NACIONALES
El presidente Ernesto Zedillo hizo y deshizo la SCJN: La justicia, la corte y el pueblo

Por Pedro Vargas Ávalos //
La justicia es esencial para que impere la paz, el orden, y rija a plenitud el estado de derecho. En nuestro medio, la Constitución de la República encomienda la administración de la justicia al poder judicial, y éste, a nivel federal, lo representan varios tribunales, pero el organismo emblemático por excelencia lo es la Suprema Corte de Justicia de la nación (SCJ).
A la Suprema Corte la componen abogados que deben ser de enorme prestigio, reconocida probidad y de conocimientos excelentes, en todas las ciencias, pero específicamente en la del derecho. Con esas cualidades, es como un encargado de impartición de la justicia, puede actuar conforme lo precisó Sócrates, el enorme filósofo griego: “Escuchar cortésmente, responder sabiamente, ponderar prudentemente y decidir imparcialmente.”
En nuestra patria el tema de los jueces ha sido polémico, porque por lo general no han sido genuinos juzgadores, y en el pueblo son vistos con suma desconfianza. La corrupción es típica en el Poder Judicial, y el nepotismo, así como el influyentismo, son sobresalientes perversiones que siempre lo han caracterizado. En pocas palabras, la inmensa mayoría de quienes se desempeñan dentro del Poder Judicial por lo general saben qué es la justicia, pero ordinariamente la ignoran, aplicando la ley conforme sus personales conveniencias, lo cual desde luego, es cometer injusticias.
La lucha por poseer buenos ministros (integrantes de la SCJN) ha sido permanente, pero da la impresión de que todo se vuelve como los llamados a misa modernos, que casi nadie les hace caso. Hay varios antecedentes para entender las disposiciones que regulan el poder judicial mexicano, siendo los primeros la Constitución española de Cádiz de 1812 y luego la Constitución de Apatzingán de 1814.
También se cita el Reglamento del Imperio iturbidista, que fue solo un delirio. Realmente tiene gran efecto, el Acta Constitutiva de 31 de enero de 1824, que sobre el Poder Judicial dice: “Artículo 18.- Todo hombre, que habite en el territorio de la federación, tiene derecho a que se le administre pronta, completa, e imparcialmente justicia; y con este objeto la federación deposita el ejercicio del poder judicial en una corte suprema de justicia y en los tribunales que se establecerán en cada estado; reservándose demarcar en la constitución las facultades de esta suprema corte.”
En la primera Carta Magna de nuestra nación, la de 4 de octubre de 1824, los once miembros de la Corte, eran nominados por las legislaturas de las Entidades federativas, las cuales enviaban sus propuestas al Congreso de la Unión, donde la Cámara de Diputados se encargaba de elegir a los que reunieran las condiciones requeridas por el artículo 125: instruido en la ciencia del derecho a juicio de las legislaturas de los estados, tener la edad de treinta y cinco años cumplidos, ser ciudadano natural de la república, o nacido en cualquiera parte de la América que antes de 1810 dependía de España, con tal que tuviera vecindad nacional mínima de cinco años.
Tras las vicisitudes que dieron al traste con la primera república federal, el conservadurismo dominante expidió el 30 de diciembre de 1836, una Constitución centralista, llamada de las Siete Leyes, en la cual figuraba un Supremo Poder Conservador, que en general no operó. La quinta ley, está dedicada al “Poder Judicial de la República Mexicana” y allí se establece que habrá una Corte Suprema de Justicia, compuesta por once ministros, además como en el caso de la Constitución de 1824 y luego la de 1857, habría un Fiscal. Estos funcionarios también serían electos, pero ahora de igual manera que el Presidente de la república.
