JALISCO
Alfaro y Villanueva aseguran tener la razón: La corte reaviva el conflicto entre UdeG y el Gobierno de Jalisco

Por Daniel Emilio Pacheco //
“La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) otorgó una suspensión para que el Gobierno del Estado reintegre los 140 mdp asignados al proyecto de la Universidad de Guadalajara: Museo de Ciencias Ambientales, a la partida original, y evitar su uso mientras se llega a una resolución”, fue la noticia que, en las primeras horas de la mañana, del viernes 12 de noviembre, en los medios de comunicación, se reactivaba con ello el conflicto entre UdeG y el Gobierno del Estado.
La nota jurídica que daba la SCJN en Jalisco se sumaba a las otras resoluciones que han dado “palo” los desvaríos jurídicos que desde el Gobierno de Jalisco se buscan aplicar, incluso, un día antes la nota era la recién conocida determinación de la SCJN respecto al sistema de evaluación de control de confianza para los juzgadores que integran el Poder Judicial del Estado de Jalisco transgrede los principios de independencia
La SCJN se pronunció acerca sistema de evaluación de control de confianza para los juzgadores que integran el Poder Judicial del Estado, luego de conocer de tres amparos promovidos por jueces que se inconformaron con la intención de aplicarles pruebas toxicológicas, médicas y de polígrafo, como requisito para ser ratificados.
Al aprobar el Congreso de Jalisco la reforma al Poder Judicial fue notificado de 20 amparos promovidos por jueces y al menos cinco de magistrados.
LOS ARGUMENTOS DEL GOBIERNO DE JALISCO
La respuesta del Gobierno de Jalisco a la resolución de la SCJN fue la siguiente:
“La suspensión que obtuvo la UdeG en la SCJN es sólo de carácter de provisional, como parte de la admisión de la controversia emitida por la ministra instructora Ana Margarita Ríos Farjat, sin que ello implique un pronunciamiento sobre el fondo del asunto, por lo que la reasignación de 140 mdp para la continuación de la construcción del Hospital Civil de Oriente sigue vigente y las obras seguirán avanzando.
Se reitera que la reasignación de los 140 mdp se realizó conforme a las atribuciones y facultades con que cuenta el Ejecutivo y que dichos recursos ya fueron licitados y comprometidos para las obras del Hospital que, por cierto, administra la propia Universidad de Guadalajara, por lo que ya son hechos consumados y no deben restituirse ante esta determinación.
Como se lee en el documento que se hizo público el 11 de noviembre en la Sección de Trámite de controversias Constitucionales y de Acciones de Inconstitucionalidad de la SCJN, “será en la sentencia definitiva que en su oportunidad se dicte la que, en su caso, determinará la procedencia o no del pago de las mismas”, por lo que no existe actualmente ninguna orden para revertir la reasignación de los recursos.
Para el Gobierno del Estado no es adecuada la admisión de dicha controversia, por lo que presentará un recurso de reclamación contra la misma para que el pleno de la Corte conozca y se pronuncie sobre su legalidad.
El Gobierno del Estado considera que en estos momentos sigue siendo una prioridad la construcción de un nuevo hospital en una zona que carece de este tipo de infraestructura, en lugar de construir un Museo”, esta vez, la respuesta era solo firmada por el Gobierno del Estado, no retomó el tema el gobernador Enrique Alfaro, como cada que le va mal, no salió a dar la cara, a hablar de frente o frente a la cámara de video.
