OPINIÓN
Discusión entre lo científico y lo jurídico: Cirugía de reasignación de sexo, ¿México está listo para ello?
Por Omar Becerra Partida //
En la actualidad, los temas relacionados con sexualidad han tomado gran importancia en el mundo y como lo vemos en nuestro país, también.
La mayoría de las veces los temas bioéticos están íntimamente relacionados con temas de medicina y derecho. El cambio de sexo, o mejor dicho la reasignación de sexo, es uno de los procedimientos quirúrgicos que ya se pueden realizar en el país.
Por ello, empezamos a investigar y nos dimos a la tarea, de buscar a uno de los sexólogos mejor reconocidos del país por su trabajo, el Dr. Osmar Matsui Santana, él es investigador y profesor universitario.
Y bajo este contexto le hicimos una serie preguntas acerca del tema.
La primera, fue ¿Qué es un cambio de sexo?, él nos contestó, dándonos una cátedra sobre los procesos del desarrollo embrionario y fetal de la diferenciación de los sexos a través de sus etapas, como lo son, el sexo cromosómico, el sexo genético, el sexo gonadal, el sexo hormonal, el sexo cerebral y el sexo por asignación.
Nos comentó que a través de estas etapas en el ser humano se va determinando, su identidad, su género y su sexo.
¿CAMBIO O REASIGNACIÓN DE SEXO?
Bajo este orden de ideas el cambio de sexo, que nos corrigió y comentó que el término correcto es reasignación de sexo, era una operación con una finalidad de convertir los genitales de un sexo al otro sexo.
Si la reasignación de sexo es de hombre a mujer se realiza una vaginoplastia y si es de mujer a hombre, la técnica utilizada es conocida como faloplastia.
Bien, ¿Pero que da origen a la reasignación de sexo? El investigador, nos comentó que algunas personas conocidas como transgénero requieren esta cirugía de reasignación de sexo.
Comenta que las personas transgénero tienen una identidad de género diferente del sexo que se les asignó al nacer.
Entendemos entonces, como lo menciona la ficha técnica de las Naciones Unidas, que una persona transgénero o trans puede identificarse con los conceptos de hombre, mujer, hombre trans, mujer trans y persona no binaria, o bien con otros términos como hijra, tercer género, espiritual, travesti, fa’afafine, queer, transpinoy, muxé, waria y meti. La identidad de género es un concepto diferente de la orientación sexual. Las personas trans pueden tener cualquier orientación sexual, a saber: heterosexual, homosexual, bisexual o asexual.
Entonces le preguntamos al doctor, ¿Todas las personas Transgénero se quieren cambiar el sexo? Su respuesta fue un no, comenta que no todas las personas transgénero, sienten la necesidad de cambiar de sexo, si llegara a pasar que la persona no está contenta con quien es, existe dentro de psiquiatría un término conocido como disforia de Género, que se presenta cuando la persona se siente muy inconforme, acerca del género que se le asignó al nacer debido a que no coincide con su identidad de género. Por ejemplo, una persona que físicamente nació con genitales de hombre y que manifiesta una sensación interna profunda de ser mujer. Esta falta de concordancia puede causar mucha molestia, ansiedad y depresión que requerirán atención de su salud física y emocional, así como apoyo social.
El doctor comenta que no hay una única forma de ser, sino una gran diversidad de formas de ser y de vivir.
Bajo este esquema, le preguntamos al doctor, si las personas transgénero eran enfermos psiquiátricos y nos comentó que no, ser una persona transgénero no es un trastorno de salud mental y que estas personas han existido desde la prehistoria. La Organización Mundial de la Salud (OMS) publicó su nueva clasificación internacional de enfermedades conocida como CIE-11 y que entre sus novedades elimina la incongruencia de género o transexualidad de la clasificación de trastornos mentales, dejándola en la categoría de “Condiciones relacionadas con la salud sexual”.
Entonces nos encontramos que, en el país, que no existe una educación sexual para estos efectos, nos damos cuenta que la reasignación sexual es un tema muy novedoso para la sociedad mexicana.
¿Pero que han hecho nuestras autoridades frente a esta situación?
Las violaciones de los derechos humanos de las que son víctimas las personas transgénero, abarcan desde el acoso, la agresión verbal y la denegación de la atención sanitaria y del acceso a la educación, el empleo y la vivienda hasta la criminalización, la detención y el arresto arbitrarios, la violencia, la agresión física, la tortura, la violación y el asesinato. La exposición a éstos y otros abusos conexos puede verse agravada por otros factores, como la edad, el origen étnico, la ocupación, la clase socioeconómica y la discapacidad.
Se trata de un tema complicado y delicado por la cantidad de implicaciones que supone, tanto física como psicológicamente.
EN EL CONTEXTO LEGAL MEXICANO
La mayoría de los ordenamientos jurídicos atribuyen el sexo a una persona atendiendo al sexo morfológico, a la apreciación de los genitales del niño al momento de su nacimiento. Aunque el Artículo 1º. Constitucional concluye: “Queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas”.
La indefinición que puede producirse a partir de la premisa que considera el sexo legal igual a sexo físico, hace que el tema de la identidad sexual se convierta en un tema de desarrollo jurisprudencial.
Los derechos de la personalidad se conocen con el nombre de conceptos jurídicos, sobre transexualismo en México, las autoridades legislativas y jurisdiccionales han ensamblado posturas legal‐normativas y no suficientes y poco acordes con los argumentos científicos.
Encontramos esa brecha entre la ciencia y el derecho en México, la ciencia está en constante cambio y el derecho lo hace, pero no al ritmo que debería.
Observamos que la Bioética no es parte fundamental del derecho.
Ni los legisladores, ni los juzgadores han considerado el principio bioético de autonomía cuando una persona desea practicarse la cirugía de reasignación de sexo
México ocupa el segundo lugar a nivel mundial en tasa de homicidios a personas transgénero, con 56 homicidios.
El Instituto Nacional Electoral (INE), en su obligación de proteger y garantizar el ejercicio pleno de los derechos políticos a la ciudadanía, estableció desde abril de 2015 los procedimientos que facilitan actualizar en la credencial para votar los datos de las personas que son transgénero y solicitan cambiar su sexo de manera oficial.
A la fecha se han contabilizado 4 mil 720 casos de ciudadanas y ciudadanos que han realizado la solicitud. La Ciudad de México y el Estado de México son las entidades con el mayor número de peticiones.