Como ya sabemos, esa norma suprema reaccionaria rigió muy poco, y así sobrevinieron algunos intentos por consolidar nuestro sistema, entre los que destacó el tapatío Mariano Otero. Y así, hasta llegar a la Constitución de 5 de febrero de 1857, de corte liberal y valores federalistas. Esta Carta, previno -artículo 90- que el Poder Judicial de la Federación se depositaba en una Corte Suprema de Justicia (y Tribunales de Circuito y Distrito). El número de esos integrantes sería de once más cuatro supernumerarios, los que por una reforma de 1900 quedaron en quince ministros, los cuales serían electos cada seis años, siendo sus requisitos, el ser instruido en el derecho a juicio de los electores, ser mayor de 35 años y ciudadano en ejercicio de sus derechos.
La revolución maderista de 1910 y luego la constitucionalista de 1913, lograron que entre fines de 1916 y los inicios de 1917, se aprobaran reformas de fondo a la Constitución de 1857, por lo que realmente se emitió una nueva norma constitucional, por el Congreso de Querétaro que presidió el singular jalisciense Luis Manuel Rojas.
El nuevo Poder Judicial que previno esta ley suprema, quiso ser federalista y muy indiscutible, por lo que en su articulado a partir del numeral 94, dejó claro el mandato de que en la integración de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) a partir de 1923, pues entre 1917 y ese año serían electos, se haría de la siguiente forma: la SCJ se integra por once ministros, los cuales serían electos por el Congreso de la Unión en función de Colegio Electoral, en base a candidatos propuestos por las legislaturas estatales (art. 96).
Los requisitos para ser ministro son los típicos: ser ciudadano mexicano con plenos derechos, mayor de 35 años de edad, abogado con título registrado, haber residido en el país al menos los últimos cinco años y finalmente, poseer buena reputación.
Pero esas excelentes intenciones se frustraron tras el triunfo de los generales que asesinaron en 1920 al Primer Jefe Venustiano Carranza. Y una temprana reforma mató antes de ejecutarse, a esas ideas federalistas de integración de la SCJ. En consecuencia, se refinó el presidencialismo que imperó en nuestra patria, a partir del Manco de Celaya, Álvaro Obregón, y hasta el período del partido hegemónico, que, si bien mantuvo la ideología revolucionaria de la justicia social, vino acabando en un neoliberalismo entreguista ante el capitalismo, que, en varias ocasiones, valiéndose de su control político, hizo y deshizo la Carta Magna.
El peor ejemplo de lo anterior, lo dio el gobierno priista de Ernesto Zedillo, quien, de un plumazo, contando con la docilidad de su partido, así como la complicidad del panismo y otros institutos complacientes, acabó con la SCJ en 1994: de 26 ministros que existían entonces -21 en activo- se eliminó a todos, otorgándoles jugosas jubilaciones (aun cuando no contaran con los requisitos para tenerlas). De esa manera venal, se acalló a los que debieron protestar por su defenestración.
Pero como se decía antes: No hay cañonazos de billetes que no compren conciencias. Además, en las reformas conducentes a ese golpe al poder judicial, les conservó o incrementó privilegios a los que fungieran en lo sucesivo como ministros. Entre esas ventajas, está la de no rebajarles sueldos durante su ejercicio y la de crearles un derecho de retiro, independiente a su jubilación.
Luego los mismos ministros de la SCJ, dieron en forjar fideicomisos archimillonarios para cubrir un sinnúmero de prerrogativas. Todo esto los exhibe como muy apegados al dinero, las sinecuras y las ventajas, lo cual está en total contravención a los ideales juaristas de que, el servidor público debe vivir con austeridad, y, «Bajo el sistema federativo los funcionarios públicos no pueden disponer de las rentas sin responsabilidad.”
La enumeración que el presidente Andrés Manuel López Obrador hizo de las 40 canonjías de que gozan los ministros de la SCJ, son para reflexionar, pues ellos son precisamente quienes están obligados a predicar con el ejemplo, y sin embargo, lo que hacen es acreditar su apego al dinero y las prebendas.