“SE VA A RESOLVER A FAVOR DE LA UDEG”: VILLANUEVA
Para las 12 horas del mismo viernes, corriendo con un retraso de diez minutos y sudando, pero sin quitarse su chaleco de lana, el Rector General de la Universidad de Guadalajara, Ricardo Villanueva, mencionaba un dato al que nadie le prestado atención: “No tengo duda que se va a resolver a favor de la Universidad ya que no existe una sola, eeehhh, artículo en ninguna ley que yo haya leído en donde un gobernador esté facultado para disponer más del 10% de una partida que el Congreso, le determinó, entonces los ciudadanos podemos hacer todo lo que no está prohibido, pero, los funcionarios públicos sólo podemos hacer lo que la ley explícitamente nos permite y eso es una (sic), de los principios generales de derecho que dan vida al estado y el gobernador no tienen ningún artículo, que hasta hoy haya podido en ninguno de los juicios que hemos interpelado, en donde claramente él pueda decir que tiene una atribución, en su comunicado de hoy, insiste el Gobierno del Estado en que lo hizo en base a sus atribuciones, atribuciones que hasta hoy no han podido documentar con un solo artículo que les permita hacer el atropello que hicieron”, señaló el Rector de UdeG
Ricardo Villanueva se dio tiempo a señalar una aclaración jurídica al comunicado del Gobierno de Jalisco: “En el caso de las controversias no hay suspensiones provisionales y definitivas, en cuanto se otorga la suspensión, esa suspensión es para todo el proceso y a lo que dure y hasta cuando se resuelva el fondo del asunto”, recalcó el rector de una de las Universidades que más abogados ha preparado en México.
Ante la pregunta, ¿Existe un plazo máximo para que los 140 millones de pesos serán entregados a la Universidad de Guadalajara? El Rector General de la UdeG dijo:
“Ya hasta este momento, ya no nos preocupa el plazo, antes de esta suspensión nuestra preocupación era el 31 de diciembre, porque se vence el ejercicio fiscal, con esta suspensión que nos acaba de otorgar la Suprema Corte, ya el tiempo no nos corre a nosotros, porque ese recurso se tiene que garantizar y ese recurso lo vamos a poder ejercer sin la limitante del vencimiento del ejercicio fiscal, en el momento en que ganemos el fondo del asunto, entonces, este dinero va a llegar a la Universidad lo que tarde en resolverse el fondo de esta controversia.
Y bueno, pues la verdad es que ya no hay un plazo, o sea, a partir de este momento lo que la Corte les dijo a todos y también el propio el propio control (sic) se dice infórmese a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, o sea la Ministra ya le está informando a la Secretaría de Hacienda que ese dinero no va a tener que ser reembolsado a la TESOFE con la con la norma (sic), con la ley de disciplina financiera. Entonces, la verdad es que ya la Ministra le avisó a todo el mundo, este dinero se va a poder usar en cuanto se resuelva el fondo y la Universidad tendrá el plazo de su ejercicio fiscal para ejercerlo en cualquier momento que se termine de resolver esto”, señaló Ricardo Villanueva.
Respecto a lo que viene en lo jurídico, Ricardo Villanueva dijo: “A partir del primero de enero si cambia el escenario de la vía jurídica, porque el primero de enero terminando el ejercicio fiscal en caso de mantenerse en esta postura, y hoy ya tienen dos, hacer un desacato a esta suspensión y lo otro es hacer un desvío de recursos, porque el primero se consolidaría el desvío de recursos o sea, en el momento en que ellos no nos den ese dinero y ese dinero a través de un acuerdo que hizo el Ejecutivo lo hayan mandado a otro destino a eso se le llama desvío de recursos, desvío de recursos es tan simple como utilizar recursos públicos para algo a lo que no fue autorizado. El Congreso del Estado autorizó ese dinero para el Museo de Ciencias Ambientales, por lo tanto, tomar ese dinero y moverlo a otra obra se llama de desvío de recursos y eso puede tener trascendencia penal el siguiente año”, explicó el Rector General de la UdeG.
