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OPINIÓN

El asilo de Evo Morales

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Opinión, por Héctor Romero Fierro //

Desde el momento en que Evo bajo del Uber presidencial que le mando su amigo el señor López, de acuerdo con nuestra Constitución “goza de los derechos humanos reconocidos en ella y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección”, entre ellos precisamente el de libertad de expresión. Así mismo la Carta Magna señala que “Toda persona tiene derecho a buscar y recibir asilo.

El reconocimiento de la condición de refugiado y el otorgamiento de asilo político, se realizarán de conformidad con los tratados internacionales. La ley regulará sus procedencias y excepciones.”, esto implica que sin lugar a dudas que México tutela ampliamente el Derecho de Asilo Humanitario” y asi lo ha mantenido invariablemente a lo largo de los años.

Sin embargo, en el caso concreto del Asilo concedido a Evo Morales, dicha Libertad tiene un límite impuesto por tres tratados internacionales de los que nuestro pais es parte, me refiero a: “Convención sobre el derecho de Asilo” adoptado en la Habana, Cuba el 20 de febrero de 1928; el “Tratado sobre Asilo y Refugio Político de Montevideo de 1939” y “Convención sobre Asilo Diplomático OEA” (Caracas, 1954)

Estos instrumentos son coincidentes en fijar límites a la persona que se le otorga ese importante trato, tendientes a evitar que desde el país que se les otorgó, realicen actos tendientes contra la paz pública, por ello el artículo 5º del de la Habana señala que “Mientras dure el asilo no se permitirá a los asilados practicar actos contrarios a la tranquilidad pública”. El artículo décimo octavo del Tratado de Caracas señala: “El funcionario asilante no permitirá a los asilados practicar actos contrarios a la tranquilidad pública, ni intervenir en la política interna del Estado territorial.” Y el artículo 11 del de Montevideo establece claramente: “11…..pero el Estado tiene el deber de impedir que los refugiados realicen en su territorio actos que pongan en peligro la paz pública del estado del que proceden”.

Por lo anterior es clara que la conducta realizada por Evo Morales por conducto de su cuenta de Twitter incitando abiertamente a la violencia y efectuando declaraciones contra un gobierno instaurado en Bolivia es violatoria a dichos tratados y el Estado mexicano tiene la obligacion de exigirle que mientras goce de las oportunidades que le da México, incluso de salvaguardar su vida, se abstenga en todas las formas posibles de intervenir en la politica interna de su país.

Penosamente e ignorando la expresa solicitud del gobierno de Bolivia, la Secretaría de Relaciones Exteriores defendió la libertad de expresión que en México tiene Evo, señalando que el derecho de libertad de expresión está garantizado por el artículo 6 constitucional así como el artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (1969), ninguno de los cuales hace distinción entre ciudadanos y extranjeros, ni tampoco sobre la condición bajo la que se encuentran éstos en el país.

En el mismo sentido que la legislación nacional y la Convención Americana, la Convención sobre Asilo Territorial en su artículo VII, señala que no se puede coartar la libertad de expresión de los asilados y que dicho derecho no puede ser motivo de reclamación por otro Estado basándose en conceptos que contra éste o su gobierno expresen públicamente los asilados o refugiados.

Sin embargo, la cancilleria mexicana ignora, no se sí por conveniencia o desconocimiento, que el propio articulo VII de Tratado señala una excepción: “La libertad de expresión del pensamiento que el derecho interno reconoce a todos los habitantes de un Estado no puede ser motivo de reclamación por otro Estado basándose en conceptos que contra éste o su gobierno expresen públicamente los asilados o refugiados, salvo el caso de que esos conceptos constituyan propaganda sistemática por medio de la cual se incite al empleo de la fuerza o de la violencia contra el gobierno del Estado reclamante.” Situacion que claramente se actualiza de acuerdo a los twits de Evo Morales.

