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NACIONALES

El debate sobre la prisión preventiva oficiosa: ¿Y las víctimas de esos delitos?

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Opinión, por Cayetano Frías Frías //

¿Se imagina usted a un ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, quien además ha ocupado el cargo de presidente de ese poder, afirmando que la evasión fiscal de 2 billones de pesos registrada entre 2014 y 2019 no tiene nada que ver con la seguridad nacional?

¿Se imagina a ese mismo ministro en su cargo de presidente de la SCJN y del Consejo de la Judicatura, convalidando la manipulación y desaparición de evidencias sobre la matanza de los 43 estudiantes de la Normal de Ayotzinapa y de un centenar de personas más relacionados con el caso, dispersando el proceso en siete juzgados de diferentes entidades del país y divididos en juicios orales y tradicionales?

¿Se imagina al mismo personaje promoviendo la invalidez en la Ley de Seguridad Nacional de los artículos que castigan como delito grave el robo que las aproximadamente siete mil factureras cometen en agravio del Sistema de Administración Tributaria y de 130 millones de mexicanos?

Y actualmente, ¿lo imagina pugnando junto con el grupo conservador de ministros en la SCJN, soñando con invalidar el segundo párrafo de la Constitución General de los Estados Unidos Mexicanos, por considerarlo inconstitucional (sic), desapareciendo la figura de prisión preventiva para secuestradores, terrorismo, desaparición forzada, genocidas, feminicidas, violadores y de manera muy especial para delincuentes factureros, entre otros beneficiados?

Ese ministro, Luis María Aguilar, en el proyecto de sentencia -sobre el que tanto han escrito y opinado hasta los más ingenuos neófitos-, por encima de los derechos humanos, privilegia en su argumentación a lo largo de 43 páginas y 145 puntos, sobre la inconstitucionalidad de los delitos fiscales encuadrados como delincuencia organizada, como si nunca hubiera escuchado la historia de Al Capone.

Y dejando atrás su pasado como aval en los crímenes de Ayotzinapa durante el gobierno de Enrique Peña Nieto, hoy se erige en el juez más demandante en defensa de los derechos humanos, aunque entra en abierta contradicción, primero por proponer la desaparición de la prisión preventiva oficiosa de las leyes, y luego para afirmar que no es posible hacerlo.

“286. No hay ningún argumento a favor de la existencia de esta figura, que no se encuentre ligado al uso arbitrario del poder punitivo, argumentar en favor de su vigencia sólo puede hacerse a la sombra de los derechos humanos y de forma ajena a la realidad imperante en este país.

“287. Sin embargo, eso no es posible hacerlo con el marco jurisprudencial que actualmente está en vigor con relación al sistema de fuentes y jerarquía de los derechos humanos y el control de constitucionalidad a cargo de los órganos jurisdiccionales”, precisa.

¿Entonces cuál es el fin último de la sentencia? Si el ministro Aguilar no tiene la capacidad de ordenar sus pensamientos, para plantear suprimir la prisión preventiva oficiosa en lo general, no es posible tomarlo en serio en un tema cuya conclusión pretende cambiar radicalmente la operación del sistema penal en todo el país.

Aún más, el presidente Arturo Zaldívar, en la sesión del 25 de octubre de 2021, les advirtió a todos los ministros sobre el riesgo de declarar inconstitucional la prisión preventiva oficiosa, ya que se haría extensiva a todos los artículos que hacen referencia en la Constitución y en las leyes secundarias. En esa sesión, Luis María Aguilar fue el ministro que con más insistencia atacó el proyecto de sentencia, a través del cual se proponía confirmar que los factureros siguieran siendo considerados como actividad del crimen organizado y al final fue desechado por mayoría calificada.

Tal pareciera, por su insistencia en combatir la clasificación de los factureros como parte de la delincuencia organizada, que su interés prioritario es ese y no las violaciones en general a los derechos humanos. Tal es su enajenación, que en las 191 páginas de la sentencia nunca alude a los derechos de las víctimas de los delitos, y solo en una línea hace una referencia a la flagrancia y a la detención urgente.

