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OPINIÓN

Urge ley de salud mental: Abundan los malos tratos a pacientes psiquiátricos, denuncia la CNDH

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Bioética, por Omar Becerra Partida //

La salud mental en la población es un fenómeno que está íntimamente determinado por factores sociales, ambientales, biológicos y psicológicos; en este sentido, lograr que la población conserve la salud mental, depende, en gran parte, de la intervención del gobierno como estado paternalista, como se había implementado en años anteriores, en donde el estado era un sistema parecido al de Otón Bismark, que se encargaba de la protección de la población, de atención médica y pensiones, por medio de un sistema de seguridad social encargado por el Estado. Lo que se busca con esta investigación es encontrar lagunas legales y crear una ley en salud mental que la vista como derecho humano y tenga una esencia bioética.

Como sabemos el INSABI es un fracaso, y lo que está haciendo este gobierno federal, es centralizar el sistema de salud. La salud mental es muy importante ante esta crisis de salud.

La creación de una ley en materia de salud mental a nivel nacional es fundamental ya que justificaría muchas de las acciones del pueblo y de sus gobernantes, que dejaría, en claro, la esencia de los actos y la pluralidad de ideas entorno a la creación de parámetros de política pública, en un estado de bienestar social.

Durante la pandemia la salud mental de la población se vio severamente afectada, consideramos que por parte del sistema de salud no se ha dado la protección necesaria para la misma.

Como propuesta fundamental sería calificar la salud mental de diversos gobernantes y legisladores, nos atrevemos a considerar y adelantar diagnósticos de psicopatía en muchos de los casos, esperando que nos disculpen los especialistas.

Tendríamos que observar el fundamento legal de la salud mental en México.

Para abordar el marco legal de la salud mental en México transcribimos el artículo 72 de la Ley General de Salud: Artículo 72. La prevención y atención de los trastornos mentales y del comportamiento es de carácter prioritario.

Se basará en el conocimiento de los factores que afectan la salud mental, las causas de las alteraciones de la conducta, los métodos de prevención y control multidisciplinario de dichos trastornos, así como otros aspectos relacionados con el diagnóstico, conservación y mejoramiento de la salud mental.

Para los efectos de esta Ley, se entiende por salud mental el estado de bienestar que una persona experimenta como resultado de su buen funcionamiento en los aspectos cognoscitivos, afectivos y conductuales, y, en última instancia, el despliegue óptimo de sus potencialidades individuales para la convivencia, el trabajo y la recreación.

Nos nacen varias cuestiones como:

¿Qué derechos tiene el paciente psiquiátrico? ¿Está realmente protegido el paciente psiquiátrico por la ley? ¿Hay seguridad en el paciente psiquiátrico y su manejo?

DERECHOS DEL PACIENTE PSIQUIÁTRICO EN MÉXICO

Respecto a los derechos del paciente psiquiátrico en México, en la Ley General de Salud observamos lo siguiente:

Artículo 74 Bis. La persona con trastornos mentales y del comportamiento tendrá los siguientes derechos:

I. Derecho a la mejor atención disponible en materia de salud mental y acorde con sus antecedentes culturales, lo que incluye el trato sin discriminación y con respeto a la dignidad de la persona, en establecimientos de la red del Sistema Nacional de Salud;

II. Derecho a contar con un representante que cuide en todo momento sus intereses. Para esto, la autoridad judicial deberá cuidar que no exista conflicto de intereses por parte del representante;

III. Derecho al consentimiento informado de la persona o su representante, en relación al tratamiento a recibir. Esto sólo se exceptuará en el caso de internamiento involuntario, cuando se trate de un caso urgente o cuando se compruebe que el tratamiento es el más indicado para atender las necesidades del paciente;

IV. Derecho a que le sean impuestas únicamente las restricciones necesarias para garantizar su protección y la de terceros. En todo caso, se deberá procurar que el internamiento sea lo menos restrictivo posible y que el tratamiento a recibir sea lo menos alterador posible;

V. Derecho a que el tratamiento que reciba esté basado en un plan prescrito individualmente con historial clínico, revisado periódicamente y modificado llegado el caso;

VI. Derecho a no ser sometido a tratamientos irreversibles o que modifiquen la integridad de la persona;

VII. Derecho a ser tratado y atendido en su comunidad o lo más cerca posible al lugar en donde habiten sus familiares o amigos, y

VIII. Derecho a la confidencialidad de la información psiquiátrica sobre su persona.

Ya observamos el fundamento legal, ahora veamos el propósito de esta investigación. Un estudio realizado por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), publicado por ANSA Latina, dice que, de los 41 manicomios del país, llamados oficialmente Clínicas de Salud Mental, ocho son controlados por el gobierno federal y 32 por los gobiernos estatales, el sufrimiento ronda en los pabellones y hasta en el último rincón.

En este estudio, realizado después de enviar a sus visitadores a verificar el ambiente y el panorama reinante en los 41 psiquiátricos, la Comisión Nacional de Derechos Humanos indicó que todos tienen fallas, mayores o menores, se aísla a los pacientes; en algunos sitios se les niega atención a personas que, además de tener perturbaciones mentales, padecen del síndrome de inmunodeficiencia adquirida (SIDA); hay irregularidades como el racionamiento de comida, la negativa a otorgar vestido y calzado a los pacientes, las plagas de cucarachas y otros insectos en las instalaciones, la negativa a dar libros o acceso a la radio y a la televisión a los internos.

Esto nos lleva a dar una respuesta más humana y con mejor seguridad jurídica al paciente psiquiátrico, lo que nos conduce a proponer una ley contemple estos aspectos, y que además contemple la seguridad bioético-jurídica al paciente.

El establecer parámetros especializados dentro de la Carta Magna es fundamental, el concepto de salud en general no es suficiente ya que se deja desprotegido al ciudadano en su integridad a nivel mental, teniendo como referencia el artículo 4 que trata de las garantías individuales:

«Toda persona tiene derecho a la protección de la salud. La Ley definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y establecerá la concurrencia de la Federación y las entidades federativas en materia de salubridad general, conforme a lo que dispone la fracción XVI del artículo 73 de esta Constitución».

La creación de una Ley nacional de salud mental es vital para el desarrollo del país, ya que eso la elevaría a una ley federal, y otorgaría todos los beneficios legales al personal especializado y al paciente.

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