Debo insistir, toda persona tiene derecho de buscar protección fuera de su país de origen y disfrutar de ella en caso de huir de un conflicto que pone su vida en peligro, inclusive debemos señalar que además, es un derecho humano internacional recogido en la Declaración Universal de Derechos Humanos, en la Convención de Ginebra y en la mayoria de las Constituciones, consiste en la protección ofrecida por un Estado a determinadas personas cuyos derechos fundamentales se encuentran amenazados por actos de persecución o violencia. Sin embargo esa proteccion no debe ser usada para utilizar nuestro país como parapeto desde donde se siga incitando a la violencia en aquel país, incitando a los ciudadanos en contra del gobierno, realizando como el mismo Tratado señala, actos que pongan en peligro la paz pública del estado del que proceden. Es cierto, goza de libertad de expresion pero sí limitada a no emitir opiniones en redes sociales que influyan de una manera u otra en Bolivia y su politica, país del que salió por su renuncia y no por un golpe de Estado como se quiere aparentar, principalmente por el Gobierno Mexicano.

Todos sabemos que el señor fue obligado a renunciar cuando perdió el control del país por intentar violentar la Constitucion que el mismo promulgó, en un intento completamente incontitucional de continuar en el poder.

Lo insólito es el apoyo casi enfermizo de parte de nuestro gobierno a su persona. ¿Sera cierto que Morena tiene compromisos muy grandes con Evo al haber recibido cantidades muy importantes de dinero para la campaña del señor Lopez? o ¿acaso el circo montado es un gran distractor para alejar la opinion publica de los graves problemas de seguridad pública y de economia por los que atavesamos? Humanismo puro no es.

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  1. Sergio Villa

    20 de noviembre de 2019 at 15:33

    Doctor, le envío un cordial saludo desde la ciudad de San José, Costa Rica, al tiempo que aprovecho para realizar algunos comentarios relacionados con su artículo pues, considero que se han soslayado diversos aspectos importantes que giran en torno a la interpretación autorizada de los diversos tratados internacionales a los que se ha referido, en el cariz de lo que establecen las pautas del sistema interamericano al cual se encuentra sujeto México.
    1.- De forma reiterada la Corte Interamericana ha establecido que los tratados de derechos humanos son instrumentos vivos, cuya interpretación tiene que acompañar la evolución de los tiempos y las condiciones de vida actuales. Tal interpretación evolutiva es consecuente con las reglas generales de interpretación dispuestas en el artículo 29 de la Convención Americana, así como las establecidas por la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados.
    2.- Lo anterior es sumamente relevante pues, los tratados a los que usted se ha referido, pueden ser analizados en función de las pautas que en el propio sistema interamericano ha dispuesto la Corte, para la libertad de expresión, el asilo político, el ejercicio de los derechos políticos y el análisis a las restricciones a los derechos humanos en términos de loa artículos 29, 30 y 32 de la Convención. Dicho de otro modo, los tratados a los que usted se ha referido deben ser contextualizados precisamente a partir de la cosmovisión interamericana sobre los derechos humanos.
    3.- A partir de lo anterior, tenemos que transitar por 3 caminos, a saber:
    a) Para poder considerar que en el presente caso aplica la excepción sobre el ejercicio de la libertad de expresión, debemos identificar con base en el principio de legalidad y tipicidad, qué es una manifestación que afecta a la tranquilidad pública, y no solo inferirla de forma dogmática como advierto que usted lo hace.
    b) Superado lo anterior y, en caso de que efectivamente exista una manifestación que pueda ser, prima facie, contraria a la tranquilidad pública, se deben realizar los ejercicios pertinentes para evaluar si la manifestación realizada por Evo, en su justa dimensión, supone la aplicación de la restricción pues, debemos recordar que la existencia en los cuerpos normativos nacionales o internacionales, de restricciones, no implica que estas deben ser aplicadas de un plumazo y sin más a todos los casos, sino que todos los operadores de dichos compendios normativos (toda autoridad, ya legislativa, ejecutiva o judicial) tienen el ineludible deber de tomar frente a si tal disposición y contrastarla con los fines legítimos que pretende tutelar una restricción y, después, adoptar una restricción idónea, proporcional y razonable.
    c) La tercera vía la constituye la obligación del Presidente de la República, el propio Secretario de RE o cualquier autoridad, de ejercer la interpretación de los tratados internacionales aplicables en su sistema jurídico y sujetarlos al principio pro persona, cuando dichos compases normativos se relacionen con alguno de los derechos que se encuentran en la propia Convención Americana Sobre Derechos Humanos.
    4.- El anterior periplo, lo propongo con la finalidad de que podamos darnos cuenta de que la aplicación de dicha excepción no es tan simple como la ha propuesto en su artículo. Sería interesante que tuviéramos a la vista los mensajes específicos a que se refiere, para poder analizarlos con base en ese test y determinar, con toda claridad, si es de aplicarse o no alguna responsabilidad ulterior con motivo de las manifestaciones que realice Evo, amparándose en su derecho a la libertad de expresión, porque tambien debemos recordar que en términos de la Convención Americana Sobre Derechos Humanos, no se puede restringir la expresión de una idea, sino que, en todo caso, deben aplicarse responsabilidades de forma ulterior, con lo que me estoy dando cuenta en este punto de que existe un cuarto camino, cuya construcción supone que Evo podría expresar lo que a el convenga, siempre y cuando no implique incitar al odio o a la violencia (que no es lo mismo que lo relacionado con la tranquilidad pública), y solo se le podrían imponer responsabilidades ulteriores, mas no se le podría censurar previamente (indicarle que no puede hablar). Lo anterior, pues tenemos que entender que todos estos elementos del corpus iuris internacional deben ser interpretados como un todo.
    5.- Es importante acotar que la existencia de la restricción en tres diversos tratados, no supone que exista un grado de calificación autorizada por la frecuencia con la que se ha construido la restricción; podrían existir 100 tratados con la misma restricción y no por eso se debe considerar como de mayor relevancia o jerarquía su existencia, aun así, debe ser escrutada dicha restricción con base en los pasos del test de proporcionalidad.