LA RESOLUCIÓN DE LA CORTE: ES UNA SUSPENSIÓN; AÚN LA CORTE NO ENTRA AL FONDO DEL CONFLICTO
Ante lo comunicado por el Gobierno de Jalisco y la respuesta de la UdeG, uno busca información de lo acordado por la SCJN y no es fácil dar con el acuerdo, así que, aquí lo tiene usted para que se de cuenta quién dice la verdad o quien trata de manejar “su” verdad:
Fecha de Notificación: 10/Noviembre/2021
TRÁMITE
Atento a lo solicitado, a las características particulares del caso y a la naturaleza de los actos y omisiones impugnados, sin prejuzgar respecto del fondo del asunto que será motivo de estudio de la sentencia que en su oportunidad se dicte, procede conceder la suspensión en los términos solicitados, específicamente lo indicado por la Universidad de Guadalajara en el capítulo correspondiente de suspensión en los incisos a), b), c) y f), y por otra parte, procede negar la suspensión en los términos solicitados, por lo que hace respecto a los incisos d) y e), de conformidad con las consideraciones siguientes:
Con respecto a los incisos a), b), c) y f), la Universidad actora solicita la suspensión para el efecto de que las autoridades demandadas se abstengan de emitir cualquier acto que obstaculice, frene, impida, disponga, reencause, reasigne o reintegre los recursos no devengados. En consecuencia, procede conceder la suspensión en los términos solicitados, con el fin de asegurar provisionalmente la situación jurídica, el derecho o el interés de la actora, y toda vez que es consecuencia directa e inmediata del acto y omisiones impugnadas.
En ese sentido, sin prejuzgar respecto del fondo del asunto, es de precisarse que, en cuanto a los recursos ya retenidos por el Poder Ejecutivo del estado de Jalisco, será en la sentencia definitiva que en su oportunidad se dicte la que, en su caso, determinará la procedencia o no del pago de las mismas.
Al respecto, con el otorgamiento de la suspensión en los términos precisados, no se afectan la seguridad y economía nacionales, ni las instituciones fundamentales del orden jurídico mexicano, puesto que únicamente se pretende preservar la materia del juicio y asegurar que la autoridad demandada no emita algún acto que obstaculice, frene, impida, disponga, reencause, reasigne o reintegre los recursos no devengados, además de garantizar provisionalmente la situación jurídica y el derecho o el interés de la parte actora. Tampoco se causa un daño mayor a la sociedad en relación con los beneficios que pudiera obtener el solicitante de la medida puesto que, con ello, se garantiza que los recursos no se dispongan o se reasignen. De esta forma, los recursos continúan a disposición de la parte actora, hasta en tanto se resuelve, en definitiva, el presente asunto.
En relación con los incisos d) y e) el promovente solicita la suspensión para el efecto de que se ordene a la parte demandada de hacer disponibles los recursos en virtud de estar autorizados previamente en el presupuesto, y no ejerzan la facultad de contención de los mismos. Por esa razón, no procede conceder la medida cautelar solicitada en los términos solicitados por la demandante, pues ello equivaldría a dotar a la suspensión a efectos constitutivos propios, e implicaría prejuzgar respecto a que, efectivamente el acto y las omisiones impugnadas, contravienen los preceptos constitucionales que señala el promovente en el escrito de demanda, lo cual precisamente será lo que se analizará en la sentencia que en su oportunidad se dicte.
A C U E R D A
I. Se niega la suspensión en los términos en que fue solicitada por la Universidad de Guadalajara, indicado en los incisos d) y e) antes señalados.
II. Se concede la suspensión solicitada por la Universidad de Guadalajara, en los términos en que fue solicitada, indicado en los incisos a), b), c) y f), en términos de lo antes expuesto.
III. La medida suspensional surtirá efectos de inmediato y sin necesidad de otorgar garantía alguna, sin perjuicio de que pueda modificarse o revocarse derivado de algún hecho superveniente.
IV. Para el debido cumplimiento de la presente medida cautelar, notifíquese este proveído a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
Dada la naturaleza e importancia de este procedimiento constitucional, se habilitan los días y horas que se requieran para llevar a cabo las notificaciones de este acuerdo.
Finalmente, intégrese al expediente, para que surta efectos legales, la impresión de la evidencia criptográfica de este acuerdo.
En Twitter: @DEPACHECOS
JALISCO
Un impuesto que pesa más que la propiedad: El predial y la trampa de la modernización

A título personal, por Armando Morquecho Camacho //
“Los impuestos son el precio que pagamos por vivir en una sociedad civilizada”, dijo alguna vez el juez Oliver Wendell Holmes. Sin embargo, en Jalisco, ese precio parece haber dejado de reflejar los beneficios de la civilización para convertirse en una carga desproporcionada que amenaza la estabilidad de las familias.
