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OPINIÓN

Manual sobre faltas administrativas y delitos de corrupción: Va en serio

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Opinión, por Raúl Gutiérrez Zaragoza (*) //

Este 26 de abril pasado, asistí a la presentación del “Manual sobre faltas administrativas y delitos de corrupción de servidoras y servidores públicos y particulares”, escrito por los distinguidos académicas y académicos Ana Elena Fierro, Adriana García, Laura Rojas y mi tocayo Raúl Mejía, bajo la coordinación general de Lourdes Morales y Jaime Hernández.

Destaco la magnífica exposición que realizó la doctora Fierro, quien reconoció el esfuerzo de las autoridades de Jalisco en esta materia, nombró a la maestra Teresa Brito, Contralora del Estado como una de las principales aportadoras de insumos para la realización de la obra presentada, también estuvieron presentes el maestro Gerardo de la Cruz Tovar, Fiscal Especializado en Combate a la Corrupción, esta presentación fue presidida por la doctora Haimé Figueroa Neri, Secretaria Ejecutiva del Sistema Estatal Anticorrupción, todos del estado de Jalisco.

Dentro de la atenta audiencia me percaté del interés que despertó este Manual, puedo dar cuenta de la asistencia de diferentes Titulares de Órganos Internos de Control de diversas dependencias estatales e incluso de varios municipales, tanto del estado de Jalisco como de otras entidades federativas.

Ávido de ver el contenido del mismo, me avoqué a leerlo y comprobé que es una valiosa herramienta pedagógica de comprensión y apoyo a la labor que cotidianamente realizamos, desde los Órganos Internos de Control, en la implementación de las nuevas competencias en materia de responsabilidades administrativas y penales.

La calidad del trabajo presentado no podía tener otro resultado que la excelencia, ya que el Manual conjunta la experiencia y conocimientos de investigadoras e investigadores que integran la Red por la Rendición de Cuentas del CIDE y especialistas del Instituto para el Fortalecimiento del Estado de Derecho (IFED).

Es importante mencionar que la obra consultada aterriza de una manera sencilla, pero profunda, la reforma constitucional en materia de combate a la corrupción realizada en 2015, que implicó un nuevo diseño institucional y normativo para enfrentar el fenómeno de la corrupción desde sus raíces, que como muchos recordamos uno de los cambios más visibles fueron las modificaciones al título IV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el cual está dedicado a la delimitación de las responsabilidades de las servidoras y los servidores públicos y patrimoniales del Estado.

A partir de este momento, nos ilustra la obra, los Órganos Internos de Control (OIC) y las auditorías adquirieron importantes atribuciones en materia de responsabilidad administrativa. Parecido a un sistema de “alertas”, estas instancias son ahora responsables de investigar y substanciar faltas administrativas, es decir, las infracciones cometidas tanto por servidoras y servidores públicos como por personas físicas o morales implicados en casos de corrupción. Tienen además competencia para realizar denuncias por delitos de corrupción, pueden coadyuvar en las investigaciones y su labor es clave para la formulación de recomendaciones de mejora para el desempeño de las instituciones públicas. La asignación de estas nuevas competencias se encuentra establecida en la Ley General de Responsabilidades Administrativas (LGRA). Por ello, su alcance y naturaleza requiere ser plenamente identificado a fin de determinar cuáles son las áreas que se deben reforzar y crear al interior de los OIC y las auditorías para que cumplan con su mandato.

El texto analizado se encuentra organizado a partir de la identificación de los pasos por seguir para investigar, substanciar procedimientos (es decir, darles cauce por la vía legal), juzgar y, en su caso, sancionar las acciones y omisiones que constituyan faltas administrativas graves y no graves. También se explica el procedimiento para formular denuncias y participar en los procesos penales cuando se conforma un delito de corrupción. Cada tema incorpora cuestiones relacionadas con las competencias de las autoridades administrativas y los derechos de las y los denunciantes y presuntos responsables dentro de este procedimiento.

El propio manual explica de manera muy digerible las dos secciones de las que se compone. La primera analiza los procedimientos correspondientes a las faltas administrativas graves y no graves; la segunda hace un análisis de los procedimientos para iniciar y dar seguimiento a los juicios por delitos de corrupción. Además, se agrega una sección de anexos que recopila información relevante, como la legislación de responsabilidad administrativa en las entidades federativas y bibliografía de consulta.

A manera de inducir su lectura, solo señalaré la manera de organizar la información que hicieron sus autores, la Parte I, Responsabilidades Administrativas, consta de nueve capítulos:

Capítulo I. Responsabilidad administrativa

Capítulo II. La denuncia

Capítulo III. La investigación

Capítulo IV. La substanciación del procedimiento

Capítulo V. Imposición de sanciones

Capítulo VI. Procedimientos especiales correspondientes a las auditorías

Capítulo VII. Recursos y medios de impugnación dentro del procedimiento de responsabilidad administrativa

Capítulo VIII. Procedimiento de ejecución de sanciones

Capítulo IX. Procedimientos de prevención

La segunda parte se titula Responsabilidades Penales, se conforma de los siguiente cinco capítulos:

Capítulo I. Responsabilidad penal

Capítulo II. Responsabilidad penal por delitos de corrupción y los OIC. Sistema normativo de responsabilidad penal de servidoras y servidores públicos

Capítulo III. La denuncia

Capítulo IV. La participación del órgano correspondiente conforme a la normativa aplicable como coadyuvante en la investigación

Capítulo V. Consecuencias del no ejercicio de la acción penal

Para los que ejercemos una función pública en esta materia, tenemos como lectura obligada este esfuerzo literario, ya que nos ahorrará muchas horas de búsqueda de cuestiones normativas para poder encuadrar las faltas correspondientes que encontremos en nuestras auditorías o en la recepción de denuncias y sus correspondientes investigaciones y las substanciaciones pertinentes, así mismo, es muy recomendable que servidores públicos que ejercen recursos estatales, se den la oportunidad de leerlo, créanme, les ahorrará futuros dolores de cabeza.

En conclusión, el “Manual sobre faltas administrativas y delitos de corrupción de servidoras y servidores públicos y particulares”, conforma una guía útil para que cualquier persona dentro o fuera de las administraciones públicas conozca cómo funciona el sistema de responsabilidades y qué mecanismos están a su alcance para participar en el combate a la corrupción.

Finalmente, hago votos por dos temas, el primero, para que las y los servidores públicos que se encargan de administrar recursos públicos, vean a sus Órganos Internos de Control como coadyuvantes en sus respectivos ejercicios y que sobre todo piensen en sentido preventivo, acudan a nosotros para orientarlos , el segundo, que es indispensable tanto la homologación salarial para quien lleva a cabo estas funciones, hay mayores responsabilidades sin su correspondiente retribución, como es necesario el aumento de la plantilla laboral, de no darse estas dos condiciones, será difícil que tenga buen fin el combate a la corrupción.

(*) Mtro. Juan Raúl Gutiérrez Zaragoza

Titular del Órgano Interno de Control del Instituto de Pensiones del estado de Jalisco

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