OPINIÓN
Ley que regulará al magisterio
																								
												
												
											Metástasis, por Flavio Mendoza //
Ya se presentó formalmente la Ley General del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros, la que sustituye a le General del Servicio Profesional Docente y que regula el ingreso, hoy admisión, la promoción, el reconocimiento y el diagnóstico en la Educación Básica y media superior a través de diversos procesos de valoración. Prácticamente se tendrá solo unos días para su aprobación, pues tiene que estar lista antes del 14 de septiembre, fecha en la que se cumple el plazo constitucional para su decreto.
Se crea la Unidad del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros, un organismo con las funciones que tenía la Coordinación Nacional del Servicio Profesional Docente, la encargada de la implementación de la Ley, con un titular a nivel nacional y que posiblemente será Gilberto Guevara Niebla, quien renunció a la Subsecretaría de Educación Básica hace unos meses.
La evaluación será nuevamente para todos los docentes de educación básica y media superior y se justifica como el antecedente para la capacitación y actualización a través del sistema integral de formación, capacitación y actualización que es un derecho de todos los docentes con base en la propuesta de ley.
Para la admisión se hará un proceso de selección en el que considere elementos multifactoriales como conocimientos, formación pedagógica, estudios mínimos de licenciatura, promedio general de carrera, movilidad académica, dominio de una segunda lengua y experiencia docente, para la integración del listado nominal para la asignación de las plazas vacantes se considerarán éstos, dando prioridad a las normales públicas, lo que significa una exclusión y/o restricción a los docentes egresados de una escuela formadora de docentes pero del sector privado, si consideramos que las normales públicas no son suficientes para la demanda de quienes pretenden ingresar a alguna de las carreras docentes podría ser materia de controversia al no garantizar igualdad de condiciones.
En la promoción a función superior los procesos también consideran elementos multifactoriales como un diagnóstico integral de aptitudes y conocimientos, antigüedad en el servicio, experiencia en zonas de marginación y pobreza y el polémico reconocimiento al buen desempeño por la comunidad educativa, es decir la calificación que le den los padres de familia, alumnos y maestros. Sin embargo, para poder aspirar a la promoción a categorías de dirección y supervisión requiere un mínimo de 4 años como docente y 5 años en funciones de dirección y supervisión para la promoción a la categoría inmediata superior.
Lo más polémico sigue siendo el Programa de Promoción Horizontal por Niveles con Incentivos en Educación Básica, que tendrá sus reglas de operación que emitirá la Secretaría de Educación, porque sigue existiendo una restricción que de acuerdo a los montos que determinen dichos lineamientos podría excluir a algunos docentes a participar en éste. Además de que los niveles no son permanentes y tienen vigencia, a diferencia de los anteriores sistemas de Carrera Magisterial y de Promoción en la Función mejor conocido como los K´s, por lo que generará muchas dudas al respecto de quienes cuenten con ambos o con algún nivel de Carrera magisterial cuyo monto sea mayor al de los niveles de este nuevo programa no podrá participar. Además quienes tengan ambos o el de Carrera Magisterial cuyo monto sea igual o inferior al de alguno de los niveles del nuevo programa, podrán participar y de ser acreditados para la promoción sólo recibirían el estímulo del nuevo programa, dejando de percibir carrera magisterial.
La legislación secundaria tiene muchas generalidades que permitirán a la Secretaría de Educación un control sobre los procesos de admisión, reconocimiento y promoción, que podría ser el oscurantismo que manche la transparencia en dichos procesos y reglas a modo de los intereses que hay de diversos grupos en torno a la educación.
@FlavioMendoza_