El reciente aumento del impuesto predial en municipios como Guadalajara, Zapopan y Tonalá no solo ha encendido la indignación ciudadana, sino que también revela una problemática más profunda: una política fiscal que está desvinculada de la realidad económica de la población.
En Guadalajara, el incremento del predial ha alcanzado hasta un 45% en algunas colonias, tras eliminarse el tope que limitaba el aumento anual al 10%. Zapopan aplicó un alza del 5% de forma uniforme, mientras que en Tonalá los predios rústicos enfrentan incrementos de hasta el 36%. Estas cifras no son solo números en una tabla de Excel; representan decisiones que afectan directamente el bolsillo de miles de familias, muchas de las cuales ya están luchando por mantener su estabilidad financiera en un contexto de inflación y estancamiento salarial.
El argumento oficial suele girar en torno a la necesidad de actualizar los valores catastrales y mejorar la recaudación para financiar servicios públicos. Pero ¿qué pasa cuando el incremento de los ingresos municipales se da a costa de la calidad de vida de los contribuyentes? La modernización fiscal no puede convertirse en una trampa que justifique incrementos desproporcionados sin un análisis profundo de sus efectos socioeconómicos.
El aumento del impuesto predial en Jalisco ha generado un debate intenso sobre su impacto en la economía de las familias y la gestión pública. Para entender mejor este fenómeno, podemos recurrir a una analogía histórica: el impuesto al té que provocó el Motín del Té en Boston en 1773. Aquel gravamen, aunque modesto en términos económicos, fue percibido como un símbolo de abuso e imposición sin representación adecuada, lo que encendió la chispa de un movimiento más amplio por la justicia fiscal.
En Jalisco, el incremento del predial no es solo una cuestión de cifras. Representa una carga adicional para los propietarios, quienes ven cómo el costo de mantener su patrimonio crece sin una correspondencia clara en mejoras tangibles de los servicios públicos. La falta de una comunicación efectiva por parte de las autoridades sobre el destino de estos recursos alimenta el descontento y la desconfianza.
Este aumento del predial también refleja una desconexión preocupante entre las autoridades y la realidad cotidiana de la ciudadanía. No se trata de rechazar la necesidad de impuestos, sino de exigir que estos sean justos, proporcionales y coherentes con el contexto económico. El principio de progresividad fiscal, que establece que quienes tienen más deben contribuir más, parece haberse diluido en un enfoque recaudatorio que no distingue entre diferentes capacidades de pago.
Si observamos modelos internacionales, ciudades como Viena o Berlín han implementado políticas fiscales que buscan equilibrar la recaudación con la protección del derecho a la vivienda. En estos lugares, los incrementos de impuestos sobre la propiedad están vinculados a mejoras tangibles en los servicios públicos y a políticas de vivienda asequible. En contraste, en Jalisco, el aumento del predial parece desconectado de cualquier mejora visible, lo que alimenta la percepción de que se trata simplemente de un mecanismo para llenar las arcas municipales sin un verdadero compromiso con el bienestar ciudadano.
Por otro lado, el impacto del aumento del predial también tiene un componente psicológico y simbólico. La propiedad de una vivienda representa, para muchas familias, el fruto de años de esfuerzo y estabilidad. Cuando el Estado transforma ese logro en una carga cada vez más pesada, erosiona la confianza en las instituciones y en la promesa de progreso que se supone debería acompañar al desarrollo urbano.
No podemos ignorar, además, el problema de la opacidad en la gestión de los recursos recaudados. La falta de transparencia en el uso del dinero público alimenta la sospecha de que estos aumentos no están destinados a mejorar la calidad de vida de la población, sino a cubrir deficiencias administrativas o a financiar proyectos que no responden a las verdaderas necesidades de la sociedad.
