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OPINIÓN

Se carece de protección legal al patrimonio genético: Derecho genómico en México y la dignidad del ser humano

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Por Omar Becerra Partida //

El derecho genómico es la rama del derecho tanto público como privado, que regula el desarrollo de la genética y su influencia en el ser humano, las especies animales y vegetales y el medio ambiente, de manera directa o indirecta, si abarca tanto el derecho privado como el público, la doctrina estricta del derecho queda expuesta de manera incompleta ante los nuevos avances de la ciencia médica.

Es pura y nata, la combinación de Bioderecho con el derecho genómico, y a su vez con la Bioética principalista, ya que debería de perseguir los cuatro principios de la misma, como lo es la autonomía, la justicia, la beneficencia y la no maleficencia.

El principio fundamental del derecho genómico debería ser la dignidad del ser humano, también deberá regular, la prevención, el diagnóstico y tratamiento de enfermedades de tipo genético, no perdiendo de vista los principales puntos que son:

* El respeto para el ser humano.

* Derechos humanos

* La Confidencialidad

* La Autonomía de la voluntad

* La Equidad en el acceso a la tecnología

* La no comercialización del cuerpo humano

El genoma humano y sus aplicaciones al encontrarse en fase de desarrollo encuentran su normativa en la Ley de los Institutos Nacionales de Salud, los reglamentos de la Ley General de Salud en Materia de Investigación para la Salud, de prestación de servicios de atención médica, de control sanitario de la dispocisión de órganos, tejidos y cadáveres de seres humanos y la norma oficial mexicana nom-168-SSAI-1998 del expediente clínico.

Las investigaciones de Genoma Humano se realizarán siempre y cuando se respeten los principios científicos y éticos que las justifiquen, de forma especial cuando; el conocimiento que se quiera adquirir no se pueda adquirir mediante otro método y se cuente con el consentimiento informado, por escrito del sujeto que está sometido a investigación o en caso de incapacidad por su representante legal o tutor y solo se podrá llevar a cabo por profesionales de la salud.

El artículo 330 de la Ley General Salud dispone la prohibición de tejidos embrionarios o fetales producto del aborto inducido, para cualquier finalidad, por lo que al realizar a contrario sensu la interpretación se entiende que se deriva la posibilidad de su empleo en los demás casos.

Por otra parte, destaca que serán consideradas como ilícitas la disposición de órganos, células y tejidos las que no se encuentren establecidas en la ley.

En el procedimiento judicial existe una prueba pericial genética en donde el individuo es localizado genéticamente.

Como sabemos en nuestro país la falta de estudio por parte de los colegios de abogados y universidad es evidente es un tema poco sonado, en estos ámbitos.

La UNESCO, ya tiene una ley sobre patrimonio genéticos, que podría servir de base para los legisladores para poder abordar este tema.

En nuestro país no hay una protección legal al patrimonio genético de las y los mexicanos, esto podría provocar que corporativos farmacéuticos puedan realizar lucro con el ADN, por no existir protección del mismo.

Hace unos días la OMS publicó nuevas recomendaciones sobre la edición del genoma humano

La Organización Mundial de la Salud (OMS) publicó, dos nuevos informes relacionados con la edición del genoma humano.

El objetivo de estas recomendaciones es hacer de la edición del genoma humano una herramienta de salud pública, con énfasis en la seguridad, la eficacia y la ética.

En 2018, la OMS creó un comité asesor de expertos a nivel mundial para evaluar los nuevos desafíos científicos, éticos, bioéticos, legales y sociales que plantea la edición del genoma humano.

La edición del genoma y progreso en salud pública, no están peleados, al contrario, podría ser nuestro país un parte aguas en América Latina sobre estos temas, solo que no existe un interés por parte de nuestros legisladores.

Según el director general de la OMS, Dr. Tedros Adhanom Ghebreyesus, la edición del genoma humano tiene el potencial de mejorar nuestra capacidad para tratar y curar enfermedades, pero el impacto total solo se logrará si la implementamos en beneficio de todos.

Actualmente se están llevando a cabo ensayos de terapia génica que modifican el ADN del paciente para tratar enfermedades como la anemia.

También pacientes con VIH utilizando CRISPR9 incluso ciertos cánceres.

Sin embargo, el informe subraya los riesgos, en particular, debido a la línea germinal y la edición hereditaria del genoma humano, que modifican el genoma de los embriones humanos y podrían transmitirse a las generaciones posteriores, modificando los rasgos de los descendientes.

Por lo tanto, los informes hacen recomendaciones sobre la gobernanza institucional y la supervisión de la edición del genoma humano.

Sería interesante el abordaje que tomaría estos en el poder legislativo, ya que cuando se tocó el arrendamiento de vientre aquí en el estado fue totalmente paternalista, dejando sin interés económico congruente ante este tema y dejando a la mujer como un objeto de experimentación como pretexto la buena voluntad.

En este orden de ideas, el comité asesor creó así un marco de gobernanza para implementar buenas prácticas para fortalecer las medidas de control.

Por ejemplo, todos los estudios que impliquen la edición del genoma humano deben ser publicados y aprobados por un comité de ética.

Del mismo modo, los expertos de la OMS han afirmado que la Agencia de las Naciones Unidas (ONU) debe poder identificar cualquier ensayo de edición de genes de interés, «para informar sobre violaciones de la integridad de la investigación”. Sin embargo, cabe señalar que las capacidades de seguimiento de la investigación son limitadas.

Ni la OMS ni la ONU tienen el poder de obligar a los países a cooperar, ni siquiera en una emergencia de salud pública.

Por cierto, hacemos un paréntesis en la columna para preguntar ¿Cuándo vacunarán a los docentes de Jalisco con la segunda dosis de CanSino?

El laboratorio respondió en sus redes sociales, desde su cuenta oficial de Twitter, la farmacéutica CanSino señaló respecto a la segunda dosis de su vacuna y explicó que dicha dosis depende de las autoridades de salud del país.


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