JALISCO
La nueva propuesta de ley de la CEDHJ
Luchas Sociales, por Mónica Ortiz //
En puerta la propuesta de reforma a la ley de la Comisión Estatal de los Derechos Humanos Jalisco, se supone plantea actualizar y refrescarla a los tiempos en los que vivimos, según lo anunciaron públicamente la diputada Marcela Padilla de Anda y la presidenta de la CEDHJ, Luz del Carmen Godínez González.
Recordemos que la ley que regula el funcionamiento de la CEDHJ surgió hace casi 25 años, por lo que suena lógico reformar y reforzar en materia de derechos humanos en el Estado, siempre que sea a favor de la sociedad y la defensa de las personas, invariablemente una evolución valiosa de alto impacto social para la cultura de los derechos humanos en Jalisco, pero al parecer solo estamos ante un evento legislativo a modo para que la CEDHJ sea menos incómoda cada vez, grave sería sin duda que la propuesta de reforma pasara sin que la sociedad notara el trasfondo.
Del breve análisis de la propuesta de reforma la cual por razones de constitucionalidad también la acompaña una reforma al artículo 10 de la Constitución Política de Jalisco de la que únicamente se resalta jurídicamente que cambia el concepto de queja a denuncia de violaciones de derechos humanos, pero lo que objetivamente debemos observar a detalle es la reforma propuesta por la diputada Marcela Padilla de Anda de Movimiento Ciudadano, que sí cambia radicalmente la naturaleza de la CEDHJ y para poder tener un claro contexto ejemplificaré solo dos modificaciones que quizás parecen simples y no lo son, en la nueva propuesta de ley se elimina claramente toda la normativa como ejemplo.
El artículo 2° de la ley de la Comisión contiene el inciso IV que enmarca a los grupos de personas vulnerables y su amplio concepto, en la propuesta de reforma no existe tal inciso ni concepto de grupo de personas vulnerables; otra significativa diferencia entre la ley vigente y la propuesta, es que la esencia de la comisión se modifica radicalmente, en su artículo 3 se regula su finalidad que es la defensa, protección, estudio y divulgación de los derechos humanos, mientras en la propuesta de reforma al mismo artículo 3 se modifica y define su finalidad únicamente es la promoción, respeto, vigilancia y estudio de los derechos humanos.
La nueva reingeniería es básicamente volver a la CEDHJ un ente sometido, cuya labor será solo promocionar en materia de derechos humanos, podría enumerar todos y cada uno de los artículos que dejarían a la CEDHJ, sin posibilidad alguna de operar como una defensoría del pueblo.
En ese sentido, la Ley de la Comisión Estatal de los Derechos Humanos Jalisco, regula la integración, las atribuciones, así como la organización y competencia de CEDHJ en el Estado, sostiene la normatividad y funcionamiento de esta noble institución que durante más de dos décadas ha generado que la sociedad jalisciense, pueda ejercer acciones de defensa en contra de violaciones u omisiones a sus derechos humanos, por lo que resulta sumamente importante que esta propuesta de reforma a la ley de la comisión, no contenga un acomodo que invalide, dificulte ni acorte las posibilidades de los ciudadanos para combatir las violaciones a los derechos.
Otro punto esencial en la ley vigente es el Consejo Ciudadano, sin embargo la propuesta de reforma desautoriza las atribuciones de los consejeros ciudadanos que sin duda son un dolor de cabeza para las presidencias, una figura representativa y de contrapeso ciudadano que recae sobre el consejo de la CEDHJ ha resultado para varias administraciones una piedra en el zapato; sin embargo su labor, pluralidad, diversidad y representación, es sumamente necesaria es una conformación democrática y representativa de personas que realizan trabajo interno en materia de derechos humanos y velan porque la institución no sea utilizada con fines políticos o tomada como una secretaría más de los gobiernos en turno.
Las Comisiones o defensorías de los derechos humanos en México, juegan un papel sumamente importante que tomó fuerza y justificación legal con la reforma en materia de los derechos humanos del 2011 en el país, es vital que esta reforma sea expuesta a la sociedad y al país, como un intento de disminuir e invalidar la defensa de los derechos humanos, para ser capaces de reconocer que no es factible y no moderniza nada, es una derogación a la ley vigente y el surgimiento de otra ley inoperante para la defensa y protección de las personas en Jalisco, no debe suceder.
La institución que garantiza la defensa de los derechos humanos en Jalisco, tiene que operar de manera garantista, permitiendo la participación de la sociedad civil organizada, su representación social y abonar a las luchas de grupos vulnerables y la promoción de la cultura del respeto por los derechos humanos.
Su importancia es valiosa por eso es que no debemos y no podemos permitir que sea intervenida la estructura de CEDHJ para el beneficio de unos pocos que en realidad no buscan fortalecerla sino reducirla a un ente de promoción.