Ganar más que el primer mandatario, contra lo que manda la Constitución (art. 127) y dictar resoluciones en materias que no les corresponden, como es entender controversias en leyes de corte electoral, según el art. 105 que dispone: “La Suprema Corte de Justicia de la Nación conocerá, en los términos que señale la ley reglamentaria, de los asuntos siguientes: I. De las controversias constitucionales que, sobre la constitucionalidad de las normas generales, actos u omisiones, con excepción de las que se refieran a la materia electoral…”, así lo acreditan.
Al absolver esos temas, da la impresión de que la corte se considera dueña de los destinos nacionales y que, por sus propios razonamientos, puede sustituir al poder legislativo y declararse salvador de la democracia, ideas que solo por interés son aceptadas por las oposiciones y por quienes disfrutan de pingues provechos del erario.
El punto de vista popular, es de condenar, -salvo honrosas excepciones- la conducta de todos los jueces, incluidos los ministros de la SCJ. Para el pueblo, titular de la soberanía y quien tiene el derecho de cambiar la forma de gobierno, elegir a quienes los juzgan es algo que solo los mismos ciudadanos deben determinar, o sea, si debemos regresar a los pretéritos modos republicanos de votar a los ministros y magistrados, bajo la base de que, siempre será más válido, confiar en quien se elige, que soportar a un influyente impuesto por las cúpulas del poder.
De que hace falta reformar al poder judicial, no cabe duda. De que el pueblo, a través de los ciudadanos, es quien debe decidir sobre los que los juzguen, es elemental. El debate está abierto, y ojalá que, sin enconos, egoísmos ni venganzas o encubrimientos, se coadyuve por toda la sociedad mexicana para lograr una cabal transformación de la administración de la justicia, lo cual urge a fin de abatir el rancio principio de que a estas fechas, el pueblo padece hambre y sed de justicia.
ENTREVISTAS
Francisco Reséndiz Neri, candidato a juez de distrito: Juzgar con pasión, servir con independencia

Por Francisco Junco //
“Quiero seguir siendo juez porque es mi vocación y mi pasión. No busco poder, sino servir”, afirma con convicción Francisco Reséndiz Neri, Juez Séptimo de Distrito en Jalisco, mientras enfrenta un proceso inédito en México: la elección popular de jueces el 1 de junio de 2025.
Con más de 20 años en el Poder Judicial y nueve como titular en materia penal, Reséndiz, identificado con el número 25, defiende su trayectoria y su amor por los derechos humanos como su principal carta de presentación.
Un camino desde abajo
Reséndiz comenzó en los escalones más bajos del sistema judicial, como meritorio, haciendo copias y aprendiendo desde la base. Su carrera incluye roles como actuario penal, secretario del Supremo Tribunal de Justicia de Jalisco, y juez federal en materia de cateos y arraigos en la Ciudad de México, hasta llegar a la titularidad del Juzgado Séptimo de Distrito.
“Me mueve, el hecho de que creo que esto tiene que mejorar en la selección y que se requerirán personas de experiencia, personas independientes, que contribuyan a que subsista lo que es propiamente la división de poderes, la democracia como la conocemos actualmente, porque la defensa más cercana que tiene el ciudadano y todas las personas contra cualquier acto arbitrario, es precisamente el juicio de amparo, único en el mundo que permite anular cualquier acto”, señala, destacando su compromiso con la división de poderes y la democracia.
Retos de una elección sin precedentes
En entrevista con Conciencia Pública, Reséndiz aborda con franqueza los desafíos de esta elección. “Será difícil que la gente vote con cientos de nombres en una boleta, sin partidos ni propuestas tangibles”, admite. Reconoce riesgos, como la posible influencia de poderes fácticos, incluido el crimen organizado, pero insiste en que la solución es simple: “Apegarse a la ley, al caso concreto y a la Constitución”. Su experiencia, dice, es su escudo contra presiones externas.
Dilemas judiciales
Francisco Reséndiz Neri reconoce que uno de los grandes dilemas actuales en la labor jurisdiccional es la falta de una postura clara de la Suprema Corte respecto a la jerarquía entre los tratados internacionales y la Constitución.