Con expresiones inusuales en una sentencia de la SCJN, Aguilar se atreve a calificar de omiso e ineficiente al gobierno federal en su trabajo para combatir a la delincuencia, en tanto a los senadores y diputados, llega al atrevimiento de advertirles que en su tarea “tienen límites objetivos desde el punto de vista constitucional y de su propia razonabilidad”.

“Si bien es cierto que el diseño constitucional del régimen de delincuencia organizada —según fue descrito— asigna al legislador federal la atribución de definir el catálogo de delitos que se integran como la finalidad o el resultado del acuerdo u organización, esto no significa que tal órgano posea una facultad absoluta”, les acota en el contexto de sus descalificaciones por incluir a los factureros como parte de la delincuencia organizada.

Y así, plantado en su papel de máximo representante del órgano de control constitucional, el ministro Luis María Aguilar somete a consideración del pleno de la SCJN, un documento donde la principal contradicción es ordenar la invalidez de la prisión preventiva en la Ley de Seguridad Nacional y en la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, pero en la Constitución la deja vigente.

Y aunque al tratar de restar importancia al impacto que causan los delincuentes con sus empresas factureras, el ministro Aguilar asegura que no existen datos para determinar el monto de la evasión fiscal y lavado de dinero, en otra parte del documento, él mismo cita que “de acuerdo con el Servicio de Administración Tributaria (SAT), de 2014 a la fecha, se han generado comprobantes fiscales apócrifos con un valor aproximado de 2 billones de pesos, y es que la factura electrónica o CFDI se ha ocupado por la delincuencia organizada como un comprobante que les ampara servicios o productos irregulares o inexistentes, pero que les generan ingresos”.

Para dimensionar el tamaño del robo al erario que significan esos 2 billones de pesos, equivaldrían al presupuesto actual del gobierno de Jalisco para cerca de 20 años. Y esa cantidad, sustraída de lo que debiera cotizar para el pago de impuestos, no tiene nada que ver con delincuencia organizada, según el ministro Aguilar.

Es evidente que este ministro tiene intereses más allá de los que le obliga la Constitución y las leyes secundarias, cuando tras analizar la citada sentencia, se deduce que lo único consistente es sacar de la esfera de la delincuencia organizada a las empresas factureras, y hasta se atreve a sugerir otros tipos delictivos para que los retomen los legisladores.

EFECTOS DE ESTA SENTENCIA

En la decisión, la propuesta es declarar la invalidez de los artículos 167 del Código Nacional de Procedimientos Penales y el Artículo 5 de la Ley de Seguridad Nacional, así como el Artículo 2° de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, en sus párrafos y fracciones que contemplan la procedencia de la prisión preventiva oficiosa.

Y por extensión, la sentencia contempla invalidar todos los párrafos y porciones del Código Nacional de Procedimientos Penales que establecen los supuestos de procedencia de la prisión preventiva oficiosa, es decir, terroristas, genocidas, homicidas, feminicidas, huachicoleros, traidores a la patria, factureros y otros muchos presuntos delincuentes, enfrentarán sus juicios en libertad.

El ministro endosa la responsabilidad a los legisladores de crear y aprobar métodos alternativos para enfrentar a la delincuencia organizada. En una decisión absurda, propone que de ser aprobada esta sentencia en la SCJN, sus efectos entrarán en vigor en cuanto se notifique de ella al Congreso de la Unión.

En el texto de la sentencia, nada observa o propone sobre el impacto que tendrá la supresión de la prisión preventiva oficiosa a nivel operativo en los tres niveles de gobierno, ni alude al conjunto de leyes relacionadas con la misma, como las modificaciones que serán necesarias en las:

-Ley Federal para Prevenir y Sancionar la Tortura

-Ley General de Población,

-Código Fiscal de la Federación

-Ley de la Propiedad Industrial,

-Ley de Instituciones de Crédito

-Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito

-Ley Federal de Instituciones de Fianzas

-Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros

-Ley del Mercado de Valores

-Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro

-Ley de Quiebras y Suspensión de Pagos

-Ley General de Salud

-Ley para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas

-Los previstos en el artículo 49 de la Ley Federal para el Control de Sustancias Químicas Susceptibles de Desvío para la Fabricación de Armas Químicas.

