NACIONALES
Vacío legal en materia de bioterrorismo: México, sin preparación para un conflicto de bioseguridad grave
Por Omar Becerra Partida //
Ahora con todas las teorías conspirativas del COVID 19, de ¿que si es o no un acto bioterrorista?, sería interesante analizar el vacío legal tan riesgoso que tenemos en el país…
En este manuscrito, abordaremos un vacío legal muy importante en México, que se refiere a la creación de una ley en anti-bioterrorismo, nos enfocaremos en la necesidad de crear un marco juridico, como protección de derechos humanos y así encontrar una protección juridico-bioético de esta nueva forma de genocidio
Sabemos que México en temas de Bioderecho es nuevo, así como también no existe, el interés ni por parte del gobierno, ni de los legisladores, sobre la investigación de dichos temas.
El término bioética según V.R. Potter, tiene un origen etimológico bien conocido: BIOS–ethos, comúnmente traducido por ética de la vida, que si la materializáramos en materia legislativa sería una integralidad jurídica de equilibrios para la sociedad mexicana.
Está demás dar una explicación amplia de lo que se vive en México, pero si es importante hacer este tipo de investigaciones para que sean el inicio de una carrera larga tanto académica como gubernamental para dichos temas de interés mundial.
El desarrollo de las Biotecnologías, y el interés por el poder por parte de las naciones, ha sido en gran medida, la principal causa de la creación de armas biológicas y por qué no del soldado perfecto como lo podría ser un virus.
La creación de células zombies por parte de Universidad de Nuevo México, en conjunto con los Sandia National Laboratories de Albuquerque, nos hace pensar que ya no estamos tan lejos de lo que vemos en películas de ciencia ficción.
El marco Jurídico mexicano brilla en su ausencia, sobre estos temas, y es donde observamos que el derecho mexicano ha sido rebasado por la ciencia, en donde al abogado, se le da una formación de intérprete de la ley mas no de racionalizarla como tal, y por ende el marco jurídico se convierte en un lienzo mil veces pintado del mismo color, sin aportar algo que favorezca a la sociedad mexicana.
Entendemos que el Bioterrorismo consiste en el uso intencionado de un patógeno o producto biológico para producir daño a personas, animales, plantas u otros organismos para influir sobre la conducta de los gobiernos o intimidar a la población civil.
Las armas biológicas, consisten en virus, bacterias u otros gérmenes que normalmente se encuentran en la naturaleza pero que en ocasiones han sido modificados en laboratorio para aumentar su capacidad de dispersión, de resistir los tratamientos médicos o ser más dañinos.
Recordemos que el primer Bioterrorista que tuvimos en Mexico fue Hernán Cortez, al envenenar las aguas de Tlatelolco, con cadáveres para poder entrar a la misma.
LAS PANDEMIAS EN MÉXICO
¿Cuánta pandemias se han sufrido en México?
Según documentos como el libro Ensayos sobre la historia de las epidemias en México del Instituto Mexicano del Seguro Social, 1982, compilado por Enrique Florescano y Elsa Malvido, el boletín de Epidemiología de la Secretaría de Salud, se puede consultar en la página electrónica de la Dirección Dineral Adjunta de Epidemiología (www.dgepi.salud.gob.mx) , el libro de la Visión de los vencidos Miguel León-Portilla y así como el artículo de la Jornada llamado, El catarro pestilencial, primer gran epidemia que azotó México encontrado en https://www.jornada.com.mx/2009/04/25/ciencias/a02n1cie
Daremos un historial de las pandemias en nuestro país:
1450-1456. Una epidemia de influenza o gripa.
1528. Epidemia caracterizada por la aparición de tos y granos ardientes, según redacta el antropólogo e historiador Miguel León-Portilla en su libro La Visión de los Vencidos.
1540. Epidemia de tifoidea.
En 1576. Epidemia que no adquirió nombre y que era una combinación de viruela y tifoidea.
1813 epidemia de tifoidea y cólera.
1902. Epidemia Peste bubónica.
1918. Epidemia influenza española.
1940. Epidemia la malaria o paludismo.
1948-1955 Epidemia de poliomielitis.
2009. Epidemia de influenza.
2020. Epidemia de COVID 19
PLAN CONTRA ATAQUE BIOTERRORISTA
En este contexto tenemos un plan nacional en contra de un ataque bioterrorista, realizado en el sexenio de Felipe Calderón, pero el solo actuar con un plan es insuficiente para las instituciones de seguridad social, ya que no se dan abasto por sí solas con padecimientos comunes.
México, no está preparado, para un conflicto de bioseguridad tan grave.
Existe un plan nacional sobre bioterrorismo mas no existe un marco legal especial, quizá solo la creación de una ley por si sola podría ayudarnos en un cien por ciento, pero sí podría dar en ese contexto la capacidad de crear instituciones adecuadas para subsanar esta situación y complementar con las instituciones del estado con las que ya se cuentan.
Las leyes internacionales prohíben el uso de agentes biológicos en los conflictos armados, como lo vemos en el Protocolo de Ginebra y después, en 1969.
La Asamblea General de las Naciones Unidas emitió una resolución que hace recomendaciones a dicho Protocolo. Adicionalmente, se desarrolló la Convención Mundial de Armas Biológicas y Toxinas en 1972, que fue revisada en 1975, 1980, 1986, 1991 y 1996.
Esta convención está en contra del desarrollo, producción, adquisición y acúmulo de microorganismos y sus productos, excepto para fines pacíficos.
Pero si con el COVID 19 que según los expertos es un virus no mutado en laboratorio, ¿Qué pasaría con uno que si fue mutado con el fin de perjudicar a la población?
El Dr. Omar Becerra Partida es Presidente del Colegio de Bioética y Terapia de Jalisco AC.
