ENTREVISTAS
Cerrado el camino legal a opositores a la reforma judicial: «La opción que les queda es estirar la liga», Javier Hurtado
Por Mario Ávila //
Ni el amparo, ni la acción de inconstitucionalidad, ni la controversia constitucional, son los caminos que podrían seguir los opositores para intentar echar atrás la Reforma Constitucional del Poder Judicial, toda vez que esas puertas están cerradas, dado que no aplica legalmente ningún recurso de esa naturaleza.
Esta es la interpretación que hace el politólogo y abogado constitucionalista, Javier Hurtado González, quien advierte que lo que les queda a los inconformes, es “estirar la liga para ver hasta donde se rompe, impugnando solamente el proceso, no el contenido de la reforma”.
Cuestionado sobre los amparos concedidos por varios jueces para que no se discutiera ni se votara la reforma al Poder Judicial y el amparo que posteriormente otorgó un juez de Colima para que no se publicara el Decreto en el Diario Oficial de la Federación, el experto Derecho Constitucional, Javier Hurtado, expuso que se trata de un recurso abiertamente ilegal, “ya no digamos inconstitucional, porque eso está en contradicción con la fracción 1 del artículo 61 justamente de la Ley de Amparo, que dice explícitamente que el amparo es improcedente contra reformas constitucionales, es decir se están excediendo estos jueces”.
Otro recurso de control de la constitucionalidad que se tiene además del amparo -dijo-, son las acciones de inconstitucionalidad, pero resulta que las acciones de inconstitucionalidad son para plantear la contradicción de una ley con la Constitución, no la no la contradicción de la Constitución con la Constitución misma, eso no existe.
Y el otro medio de control de la constitucionalidad -explicó-, son las controversias constitucionales, pero las controversias las presentan poderes u órdenes de gobierno cuando consideran vulneradas sus competencias por otro poder o por otro orden de gobierno; entonces está previsto toda una amplia gama de controversias constitucionales de que un municipio contra otro municipio un estado contra otro estado El poder legislativo contra El Ejecutivo etcétera, pero en ningún lugar del 105 constitucional, dice que la Suprema Corte de Justicia de la Nación sea sujeto legitimado para presentar una controversia constitucional ante ella misma.
Sobre el primer mecanismo, el amparo, el abogado calificó como una “locura” que un simple juez, quiera revertir lo que presentó el Poder Ejecutivo, lo que ya votaron más de dos terceras partes de la Cámara de Diputados y de la Cámara de Senadores, así como los Congresos de al menos 23 estados de la República. “¿Pués quién se creen… quién los eligió… qué poder tienen?”, se cuestionó.
Mientras que, en el caso de las acciones de inconstitucionalidad o la controversia constitucional, de entrada, la oposición en el Poder Legislativo no podría utilizarlas por cuestión aritmética, es decir porque juntos no reúnen a un tercio de la representación en las cámaras de diputados ni en la de senadores.
“LA OPCIÓN ES ESTIRAR LA LIGA”
Ante ese escenario, el académico de la Universidad de Guadalajara y ex presidente del Colegio de Jalisco, planteó que sería absurdo que ellos presentaran una controversia constitucional para ser analizada por ellos mismos; en tanto que la acción de inconstitucionalidad no procede, porque no se reúne el 33% de ninguna de las cámaras, “la única vía y mecanismo que les queda es estirar la liga del amparo a ver hasta dónde se les rompe”, dijo.
Y entonces -planteó-, en una interpretación teleológica, sistemática y funcional, van a decir que se violaron derechos humanos en el proceso, no se van a ir al contenido, se van a ir solamente al proceso y van a argumentar que se falló en el principio de deliberación democrática. Es lo que van a cuestionar porque esta legislatura acaba de entrar y no tuvo oportunidad de discutirla, que quien la había discutido era la anterior legislatura, entonces creo que se van a ir por ahí.
Hurtado González especuló también que el pleno de la SCJN va a atraer los casos de los amparos que se han presentado y que se presentarán en los días posteriores a la reforma, porque tiene facultades para atraerlo cuando lo considere de trascendencia o importancia nacional, “entonces va a ser un amparo indirecto en revisión y de ahí van a emitir su sentencia de que esa reforma constitucional es inconstitucional, porque no se cumplieron los procedimientos de calidad por decirlo, no de cantidad que debe contener la reforma constitucional, que es el principio de deliberación democrática, la debida discusión, porque aritméticamente no tendrían ninguna posibilidad, no les da, no pueden decir que hubo fraude porque no eran las dos terceras partes de los diputados o de los senadores, porque no se reunieron las 23 legislaturas”.