Aparte el marco jurídico de las más de dos mil corporaciones policíacas, la Guardia Nacional, las policías estatales, las fiscalías y los centros penitenciarios.

CONCLUSIONES

No es creíble que en la SCJN los ministros sean honestos en su postura de defender los postulados de la Constitución, cuando ellos día a día la violan al percibir como salario cifras millonarias que están prohibidas en la Carta Magna.

Tampoco se les puede creer que sean acérrimos defensores de los derechos humanos, cuando tienen al Consejo de la Judicatura en el que se tiran cientos de miles de millones de pesos sin resultados en contra de la corrupción. El peor ejemplo es el convalidar los crímenes contra los estudiantes de Ayotzinapa, al solapar a jueces corruptos que han saboteado los procesos.

Es cierto que la prisión preventiva es violatoria de los derechos humanos, pero los mismos ministros han postulado en la justificación de algunas de sus sentencias, que tienen que optar por un mal menor, por lograr un bien mayor.

Si tanto interés tienen en sugerir reformas a los legisladores, pueden empezar por incluir en sus discursos a las víctimas, que son la parte más vulnerable en los procesos penales, no solo votar para dar ventaja y libertad a los criminales. Serviría, por ejemplo, que la prescripción de un delito, corriera a partir del inicio del proceso contra un presunto culpable y no desde su comisión.

También sería benéfico, sobre todo para la salud de la SCJN, que el ministro Luis María Aguilar aclarara el porqué considera que una evasión con facturas falsas superior a los 8 millones de pesos le parece poca cosa, Además de tomar clases de ubicación temporal, para que su mente no transite en “un periodo que va de dos mil dieciocho a dos mil dieciséis”.

Y entre los comentócratas se puso de moda el tema de este proyecto de sentencia, quienes en su inmensa mayoría, con la honrosa excepción de un académico de la UNAM, repiten el discurso del ministro Aguilar. Pero igual que él, nunca aluden a las víctimas, ni a la resaca nacional que dejará la decisión si logra una mayoría calificada.

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ENTREVISTAS

Francisco Reséndiz Neri, candidato a juez de distrito: Juzgar con pasión, servir con independencia

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Por Francisco Junco //

“Quiero seguir siendo juez porque es mi vocación y mi pasión. No busco poder, sino servir”, afirma con convicción Francisco Reséndiz Neri, Juez Séptimo de Distrito en Jalisco, mientras enfrenta un proceso inédito en México: la elección popular de jueces el 1 de junio de 2025.

Con más de 20 años en el Poder Judicial y nueve como titular en materia penal, Reséndiz, identificado con el número 25, defiende su trayectoria y su amor por los derechos humanos como su principal carta de presentación.

Un camino desde abajo

Reséndiz comenzó en los escalones más bajos del sistema judicial, como meritorio, haciendo copias y aprendiendo desde la base. Su carrera incluye roles como actuario penal, secretario del Supremo Tribunal de Justicia de Jalisco, y juez federal en materia de cateos y arraigos en la Ciudad de México, hasta llegar a la titularidad del Juzgado Séptimo de Distrito.

“Me mueve, el hecho de que creo que esto tiene que mejorar en la selección y que se requerirán personas de experiencia, personas independientes, que contribuyan a que subsista lo que es propiamente la división de poderes, la democracia como la conocemos actualmente, porque la defensa más cercana que tiene el ciudadano y todas las personas contra cualquier acto arbitrario, es precisamente el juicio de amparo, único en el mundo que permite anular cualquier acto”, señala, destacando su compromiso con la división de poderes y la democracia.

Retos de una elección sin precedentes

En entrevista con Conciencia Pública, Reséndiz aborda con franqueza los desafíos de esta elección. “Será difícil que la gente vote con cientos de nombres en una boleta, sin partidos ni propuestas tangibles”, admite. Reconoce riesgos, como la posible influencia de poderes fácticos, incluido el crimen organizado, pero insiste en que la solución es simple: “Apegarse a la ley, al caso concreto y a la Constitución”. Su experiencia, dice, es su escudo contra presiones externas.