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JALISCO

El pleito Dante-Alafro podría dinamitar a Movimiento Ciudadano

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Los Juegos del Poder, por Gabriel Ibarra Bourjac //

El choque de trenes Alfaro-Dante puede terminar con secuelas funestas para Movimiento Ciudadano. La sanción de bajar a Alberto Esquer de la candidatura al senado de la república, que había quedado registrado en primer lugar en la fórmula que se había registrado ante el INE, se la adjudican a la dirigencia nacional de Movimiento Ciudadano al haber sido notificado y no haber hecho los ajustes en tiempo y forma.

Aquí en Jalisco el emecismo lo interpreta como una omisión deliberada de la dirigencia nacional, que se traduce como un revanchismo derivado del pleito Alfaro-Dante, cuyo impacto de ese choque no hemos aún visto su final.

Las hondas diferencias entre los dos pesos más pesados del emecismo nacional, que encarnan Dante Delgado y Enrique Alfaro se ha manifestado en el desdén al candidato postulado a la presidencia de la república, que resultó el zacatecano Jorge Álvarez Máynez a quien aquí le han hecho el vacío.

El emecismo local en solidaridad con Alberto Esquer decidieron cancelar el evento que tenían organizado el pasado fin de semana en Puerto Vallarta en torno a Jorge Álvarez Máynez, una señal más del evidente deterioro de la relación entre los dos grupos de poder. Nadie quiere dar el brazo a torcer.

ALBERTO ESQUER VA AL TRIBUNAL FEDERAL

¿Qué va a hacer Alberto Esquer ante este golpe bajo que recibiera de parte de la dirigencia de su partido? Va a acudir ante el Tribunal Federal Electoral para defender su derecho a ser votado y cuya candidatura fue producto de un acuerdo político entre las fuerzas políticas de Jalisco y que la dirigencia nacional aparentemente había avalado.

Me quitan el registro, le notifican al partido, ahora tengo que ir al Tribunal Federal Electoral a hacer valer mis derechos electorales, es personal, porque a quien violentaron sus derechos es a mí, en mis acuerdos declaratorios digo que el propio partido violentó mis derechos al no contestar en tiempo y forma el oficio, que el INE violó todo el procedimiento porque no puede decidir el proceso electoral a través de una tómbola”, cuestionó Esquer en entrevista que nos concedió a Becky y un servidor en Tela de Juicio.

Vamos a ir a decirle al tribunal que reponga el procedimiento, en la reposición ya hay un documento de Dante Delgado que dice cambiamos las fórmulas de Durango y Baja California para que entren Alberto Esquer y Eliseo Fernández en primera fórmula y puedan volver a campaña. Aquí es donde veo mano negra, esto puede durar semanas y mientras no puedo hacer campaña”.

LO QUE VIENE

Esto que pasó va a tener consecuencias en el futuro de Movimiento Ciudadano, independientemente de si la autoridad judicial federal restituye la candidatura de Esquer.

