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OPINIÓN

Comités de bioética dentro de los gobiernos municipales

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Bioética, por Omar Becerra Partida (*) //

De acuerdo al Instituto Nacional para el Federalismo y el Desarrollo Municipal, para poder entender las atribuciones de un municipio La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece en el artículo 115, que el Municipio Libre es la base de la división territorial y de la organización política y administrativa de los estados, contemplando, entre otras, las siguientes bases:

  • Cada municipio será gobernado por un ayuntamiento de elección popular directa.
  • Los municipios administrarán libremente su hacienda.
  • Los municipios estarán investidos de personalidad jurídica.

Dicho numeral contiene en sus ocho fracciones, los fundamentos de lo que es un municipio en México.

En términos del artículo 115 Constitucional, al municipio se le reconoce personalidad jurídica propia. En este sentido y al ser la base de la organización política y administrativa de los Estados, el Municipio constituye una persona jurídica de Derecho Público, así que debe regularse, entre otras cosas, su organización administrativa, estableciendo la forma en que las autoridades municipales deberán conducirse durante su encargo.

El marco jurídico del municipio es la serie de leyes, reglamentos, minutas y bandos que delimitan el ejercicio del gobierno y es la piedra angular que rige, orienta y da sentido a la gestión pública. La normatividad jurídica debe estar en observancia permanente y realizar las adiciones o reformas convenientes, para que sean efectivas en su aplicación, y satisfacción de la sociedad y el estado de derecho.

Por ende, el plantear dentro de cada municipio un comité de bioética para la gobernanza no estaría fuera de órbita.

Un Comité de bioética municipal es un grupo de personas expertas en temas de bióetica, derecho, salud mental, políticas públicas, derechos humanos, gobernanza, trabajo social, en fin, todas las materias relacionadas para gobernar bioéticamente  un estado.

Será un grupo interdisciplinario creado para analizar y asesorar en los posibles conflictos de carácter bioético que se producen durante el transcurso del tiempo dentro de la territorialidad de un ayuntamiento, como consecuencia de la labor asistencial y de investigación.

Lo ideal es que sea representativo de la institución en la que se desempeña, de manera tal que estén presentes todas las perspectivas de los sujetos implicados en la toma de decisiones.

Evidentemente, el juicio sobre una situación concreta es más correcto cuando no sólo se tiene en cuenta la perspectiva del político, sino también la del grupo interdisciplinario. Un grupo interdisciplinario de expertos, vocales, asesores externos etc.

Un Comité de bioética municipal, tiene tres funciones específicas: educativa, consultiva y normativa.

Debe autoformarse y es necesario que todos sus miembros lleven a cabo alguna actividad formal en el tema o por lo menos se encuentren debidamente preparados en ética y bioética, así como un reglamento interno y marco legal que por cierto la Unesco, da pautas sobre cómo integrarlos.

Entre las actividades se encuentran las dirigidas a la comunidad organizando talleres, cursos, conferencias y jornadas en torno a la bioética, a fin de instalar la temática y esclarecer sobre temas bioéticos fundamentales para la población en general. También podría tener un departamento de investigación y publicación sobre estos temas de gobernanza o de cualquier tema relacionado con bioética y politica.

En lo relacionado al comité, es parte de su función generar documentos y artículos de revisión de distintos temas de bioética para poner fácilmente al alcance de los servidores públicos y población en general literatura seria y confiable sobre los distintos temas

Debe dirigirse además a la formación del recurso humanos y políticas públicas, como por ejemplo organizando cursos para todo tipo de población, para otras instancias dentro del mismo gobierno.

Tiene también una función consultiva, donde cualquier persona o servidor público pueda pedir asesorías sobre temas relacionados con bioética.

Puede tener una función como asesor o emitir alguna recomendación y que sea vinculante con en alguna sanción legal fundamentada y motivada.

Como hemos venido mencionando, la bioética abarca las cuestiones éticas acerca de la vida animal, vegetal y humana, también de muerte, de calidad de vida y hasta de ecosistema.

Como sabemos dentro de los gobiernos municipales existen comisiones de ética dentro de los mismos, que en gran medida tratan de ser un ente moderador entre los servidores públicos y el público en general.

¿Pero qué pasa en la elaboración de políticas públicas?

Las políticas públicas se orientan a la solución de problemas: abordan los malestares sociales y proponen recomendaciones para su mejora. Son principalmente el resultado de enfoques intelectuales y prácticos de tipo multidisciplinario debido a que todos los problemas sociales o políticos poseen elementos que atañen a diversas disciplinas académicas.

Pero las políticas públicas también son constructos normativos y, como tales no están libres de valores, sino que reflejan los valores de las sociedades a las que se dirigen, así como los de los actores institucionales involucrados en su elaboración.

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