“Muchos jueces, actuando de manera fundada, han establecido que debe prevalecer el tratado sobre la Constitución en ciertos casos, especialmente cuando se trata de derechos humanos”, explica. Sin embargo, esa práctica ha generado reacciones del poder legislativo, que habla de afectaciones a la soberanía nacional. “El problema es que cuando un juez aplica el tratado por encima de la Constitución, aunque sea para proteger derechos humanos, puede ser señalado o etiquetado, y eso no debería pasar”, señala.
Una justicia humana y equitativa
Cuenta cómo, en un caso de abuso sexual contra un menor, “coincidía la edad con la de mi hija. Estás tentado a echarle más cosas, pero no puedes. Tienes que ser objetivo. No puedes decidir por lo que sientes” y reafirmó que la objetividad no lo aleja de la empatía, “hay que ponerse en los zapatos de los otros. Todos tienen un proyecto de vida, todos merecen respeto”.
Propuestas claras
¿Por qué votar por él? Reséndiz enumera tres razones:
“Quiero que votes por mí porque tienes derecho a una persona capacitada. Quiero que votes por mí porque tienes derecho a una persona que ha administrado justicia y que tiene noción de lo que es o son los actos injustos. Y, tres, quiero que votes por mí porque siempre dialogaré por la protección de los derechos de las personas. Esa es mi directriz”, subraya.
Deuda histórica con las víctimas
Para Reséndiz Neri, el sistema penal mexicano tiene una deuda histórica con las víctimas, “el sistema ha privilegiado la forma sobre el fondo”, lamenta. Y pone un ejemplo elocuente, “no es lo mismo liberar a alguien porque no se leyó un derecho a tiempo, que porque no se comprobó su responsabilidad. Hay que cuidar las formas, sí, pero sin perder de vista la justicia de fondo”, apunta. Desde esa visión, Francisco Reséndiz cree necesario revisar la legislación para que no se convierta en un laberinto que sirva como impunidad.
El juez habla con firmeza sobre temas que no todos tocan con tanta claridad, por ejemplo, aseguró que la diversidad llegó para quedarse. “No puede haber discriminación por preferencia sexual, por origen étnico o por discapacidad. Es una deuda histórica que tenemos con los grupos vulnerables”. Defiende los protocolos para juzgar con perspectiva de género, y asegura que su compromiso es procurar una justicia que no sólo sea formalmente igual, sino sustantivamente justa.
En un México donde la desconfianza hacia las instituciones prevalece, Reséndiz ofrece su trayectoria: nueve años como titular del Juzgado Séptimo de Distrito y una carrera forjada en la experiencia.
En la inédita elección de jueces del 1 de junio de 2025, lamenta no poder prometer resultados tangibles como un político que ofrece obras públicas. “Solo prometo proteger los derechos de quienes lleguen a mi juzgado, porque así lo manda la Constitución”, asegura con convicción. “No lo hago por poder, sino por deber”.
CARTÓN POLÍTICO
Herida abierta
NACIONALES
Daniel Cosío Villegas y el dominio presidencial

Conciencia con Texto, por José Carlos Legaspi Íñiguez //
Muy certero el dicho aquel de “quien no conoce la historia está condenado a repetirla”.
Daniel Cosío Villegas, historiador, economista, catedrático, intelectual reconocido por tirios y troyanos, escribió varios libros que dieron luz para comprender cómo se hizo y cómo funcionó el Sistema Político Mexicano, confeccionado por revolucionarios, entre los que sobresalen, Álvaro Obregón, Venustiano Carranza, Plutarco Elías Calles, Lázaro Cárdenas y otros.
Don Daniel Cosío Villegas, quien tuvo que aclarar la mentirijilla que propagó de haber nacido en Colima, en 1900, cuando en verdad nació en la Ciudad de México en 1898, estableció en varios de sus libros, ensayos y textos, que México vivió alrededor de 70 años un sistema autoritario, presidencial y con un partido dominante.