Dilemas judiciales

Francisco Reséndiz Neri reconoce que uno de los grandes dilemas actuales en la labor jurisdiccional es la falta de una postura clara de la Suprema Corte respecto a la jerarquía entre los tratados internacionales y la Constitución.

“Muchos jueces, actuando de manera fundada, han establecido que debe prevalecer el tratado sobre la Constitución en ciertos casos, especialmente cuando se trata de derechos humanos”, explica. Sin embargo, esa práctica ha generado reacciones del poder legislativo, que habla de afectaciones a la soberanía nacional. “El problema es que cuando un juez aplica el tratado por encima de la Constitución, aunque sea para proteger derechos humanos, puede ser señalado o etiquetado, y eso no debería pasar”, señala.

Una justicia humana y equitativa

Cuenta cómo, en un caso de abuso sexual contra un menor, “coincidía la edad con la de mi hija. Estás tentado a echarle más cosas, pero no puedes. Tienes que ser objetivo. No puedes decidir por lo que sientes” y reafirmó que la objetividad no lo aleja de la empatía, “hay que ponerse en los zapatos de los otros. Todos tienen un proyecto de vida, todos merecen respeto”.

Propuestas claras

¿Por qué votar por él? Reséndiz enumera tres razones:

“Quiero que votes por mí porque tienes derecho a una persona capacitada. Quiero que votes por mí porque tienes derecho a una persona que ha administrado justicia y que tiene noción de lo que es o son los actos injustos. Y, tres, quiero que votes por mí porque siempre dialogaré por la protección de los derechos de las personas. Esa es mi directriz”, subraya.

Deuda histórica con las víctimas

Para Reséndiz Neri, el sistema penal mexicano tiene una deuda histórica con las víctimas, “el sistema ha privilegiado la forma sobre el fondo”, lamenta. Y pone un ejemplo elocuente, “no es lo mismo liberar a alguien porque no se leyó un derecho a tiempo, que porque no se comprobó su responsabilidad. Hay que cuidar las formas, sí, pero sin perder de vista la justicia de fondo”, apunta. Desde esa visión, Francisco Reséndiz cree necesario revisar la legislación para que no se convierta en un laberinto que sirva como impunidad.

El juez habla con firmeza sobre temas que no todos tocan con tanta claridad, por ejemplo, aseguró que la diversidad llegó para quedarse. “No puede haber discriminación por preferencia sexual, por origen étnico o por discapacidad. Es una deuda histórica que tenemos con los grupos vulnerables”. Defiende los protocolos para juzgar con perspectiva de género, y asegura que su compromiso es procurar una justicia que no sólo sea formalmente igual, sino sustantivamente justa.

En un México donde la desconfianza hacia las instituciones prevalece, Reséndiz ofrece su trayectoria: nueve años como titular del Juzgado Séptimo de Distrito y una carrera forjada en la experiencia.

En la inédita elección de jueces del 1 de junio de 2025, lamenta no poder prometer resultados tangibles como un político que ofrece obras públicas. “Solo prometo proteger los derechos de quienes lleguen a mi juzgado, porque así lo manda la Constitución”, asegura con convicción. “No lo hago por poder, sino por deber”.

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CARTÓN POLÍTICO

Herida abierta

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NACIONALES

Daniel Cosío Villegas y el dominio presidencial

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Conciencia con Texto, por José Carlos Legaspi Íñiguez //

Muy certero el dicho aquel de “quien no conoce la historia está condenado a repetirla”.

Daniel Cosío Villegas, historiador, economista, catedrático, intelectual reconocido por tirios y troyanos, escribió varios libros que dieron luz para comprender cómo se hizo y cómo funcionó el Sistema Político Mexicano, confeccionado por revolucionarios, entre los que sobresalen, Álvaro Obregón, Venustiano Carranza, Plutarco Elías Calles, Lázaro Cárdenas y otros.

Don Daniel Cosío Villegas, quien tuvo que aclarar la mentirijilla que propagó de haber nacido en Colima, en 1900, cuando en verdad nació en la Ciudad de México en 1898, estableció en varios de sus libros, ensayos y textos, que México vivió alrededor de 70 años un sistema autoritario, presidencial y con un partido dominante.