El hecho de que cuando menos diez días o dos semanas esté impedido Esquer de hacer proselitismo a favor de su candidatura, queda en condiciones de inequidad y esto pudiera afectar incluso la candidatura a la gubernatura de Jalisco. En una elección muy apretada de 1 o 2 puntos que favoreciera a la candidata de Morena y aliados, se podría alegar inequidad para solicitarse la anulación de la elección.

Pareciera algo descabellado, pero podría suceder y más en un ambiente tan polarizado y tenso que hemos estado viviendo en estos últimos meses.

Por otro lado, este suceso que no puede ser menor, vendrá a definir el futuro de la relación de Jalisco en Movimiento Ciudadano. De por si una situación tensa con el cuestionamiento de que la dirigencia nacional sirve a intereses de Morena, toda vez que su actitud de no ir en alianza, tendía a favorecer al partido en el poder como en su momento así lo advirtió Enrique Alfaro.

La consecuencia es que el alfarismo -vamos a ver cómo queda después del 2 de junio- se podría desligar del partido de Dante Delgado para convertirse en un partido regional, por el choque de intereses que los ha confrontado en este proceso electoral. Los de Alfaro y los de Dante. Alfaro no tuvo el apoyo del veracruzano para ser candidato presidencial y allí empezaron a aflorar las diferencias.

Papel fundamental le tocará jugar a Pablo Lemus, quien de ganar la gubernatura, tendrá los hilos del poder para incidir el futuro del partido naranja en Jalisco. Pablo ha dicho una y otra vez que no le interesan los partidos políticos, que su visión es muy distinta. En efecto, no le interesa, pero los necesita, primero para ganar la elección del 2 de junio y después para la gobernabilidad, como el impulsar reformas constitucionales desde el Congreso del Estado, porque el desdeñarlos le puede suceder lo que a Samuel García en Nuevo León, quien simplemente no pudo ser candidato presidencial porque no se entendió con los legisladores para que eligiera a su sustituto que fuera una gente de su confianza.

Claro está, Pablo no es Samuel. Pablo es inteligente y sabe cómo opera el poder.

Así las cosas. El pleito Alfaro-Dante sigue echando chispas explosivas.

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JALISCO

La fractura de Movimiento Ciudadano: El caso Esquer; pasiones humanas, derecho y política

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Crónicas de Pacheco, por Daniel Emilio Pacheco

La chispa que encendió el polvorín fue, sin duda, la cancelación de la candidatura al Senado de Alberto Esquer, pero el fuego ya venía crepitando desde antes, alimentado por disputas y rencillas que hunden sus raíces en lo más profundo de la política interna del partido.

Los emecistas de Jalisco, en su fervor, no dudan en señalar a la dirigencia nacional, encabezada por Dante Delgado, como el gran villano de esta trama. ¿Acaso fue una negligencia o una venganza premeditada? La línea entre ambas se difumina en el teatro de la política donde las pasiones humanas son las principales en escena.

Esta saga política se torna más amarga cuando se revela que la omisión de la dirigencia no solo afectó a Esquer, sino que también dejó en claro el profundo desdén hacia la candidatura presidencial de Jorge Álvarez Máynez, quien, en su búsqueda de apoyo en Jalisco, se encontró con puertas cerradas y una indiferencia que raya en el desprecio. Lagos de Moreno y el ITESO fueron testigos del desaire, pero la cancelación de su evento en Puerto Vallarta es un mensaje claro: «Aquí no eres bien venido».

Este drama político, marcado por acusaciones de traición y deslealtad, no es sino el reflejo de un partido fracturado, donde los intereses personales y las viejas rencillas superan al proyecto colectivo. La relación rota entre Delgado y el gobernador Enrique Alfaro ya no es secreto para nadie, pero el conflicto trasciende las figuras y pone en jaque la unidad del partido.

Los emecistas jaliscienses, en su afán por defender a Esquer, se enfrentan a un dilema moral: señalar con el dedo acusador a la dirigencia nacional y arriesgar sus propias candidaturas, o guardar silencio y ser cómplices en la omisión. El miedo a las represalias pesa más que el valor de la verdad.

Clemente Castañeda, Mirza Flores, Manuel Romo, y el propio Esquer, todos saben quién es el verdadero culpable de esta situación, pero la lealtad, o más bien el temor, les impide alzar la voz. La dirección nacional, por su parte, parece vestir una armadura de indiferencia, ignorando las voces disidentes y culpando al INE por los errores propios.