Habrá que estar muy atentos a lo escrito por este sociólogo y diplomático que desnudó y encabritó a no pocos miembros de la élite que gobernó nuestro país desde que la Revolución se bajó del caballo hasta que llegó Fox con sus botas piteadas.
Don Daniel consideró que los poderes metaconstitucionales, de por sí concesionados en la Magna Carta de 1917, motivaron la Centralización del Poder en los rubros de política, economía y geografía. Esta concentración fue perversa, centralista y castrante para el resto de las entidades de la República. Tiempos hubo que en política “no se movía una hoja del árbol” sin la aprobación del Presidente de la República (así con mayúsculas) porque su poder era inmenso, total y arbitrario.
La subordinación de las autoridades municipales, estatales, así como de los poderes Legislativo y Judicial, al omnímodo poder presidencial se tornó, incluso, patético, absurdo y kafkiano.
El presidente priista en turno era un dios sexenal, que hacía y deshacía según su voluntad, su ánimo y sus intereses personales y de grupo. ¡Ay de aquél o aquellos que osaran ir en contra de la voluntad del todopoderoso presidente! Le esperaba cárcel, muerte política o… de veras.
Con esas condicionantes se canceló así la actividad política como factor de movilidad social; brilló la ausencia de un programa político claro y se apoderó del poder el oportunismo descarado y descarnado de las huestes “hienas” que pululan siempre buscando la carroña que dejan los “leones” de la grilla.
Un factor más fue el partido único, mediante el cual se legitimaron los cambios sexenales para aparentar la democracia hacia afuera, hacia los observadores mundiales. Mientras se mostraba esa falsa careta democrática al interior del partidazo y de otros partidos paleros, se practicaba la sumisión total al detentador del poder político.
Don Daniel Cosío Villegas publicó en 1972, bajo el auspicio de la Universidad de Texas, su ensayo “El sistema político mexicano, las posibilidades de cambio”.
Estableció que la creación del Partido Nacional Revolucionario, ideado en 1920, pero nacido hasta 1929, fue creado para eliminar el caudillismo de los neopolíticos postrevolucionarios, la mayoría hombres de armas, y así disminuir la violencia. Esto generó la “pax post revolución”, con el beneficio de sentar bases sólidas de la economía y algunos programas con objetivos sociales.
Octavio Paz, premio Nóbel de Literatura, solía decir que Cosío Villegas, “nos hizo conscientes de la dignidad humana”. Cosío Villegas fue director de la Escuela de Economía de la UNAM en 1933. Fue el primer director del Fondo de Cultura Económica, de 1934 a 1948 y presidente del Colegio de México de 1957 a 1963. Justamente don Daniel, siendo diplomático en Portugal, sugirió al entonces presidente Lázaro Cárdenas del Río, traer a México a los intelectuales españoles perseguidos por Francisco Franco por su afán republicano.
Ellos, los refugiados españoles fundaron la Casa de España, a la postre convertida en el Colegio de México. En 1943 el presidente Manuel Ávila Camacho aprueba y se crea el Colegio Nacional. Entre sus iniciadores está don Daniel Cosío Villegas y los jaliscienses, José Clemente Orozco, Enrique González Martínez, Mariano Azuela, acompañados por Manuel Sandoval Vallarta, Carlos Chávez, Alfonso Reyes, Alfonso y Antonio Caso, Ignacio Ochoterena, Diego Rivera, José Vasconcelos e Ignacio Chávez.
Cosío Villegas estableció que “el dominio presidencial mata todo espíritu cívico y convierte la vida política del país en una farsa profundamente aburrida”.
A este gran pensador mexicano se le consideró un liberal constitucionalista. Sus palabras parecieran resonar en estos tiempos de regresión al tiempo en que el sistema político mexicano se regía por el autoritarismo, la descalificación de los adversarios, la sumisión de los poderes, la compra de voluntades, el absolutismo y totalitarismo encarnado en un partido único al servicio del presidente en turno.
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