Se van a ir -dijo-, por la violación del principio de deliberación democrática, pienso que sería por ahí y van a tratar de declarar la inconstitucionalidad de una reforma constitucional, por primera vez en México, a sabiendas de que la Corte no tiene ninguna facultad para hacer eso. Y si nosotros partimos del principio básico del derecho público, que dice que las autoridades solamente pueden hacer aquello que las leyes les faculta explícitamente hacer, entonces la Corte estaría usurpando facultades porque en ningún lado, absolutamente ningún lado de la Constitución y de ninguna ley, dice que la Corte tenga facultades para controlar las reformas constitucionales.
LOS PARTIDOS ESTÁN NULIFICADOS; LA CORTE LLENA ESE SITIO VACÍO
Dejando por un momento de lado el ángulo estrictamente jurídico y cuestionado desde el punto de vista político, el Dr. Javier Hurtado calificó como lamentable que el Poder judicial esté cuestionando esto y vaya a tratar de reaccionar para defender sus intereses, “es decir su pleito es ese, defender sus privilegios, sus lujos, sus corruptelas y para eso van a generar un desmadre constitucional y un enorme problema político, porque si no tiene facultades explícitas para hacer eso y si quieren amacharse y no salirse de donde están, no sé qué pueda pasar… ya dijo el presidente están caminando en un pantano y entre más caminan más se hunden”.
Yo creo -abundó-, que la reforma va a salir adelante, porque también es cierto que los órganos en los que son depositarios de la voluntad popular, lo han aprobado y tú no puedes pasar por alto eso, aunque se haya violado el procedimiento, máximo y cuando no tienes facultades para hacerlo.
Consideró a la vez, que los partidos políticos de oposición en México están totalmente nulificados y por ello se ha crecido peligrosamente la figura de la SCJN y así se expresó: “Los partidos políticos no tienen ninguna posibilidad de hacer nada, porque no tienen el 33% para sentar una acción de inconstitucionalidad, si es que procediera una acción de inconstitucionalidad contra reformas constitucionales; en entendido de que las acciones de inconstitucionalidad se presentan sobre leyes no sobre reformas constitucionales, entonces no tienen ninguna posibilidad, ellos tampoco tienen legitimidad y personería para presentar una acción de inconstitucionalidad o controversia”.
“Los partidos políticos están acabados y debido precisamente a la debilidad de los partidos políticos, quién se crece es la Suprema Corte que está actuando como un poder de oposición, como un congreso de oposición en contra del Ejecutivo; es un poder de oposición al Ejecutivo y al Legislativo. Ante la debilidad de los partidos políticos es la SCJN la que se está creciendo y eso es muy peligroso, porque sería tanto como la dictadura de los jueces, para los que hablan de la “presunta dictadura popular”, por el resultado de las elecciones; pues es peor la dictadura de los jueces, yo prefiero la dictadura popular que la de los jueces”, planteó.
Finalmente, el abogado constitucionalista Javier Hurtado, censuró el post que subió a la red social X el pasado 10 de septiembre, la presidenta de la SCJN, Norma Piña, en el que hizo suya la frase inolvidable del caudillo del Sur, Emiliano Zapata, tuiteando: “Si no hay justicia para el pueblo, que no haya paz para el gobierno”.
Lo que acaba de subir la señora Piña -dijo-, me parece muy grave, esa es una incitación a la rebelión y eso es delito, estos señores, no tienen límite, están dispuestos a generar un enorme problema político, de grandes proporciones, con tal de defender sus privilegios, que por cierto no están amenazados, porque el décimo transitorio del decreto de reforma aprobado, dice claramente que se le respetarán a los trabajadores todo sus derechos laborales todos sus prestaciones y sus condiciones generales de trabajo y dice también que los magistrados y jueces que no se quieran someter al proceso de elección que van a ser liquidados con tres meses de sueldo y 20 días por cada año de servicios, qué es lo que marca la ley. Entonces no hay ninguna violación de derechos laborales ellos están inventando cosas para plantear un problema de poder político, pero ellos están luchando ya no tanto por sus lujos y sus excesos que están garantizados, sino que ellos están luchando por poder político, ese es el grave problema del estado mexicano.