En este escenario, la hipocresía se convierte en el traje de gala, y las redes sociales en el escenario perfecto para desviar la atención y esconder las verdaderas intenciones. Pero la verdad, esa verdad incómoda y punzante, se mantiene firme: la cancelación de la candidatura de Albero Esquer no es más que el resultado de una dirigencia que decidió jugar a la política en los términos más bajos, olvidando que, al final del día, son ellos los únicos responsables de las fracturas internas y el descontento que ahora sacude a Movimiento Ciudadano.

Y mientras tanto, Alberto Esquer se encuentra atrapado en el fuego cruzado, siendo víctima de una estrategia política que le ha costado no solo su candidatura, sino quizás su futuro político. La solidaridad de «mera saliva» no hace más que añadir insulto al daño, dejando en evidencia la cruel realidad de la política partidista, donde las ambiciones personales a menudo eclipsan el bien común.

DERECHO

En los laberintos del poder y la justicia, el caso de Movimiento Ciudadano se presenta como un drama electoral, en donde la ausencia de una impugnación se convierte en el nudo gordiano de una disputa legal sin precedentes.

En este enredo, la trama comienza con un error, o más bien, una omisión tan estratégica como peligrosa: la falta de un abogado electoral que dirigiera la batalla legal de Movimiento Ciudadano. Un descuido, ¿o acaso una jugada maestra disfrazada de negligencia? La respuesta se esconde en los pliegues de las leyes y los reglamentos que rigen las contiendas políticas en nuestro país.

Pero no todo está perdido, pues aún brilla una luz al final del túnel: la posibilidad de un Juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales del Ciudadano ante la Sala Superior. Aquí, el principio pro persona se erige como el bastión último de esperanza, ofreciendo un escudo legal para aquellos cuyos derechos han sido inadvertidamente pisoteados por la maquinaria electoral. Pero, como en todo drama de alta tensión, existe un «pero» que amenaza con desvanecer esta esperanza.

La ley electoral, con su intrincada red de disposiciones y principios, no contempla la suspensión de derecho como una medida cautelar. Sin embargo, se abre la posibilidad de una restitución de derechos, una especie de segunda oportunidad para aquellos que se encuentran temporalmente marginados del escenario político. Pero esta restitución viene con su propio precio: la ausencia forzada de la campaña electoral, un limbo político que puede extenderse por semanas, erosionando las posibilidades de éxito en la contienda.

Y aquí es donde el drama se intensifica, transformándose en un thriller político-jurídico. La prolongada ausencia de la arena electoral no es solo un obstáculo; es una herida abierta que invita a un escenario aún más complejo y sombrío. Si la resolución de la Sala Superior tarda y, en el peor de los casos, la elección se pierde, se abriría la caja de Pandora: la demanda por la nulidad de la elección debido a la falta de equidad en la contienda.

Esta posible demanda no es un simple trámite jurídico; es la admisión de una batalla perdida que busca renacer de sus cenizas, apelando a la justicia para rectificar lo que se percibe como un agravio irreparable. La sentencia, en este caso, no sería simplemente un veredicto, sino un mandato para reponer la elección, una especie de deus ex machina jurídico que promete redimir las injusticias del proceso electoral.

En este escenario, los actores políticos y legales se convierten en gladiadores en una arena donde el derecho y la estrategia se entrelazan en un combate sin cuartel. La omisión de impugnar, lejos de ser un simple olvido, se revela como una jugada de alto riesgo que puede cambiar el curso de la historia electoral. En este juego de sombras, donde cada movimiento es calculado con precisión quirúrgica, el destino de Alberto Esquer pende de un hilo, balanceándose entre la posibilidad de un triunfo rescatado de las garras de la burocracia y el espectro de una derrota que podría reescribir las reglas del juego político en México.

POLÍTICA

En el entramado de la política mexicana, la figura de Alberto Esquer Gutiérrez emerge no solo como un candidato despojado, sino como un combatiente en la arena de los derechos político-electorales, desafiando las decisiones de una autoridad que parece haberse extraviado en su propio laberinto de reglas y procedimientos.

