JALISCO
Derecho de réplica del IPEJAL
A continuación publicamos esta aclaración del área de comunicación del Instituto de Pensiones del Estado enviada a la Asociación de Jubilados y Pensionados de Jalisco, referente a algunos señalamientos que aquí se publicaron en la edición anterior de Conciencia Pública (No. 779) y que consideran que son inexactos:
Ficha Aclaratoria Nota Conciencia Pública
Compartimos la siguiente información aclaratoria con relación a la nota publicada por el diario Conciencia Pública, en la que se hace mención de un predio ubicado en la colonia Jardines del Valle y del edificio comercial localizado en la Plaza Tapatía, y que reportan el siguiente estatus:
Informamos que el señalamiento de que el predio ubicado en la colonia Jardines del Valle fue vendido es falso. Esta propiedad fue aportada a un fideicomiso en el que es parte del IPEJAL. El valor en el que se aportó el predio se determinó con un avalúo elaborado por peritos valuadores externos calificados y aprobados. Este fideicomiso garantiza que el valor de la propiedad se mantenga y genere un rendimiento durante la operación y vigencia del mismo.
Actualmente, este fideicomiso se encuentra operando en tiempo y forma, por lo que no presenta inconvenientes en su ejecución.
En relación a la situación del edificio arrendado por «Abastecedora de Servicios para la Bisutería», S.A. de C.V., se informa que desde el 22 de noviembre de 2017 se presentó una demanda en contra de esta empresa para rescindir el contrato debido al incumplimiento del mismo, ya que dicha empresa dejó de cumplir con las obligaciones de pago desde el año 2013, en la administración de 2013-2018.
Desahogado el procedimiento Judicial, el IPEJAL obtuvo una sentencia favorable, sin embargo, «Abastecedora de Servicios para la Bisutería», S.A. de C.V.. ha promovido diversos recursos ante diversas instancias judiciales, estando pendiente de resolverse el amparo directo radicado en el Quinto Tribunal Colegiado de Circuito en Materia Civil, promovido en contra la resolución de fecha 11 de diciembre del 2023.
Es importante indicar que, en el juicio de amparo antes mencionado, el IPEJAL promovió causal de sobreseimiento bajo el argumento que ya fue motivo de estudio en el amparo directo 672/2022. Estamos en espera de que la autoridad jurisdiccional federal resuelva el amparo para que se pueda concluir el procedimiento y se pueda ejecutar la sentencia.
Adicionalmente, se demandó por la vía civil sumaria la rescisión del arrendamiento del estacionamiento de 2 niveles del mismo edificio, contra Abastecedora de Servicios para la Bisutería S.A. de C.V. y en la que se obtuvo sentencia en la primera y segunda instancia y en juicio de amparo, por lo que en el mes de febrero de 2023 el IPEJAL recuperó la posesión del mismo y actualmente ya se están percibiendo ingresos por la operación del estacionamiento, generando, en el 2024, un monto cercano a los 14 millones de pesos.
Aclarado lo anterior, esperamos que esta información se difunda y se precise el contenido de la misma para mantener bien informada a la ciudadanía y al público interesado en este tema.
