JALISCO
Presenta diputado Miguel de la Rosa iniciativa para acotar las facultades del Consejo de Administración de Ipejal
Por Mario Ávila
Transcripción de texto a voz
Para evitar poner en riesgo los recursos de miles de trabajadores y el patrimonio del Instituto de Pensiones del Estado de Jalisco (Ipejal), el diputado Miguel de la Rosa Figueroa presentó una iniciativa de reforma a la ley de este organismo, que busca que, 30 días antes de la celebración de cualquier acto jurídico, se transparente y publique el proceso.
La reforma establece la incorporación de una fracción al artículo 149, con el fin de que se publiquen, de manera previa a su formalización, los proyectos de contratos, convenios, fideicomisos, adquisiciones, inversiones y cualquier acto jurídico que involucre su patrimonio, incluyendo los dictámenes técnicos y financieros que los sustenten, bajo el principio de máxima publicidad.
También se propone agregar una fracción al artículo 153, a efecto de garantizar la transparencia mediante la publicación anticipada de los proyectos de instrumentos jurídicos, análisis técnicos, financieros y de riesgos, 30 días antes de aprobar cualquier acto que involucre el patrimonio del Ipejal, conforme a lo dispuesto por la legislación en materia de transparencia.
Sobre el tema, el diputado De la Rosa Figueroa señaló que la Ley del Instituto de Pensiones del Estado de Jalisco no establece criterios ni mecanismos para exigir de forma explícita que el patrimonio del instituto se administre con criterios de transparencia, ni que los órganos de gobierno deban actuar bajo los principios de legalidad, eficiencia y rendición de cuentas.
Añadió que, en el caso de las inversiones y actos patrimoniales, no se establece que estos deban ser justificados, documentados y auditables.
Lamentó que las decisiones tomadas por el Consejo Directivo del Ipejal evidencian una falta de transparencia, lo que ha causado daños al erario del instituto.
En su propuesta, el también presidente del Grupo Parlamentario de Morena enlistó los tipos de actos que deben transparentarse antes de su firma, para evitar que se comprometa el patrimonio del instituto. Entre ellos se encuentran las inversiones inmobiliarias, los contratos de obra o servicios, la adquisición o enajenación de bienes, los fideicomisos, las reestructuras financieras, los convenios con impacto presupuestal y las operaciones bursátiles o financieras relevantes.
Asimismo, definió los mecanismos de transparencia que deberán acatarse previamente para determinar la viabilidad jurídica de los actos, como la publicación de proyectos de contrato, dictámenes técnicos y financieros, la realización de sesiones públicas del Consejo Directivo, la consulta pública de inversiones relevantes y la difusión de versiones públicas de los análisis de riesgo.