Habrá que estar muy atentos a lo escrito por este sociólogo y diplomático que desnudó y encabritó a no pocos miembros de la élite que gobernó nuestro país desde que la Revolución se bajó del caballo hasta que llegó Fox con sus botas piteadas.

Don Daniel consideró que los poderes metaconstitucionales, de por sí concesionados en la Magna Carta de 1917, motivaron la Centralización del Poder en los rubros de política, economía y geografía. Esta concentración fue perversa, centralista y castrante para el resto de las entidades de la República. Tiempos hubo que en política “no se movía una hoja del árbol” sin la aprobación del Presidente de la República (así con mayúsculas) porque su poder era inmenso, total y arbitrario.

La subordinación de las autoridades municipales, estatales, así como de los poderes Legislativo y Judicial, al omnímodo poder presidencial se tornó, incluso, patético, absurdo y kafkiano.

El presidente priista en turno era un dios sexenal, que hacía y deshacía según su voluntad, su ánimo y sus intereses personales y de grupo. ¡Ay de aquél o aquellos que osaran ir en contra de la voluntad del todopoderoso presidente! Le esperaba cárcel, muerte política o… de veras.

Con esas condicionantes se canceló así la actividad política como factor de movilidad social; brilló la ausencia de un programa político claro y se apoderó del poder el oportunismo descarado y descarnado de las huestes “hienas” que pululan siempre buscando la carroña que dejan los “leones” de la grilla.

Un factor más fue el partido único, mediante el cual se legitimaron los cambios sexenales para aparentar la democracia hacia afuera, hacia los observadores mundiales. Mientras se mostraba esa falsa careta democrática al interior del partidazo y de otros partidos paleros, se practicaba la sumisión total al detentador del poder político.

Don Daniel Cosío Villegas publicó en 1972, bajo el auspicio de la Universidad de Texas, su ensayo “El sistema político mexicano, las posibilidades de cambio”.

Estableció que la creación del Partido Nacional Revolucionario, ideado en 1920, pero nacido hasta 1929, fue creado para eliminar el caudillismo de los neopolíticos postrevolucionarios, la mayoría hombres de armas, y así disminuir la violencia. Esto generó la “pax post revolución”, con el beneficio de sentar bases sólidas de la economía y algunos programas con objetivos sociales.

Octavio Paz, premio Nóbel de Literatura, solía decir que Cosío Villegas, “nos hizo conscientes de la dignidad humana”. Cosío Villegas fue director de la Escuela de Economía de la UNAM en 1933. Fue el primer director del Fondo de Cultura Económica, de 1934 a 1948 y presidente del Colegio de México de 1957 a 1963. Justamente don Daniel, siendo diplomático en Portugal, sugirió al entonces presidente Lázaro Cárdenas del Río, traer a México a los intelectuales españoles perseguidos por Francisco Franco por su afán republicano.

Ellos, los refugiados españoles fundaron la Casa de España, a la postre convertida en el Colegio de México. En 1943 el presidente Manuel Ávila Camacho aprueba y se crea el Colegio Nacional. Entre sus iniciadores está don Daniel Cosío Villegas y los jaliscienses, José Clemente Orozco, Enrique González Martínez, Mariano Azuela, acompañados por Manuel Sandoval Vallarta, Carlos Chávez, Alfonso Reyes, Alfonso y Antonio Caso, Ignacio Ochoterena, Diego Rivera, José Vasconcelos e Ignacio Chávez.

Cosío Villegas estableció que “el dominio presidencial mata todo espíritu cívico y convierte la vida política del país en una farsa profundamente aburrida”.

A este gran pensador mexicano se le consideró un liberal constitucionalista. Sus palabras parecieran resonar en estos tiempos de regresión al tiempo en que el sistema político mexicano se regía por el autoritarismo, la descalificación de los adversarios, la sumisión de los poderes, la compra de voluntades, el absolutismo y totalitarismo encarnado en un partido único al servicio del presidente en turno.

 

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