves en el norte, 52 semanas en el occidente y 22 en el sureste), patrones fantasmas. Estas prácticas se consideran simulación laboral, lo que lleva a la cancelación de semanas y resolución negativa.
El instituto ha reforzado revisiones y advierte sobre fraudes a quienes cotizan en modalidad 40, no tanto en la modalidad porque los pagos se hacen directo al Banco HSBC, sino más bien en los periodos cotizados previo a la modalidad referida.
Otras causas incluyen datos inconsistentes (NSS o CURP erróneos), falta de vigencia de derechos, nombres y CURP duplicados.
EL CALVARIO POSTERIOR A UNA RESOLUCIÓN NEGATIVA
Si el IMSS emite negativa, las opciones son limitadas y desgastantes:
Reclamación de semanas no reconocidas: Muchos optan por la Constancia de Aclaración de Semanas Cotizadas en línea (a través del portal del IMSS). Aunque debería resolverse en 5 días hábiles, en la práctica toma varios meses debido a saturación del sistema, sino te las reconocieron, vas directo a un mundo de problemas administrativos.
Recurso de inconformidad: (Artículo 274, LSS 73). Cuando los patrones y demás sujetos obligados, así como los asegurados o sus beneficiarios consideren impugnable algún acto definitivo del Instituto, acudirán en inconformidad, en la forma y términos que establezca el Reglamento, ante el Consejo Técnico. En la práctica el recurso es inútil contra el IMSS, en la mayoría de los casos los escritos son rechazados. Ahí hay una enorme necesidad de un Ombudsman de Seguridad Social.
Un defensor de la seguridad social, gratuito y eficiente, a fin de que un trabajador no lapide su dinero y afecten su salud en un juicio contra el IMSS por una jubilación negada. Al menos se debería llevar el Recurso de Inconformidad a una instancia colegiada, y no unilateral. En este rubro los procuradores sociales o abogados defensores de oficio, son prácticamente desconocidos en el IMSS.
Juicio de nulidad administrativa: Ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa. Puede durar al menos un año. Aunque la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha emitido fallos favorables a trabajadores (por ejemplo, reconociendo semanas validadas por Infonavit en paralelo), el IMSS no es proactivo y rara vez acata en etapas previas, dejando al solicitante en el terreno del pleito judicial en donde el IMSS se siente cómodo, evitando en su engranaje la figura de la mediación y la solución de conflicto en conciliación proactiva, incluso subsanando la deficiencia de la queja.
¿QUÉ HACER PARA EVITAR RIESGOS?
La mejor estrategia es preventiva: revisar con al menos cinco años de anticipación (idealmente entre los 55-60 años) para llegar a los 60 o 65 con todo en regla.
Pasos recomendados:
Consulta tu Constancia de Semanas Cotizadas en el portal del IMSS (imss.gob.mx) o app. Verifica que aparezcan todas las aportaciones reales.
Revisa datos personales: NSS correcto, CURP actualizada, nombre completo sin errores y domicilio vigente.
Detecta irregularidades tempranas: Si te faltan semanas, aclara de inmediato en línea (busca evidencias; contratos, recibos de nómina, constancias patronales).
Evita atajos ilegales: No compres semanas ni confíes en «despachos» que prometen inyecciones mágicas de cotizaciones. El riesgo de perder todo es alto.
Planea tu retiro: Si estás en Ley 73, considera aportaciones voluntarias en Modalidad 40 para elevar el salario base y la pensión futura.
Si tienes 55 años, inicia ya tu plan de retiro. Si llegas a los 60, estás en el momento crítico para corregir tu expediente y evitar zozobra. Una resolución negativa representa años de trámites, estrés y posibles pérdidas económicas.
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Arturo Pérez Díaz, es periodista independiente, ha sido docente de Política, Opinión Pública y Mercadotecnia Política, así como asesor profesional de Comunicación Pública.
E-mail: amper61@hotmail.com




