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OPINIÓN

La prisión preventiva y la perversión del derecho

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Mujeres y Hombres del Poder, por Gabriel Ibarra Bourjac //

El gran debate que se registra en el país entre el gobierno de la 4T, encabezado por el Presidente López Obrador y los expertos en derecho, incluyendo ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, es en torno a la desaparición de la prisión preventiva, toda vez que atenta contra los derechos humanos y el principio de presunción de inocencia.

Hay un abuso de parte de las autoridades judiciales en el uso de la figura de la prisión preventiva, que viene a cubrir la ineficiencia del ministerio público, de aquellos que no hacen bien su trabajo y que ha generado se cometan numerosas injusticias. La figura en no pocas ocasiones se ha utilizado para saciar venganzas del poder político.

Es mucha la gente que ha sido afectada por el hecho de que un juez pueda dictar prisión preventiva sin tener pruebas sólidas, más allá de las presunciones, violando la presunción de inocencia.

El caso del castigo a la ex secretaria de Sedesol, Rosario Robles, es el ejemplo más fresco que tenemos, de cómo se utiliza la figura de la prisión preventiva oficiosa como instrumento de venganza. Ella estuvo privada de la libertad durante tres años en el reclusorio femenil de Santa Martha Acatita por el caso de la “Estafa maestra”, acusada por el presunto desvío de fondos públicos por más de cinco mil millones de pesos triangulados a través de universidades y empresas fantasmas, lo más tenebroso es que en estos tres años no recibió sentencia.

Un juez tomó una decisión que bien lo pudo haber hecho desde el principio en vez de determinar prisión preventiva justificada, haberle otorgado prisión domiciliara, pero como había supuestamente “el riesgo que se escapara para evadir a la justicia”, la privaron de su libertad. El argumento muy simple para mantenerla encerrada: una licencia de conducir de Rosario Robles con domicilio diferente a donde ha vivido y que posteriormente se demostró que ésta se trataba de una falsificación.

Simplemente se vio lo que es la aplicación del poder por el poder, como es común que suceda en un país con instituciones débiles donde es posible torcer la ley.

Y cómo el juez que determinó la prisión preventiva justificada es familiar de Dolores Padierna, esposa de René Bejarano, quien estuvo detenido acusado de delitos de operaciones con recursos de procedencia ilícita y promoción de actividades ilegales. Fue el caso tan sonado “del señor de las ligas”, exhibido en los video escándalos de Carlos Ahumada, que fue pareja sentimental de Rosario Robles, cuando fue jefa de gobierno.

LA CONFRONTACIÓN

El Presidente López Obrador está a favor de que se mantenga la figura de la prisión preventiva oficiosa, toda vez que su eliminación favorecerá a la corrupción e impunidad. El gobernante tabasqueño anunció hace unos días que buscará que la decisión de la Suprema Corte no sea un pretexto para liberar a diestra y siniestra y que el proyecto “expondrá a jueces a la corrupción y podrá afectar a víctimas”.

En la óptica del Presidente, la prisión preventiva oficiosa, se hace necesaria en casos de presuntos criminales acusados de delincuencia organizada, delitos graves del orden común o delitos de cuello blanco.

En comunicado de la Secretaría de Gobernación que es respuesta a la iniciativa de la Corte, el gobierno federal expuso que “hay delitos graves que deben ser considerados para mantener la figura de la prisión preventiva oficiosa, como:

Abuso o violencia sexual contra menores de edad, delincuencia organizada, homicidio doloso, feminicidio, violación, secuestro, trata de personas, robo a casa habitación, corrupción (enriquecimiento ilícito y ejercicio abusivo de funciones, delitos de desaparición forzada.

Sin embargo, tanto el ministro presidente de la Suprema Corte, Arturo Zaldívar, como el ministro Luis María Aguilar piensan distinto que el Presidente. Zaldívar escribió:. “He venido insistiendo en el abuso que se ha dado en México de la prisión preventiva. El PJF se ha tomado como una cuestión de Estado el hacer uso de las atribuciones para generar certeza y discutir con profundidad este tema”.

Y desde las redes el ministro Zaldívar anunció que estaba por listarse un asunto de la ponencia del ministro Luis María Aguilar y otro asunto de la ministra Norma Piña para determinar la inconvencionalidad o no de la prisión preventiva y si la Constitución puede ser inconstitucional”.

El próximo 5 de septiembre podría darse la discusión sobre esta figura que encuadra el Código Penal y que va en sintonía con la presunción de inocencia y principio de proporcionalidad con la propuesta del ministro Luis María Aguilar de declarar como inconstitucional la figura de la prisión preventiva oficiosa.

En su proyecto el ministro Luis María Aguilar apunta que esta figura “es un disfraz, una simple denominación formal que no corresponde con su forma de operar ni con sus consecuencias nocivas, pues queda claro que se erige como una sanción anticipada, ya que no restringe derechos, sino los priva de ellos (…) Esta pena no puede estar por encima de la libertad de movimiento, al adelantar una sentencia antes de que se lleve a cabo el juicio”.

En síntesis, es la perversión del derecho y es un acto de corrupción, de venganza y cobardía, como bien lo ha subrayado el maestro Carlos Enrigue Zuloaga.

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