Por lo pronto, en el universo paralelo de la política mexicana, donde cada contratiempo es también una oportunidad, Esquer no se queda de brazos cruzados. Ante la adversidad, encuentra una vía alterna: la asignación como coordinador de la Plataforma Electoral de Jalisco por el Comité Estatal de MC. Un movimiento astuto que le permite seguir en la lucha, aunque sea desde la trinchera de la solidaridad y el apoyo a sus compañeros emecistas.

La esperanza de Esquer y su equipo se cifra en la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, ante la cual han presentado un juicio para la protección de los derechos político-electorales. Confían en que la justicia prevalecerá, que el Tribunal verá más allá de las marañas burocráticas y restaurará la candidatura a su estado original.

Sin embargo, el drama se intensifica con la incertidumbre del calendario. La próxima sesión del pleno cae en medio de las celebraciones de Semana Santa, un detalle que podría retrasar aún más la resolución del caso. Este detalle no es menor; en la política, como en la vida, el tiempo es oro, y cada día sin hacer campaña es un día perdido en la carrera hacia el Senado.

En X @DEPACHECOS

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OPINIÓN

Homenaje a Elena Larrea; una muerte sorpresiva: Equinoterapia para salud física, mental y emocional

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Salud y Bienestar, por Gabriela Arce Siqueiros //

Les saludo lectores y lectoras, en esta ocasión quiero hacer un sentido homenaje a una persona con un corazón enorme, me refiero a Elena Larrea, quien desafortunadamente perdió la vida la semana pasada. Fundadora de Cuacolandia, un santuario dedicado al rescate y rehabilitación de caballos, logró el rescate de poco más de 350 ejemplares.

Pero además impulsó una ley que tipifica como delitos graves cometidos contra los animales cometidos en el estado de Puebla. 

Su muerte ha conmocionado a todos lo que la seguíamos. Tengo fe que su labor no ha terminado y que somos muchos quienes seguimos de cerca el bienestar de nuestros animales. En esta ocasión especialmente los caballos. Sin más, les comparto una breve investigación sobre una de las muchas herramientas o terapias alternativas para procurar la salud, rehabilitación de distintos temas para el bienestar.

La equinoterapia es una forma de terapia que utiliza caballos como parte integral del proceso de tratamiento para personas con discapacidades físicas, mentales o emocionales. Se basa en los movimientos tridimensionales del caballo, que simulan los movimientos naturales del cuerpo humano al caminar, lo que puede beneficiar a los pacientes de varias maneras, incluyendo mejoras en el equilibrio, la coordinación, la fuerza muscular y la autoestima.

La historia de la equinoterapia se remonta a la antigua Grecia, donde se documentaron los primeros indicios de sus beneficios terapéuticos. Sin embargo, la equinoterapia moderna comenzó en Europa durante el siglo XX, particularmente después de la Segunda Guerra Mundial, cuando se comenzaron a usar caballos para rehabilitar a soldados heridos. Desde entonces, la equinoterapia se ha expandido en todo el mundo y se ha utilizado para tratar una amplia gama de condiciones médicas y discapacidades.

La equinoterapia funciona como método de rehabilitación, principalmente a través de los movimientos naturales del caballo, que proporcionan estímulos sensoriales y físicos beneficiosos para el paciente. Al montar a caballo, el movimiento tridimensional del animal transfiere al jinete una serie de estímulos que afectan positivamente al sistema nervioso, muscular y esquelético. Además, el vínculo emocional que se establece entre el paciente y el caballo puede aumentar la motivación, la confianza en sí mismo y la autoestima del individuo, lo que contribuye aún más a su rehabilitación física y emocional. 

El trabajo en equipo con el terapeuta equino y otros profesionales de la salud permite adaptar el programa de equinoterapia a las necesidades específicas de cada paciente, maximizando así sus beneficios terapéuticos.

La equinoterapia puede ser beneficiosa para tratar una amplia gama de condiciones médicas y discapacidades, incluyendo: Trastornos neuromusculares, como parálisis cerebral, espina bífida y lesiones de la médula espinal, trastornos del desarrollo, como el autismo y el síndrome de Down, lesiones físicas, como traumatismos craneoencefálicos, lesiones cerebrales traumáticas y lesiones ortopédicas, trastornos sensoriales, como la pérdida de visión o audición, trastornos emocionales o de comportamiento, como el trastorno por estrés postraumático, la depresión y la ansiedad, trastornos del aprendizaje, como la dislexia y el trastorno de déficit de atención e hiperactividad (TDAH).

La equinoterapia se adapta a las necesidades individuales de cada paciente y puede ser utilizada como complemento de otros tratamientos médicos y terapias para mejorar la calidad de vida y promover el bienestar físico, emocional y social. Ofreciendo una variedad de beneficios físicos, emocionales y psicológicos para quienes participan en ella como son mejora del equilibrio y la coordinación, incremento de la fuerza muscular y la resistencia, estimulación sensorial y vestibular, desarrollo de habilidades motoras finas y gruesas, mejora de la postura y la alineación corporal.

Beneficios emocionales y psicológicos: Aumento de la confianza en sí mismo y la autoestima, reducción del estrés y la ansiedad, fomento del vínculo emocional con el caballo, desarrollo de habilidades sociales y de comunicación, sensación de logro y empoderamiento, oportunidad de experimentar emociones positivas y gratificantes.

En general, proporciona un entorno único y estimulante que promueve el bienestar integral de los participantes, ayudándoles a superar desafíos físicos, emocionales y psicológicos mientras disfrutan del contacto con los caballos y la naturaleza.

Tanto los caballos como los terapeutas en equinoterapia reciben un entrenamiento específico para asegurar la seguridad y eficacia del tratamiento: Los caballos utilizados deben ser seleccionados cuidadosamente por su temperamento, confiabilidad y capacidad para adaptarse a diferentes entornos y jinetes. Responden a señales y comandos del terapeuta, así como a adaptar su ritmo y movimientos según necesidades del paciente.

Los terapeutas equinos son profesionales de la salud, como fisioterapeutas, psicólogos o educadores especializados, que han recibido formación adicional en equinoterapia. Se les enseña a evaluar las necesidades individuales de cada paciente y a diseñar programas de tratamiento personalizados. Aprenden técnicas específicas para trabajar con el caballo y el paciente durante las sesiones, así como medidas de seguridad y manejo adecuado de los caballos y pacientes. También reciben formación en la observación del comportamiento del paciente y en la interpretación de las respuestas del caballo durante las sesiones de terapia.

Sí, existen investigaciones científicas que respaldan la eficacia de la equinoterapia en el tratamiento de diversas condiciones médicas y discapacidades. Aunque se necesita más investigación para comprender completamente los mecanismos subyacentes y los efectos a largo plazo de la equinoterapia, muchos estudios han demostrado beneficios significativos en áreas como la función motora, la función cognitiva, el bienestar emocional y la calidad de vida de los participantes.

Algunos ejemplos de áreas donde la equinoterapia ha mostrado beneficios respaldados por la investigación incluyen: Mejora del equilibrio y la coordinación en personas con parálisis cerebral, incremento de la fuerza muscular y la movilidad en personas con lesiones de la médula espinal, reducción de la ansiedad y el estrés en personas con trastornos del espectro autista, mejora de la función cognitiva y la calidad de vida en personas con enfermedad de Alzheimer. Aumento de la confianza en sí mismo y la autoestima en personas con trastornos emocionales o de comportamiento.

Estos hallazgos han sido documentados en estudios científicos revisados por pares y publicados en revistas médicas y de terapia ocupacional. Sin embargo, es importante tener en cuenta que la equinoterapia no es una panacea y puede no ser adecuada para todos los individuos o condiciones. Es fundamental consultar a un profesional de la salud antes de comenzar cualquier programa de equinoterapia y buscar servicios de equinoterapia que estén dirigidos por personal capacitado y certificado. Siempre es importante la seguridad y bienestar animal: Garantizar el bienestar y el trato humanitario de los caballos utilizados en equinoterapia, cumpliendo con las normativas de bienestar animal y proporcionando cuidados adecuados, alimentación, alojamiento y atención veterinaria.

En conclusión, es importante considerar desde diversas perspectivas y mantener una mente abierta  y constructiva sobre este tema. Espero que este artículo haya servido como un punto de referencia  para considerarlo como una herramienta más para hacer conciencia sobre la relación que el ser humano tiene con los animales y el vínculo que se genera. 

Juntos, podemos trabajar hacia soluciones que promuevan la salud. 

Gracias por su atención y su compromiso con este artículo. Siempre quedo atenta a sus comentarios. 

Gabriela Arce Siqueiros. 

E-mail: siqueiros.arte@gmail.com

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Tendencias

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