En este contexto, es urgente replantear el debate sobre el impuesto predial en Jalisco. No se trata de eliminarlo ni de negar su importancia para la financiación de servicios públicos, sino de exigir una política fiscal más justa y equitativa, lo cual implica revisar los criterios para la actualización de valores catastrales, establecer topes razonables para los incrementos anuales y garantizar que cualquier aumento se traduzca en beneficios tangibles para la comunidad.
El descontento social que está generando este tema no es una simple reacción emocional ante el aumento de un impuesto. Es la expresión de un malestar más profundo relacionado con la percepción de injusticia fiscal y la falta de sensibilidad de las autoridades frente a las dificultades económicas de la población. Si las autoridades locales no escuchan este clamor, corren el riesgo de erosionar aún más la confianza en las instituciones y de alimentar un clima de descontento que puede tener consecuencias políticas a largo plazo.
En definitiva, el problema del predial en Jalisco es un síntoma de una enfermedad más amplia: la desconexión entre las políticas públicas y las realidades sociales. No se trata solo de cifras frías en un balance contable o de metas recaudatorias; es un reflejo de cómo las decisiones gubernamentales pueden alejarse de las necesidades cotidianas de la gente.
Para sanar esta herida, se necesita más que simples ajustes técnicos; se requiere una visión de justicia fiscal que ponga en el centro a las personas, no solo a los números. Esto implica un compromiso real con la equidad, la transparencia y la sensibilidad hacia los contextos económicos diversos de la población. De lo contrario, el precio que pagamos por vivir en sociedad podría terminar siendo demasiado alto, no solo en términos económicos, sino también en la confianza ciudadana y la cohesión social, pilares fundamentales para una convivencia democrática y justa.
JALISCO
El Frankenstein de la transparencia

Opinión, por Salvador Romero Espinosa //
El nuevo modelo de transparencia presentado el pasado 31 de enero por Raquel Buenrostro, Secretaria de Anticorrupción y Buen Gobierno, me parece inconstitucional, dado que violenta la soberanía de las entidades federativas y la autonomía municipal, ambas previstas desde 1917 en la Constitución Federal como cimiento toral de nuestra República, e incluso va en contra de la reciente reforma al artículo 116, que establece que serán los órganos encargados de la contraloría u homólogos de los sujetos obligados los responsables de garantizar el derecho de acceso a la información pública y de protección de datos personales.
En ese contexto, al tratarse los gobiernos estatales y municipales de sujetos obligados, de acuerdo a dicho precepto constitucional, deben de ser sus propias contralorías quienes deberán de encargarse de resolver los recursos e impugnaciones en materia de transparencia, por lo que la propuesta de que el Poder Ejecutivo local de cada entidad federativa sea quien resuelva las impugnaciones contra las respuestas de los ayuntamientos es abiertamente inconstitucional, pues generaría una especie de instancia intermedia entre gobiernos estatales y municipales, las cuales se encuentran expresamente prohibidas en el artículo 115.
Para ponerlo en otras palabras, la referida propuesta implicaría que las gobernadoras y gobernadores del país, a través de sus contralorías, podrían sancionar a las alcaldesas y alcaldes de los municipios de sus estados, en caso de que no atendieran sus requerimientos en materia de acceso a información pública, lo cual, además de violentar la ya referida autonomía municipal, podría tener implicaciones políticas bastante delicadas y convertirse en un mecanismo de control por parte de los poderes ejecutivos estatales a los gobiernos municipales.
Cabe señalar que en palabras textuales de la Secretaria Raquel Buenrostro “…hay (institutos de transparencia locales) homólogos al INAI, que son los que revisaban a los municipios, ahora en la propuesta de ley nosotros proponemos que sean las autoridades del Ejecutivo local las que ayuden a los municipios, esto es conociendo y sabiendo que los municipios no tienen la infraestructura suficiente ni los recursos, también sean apoyados y arropados, no solo por el Estado, sino también a nivel federal…”.
Sin embargo, en las diapositivas que utilizó en su presentación no dice “apoyar”, sino textualmente dice “Autoridad del Ejecutivo Local revisa a municipios” y existe una gigantesca diferencia entre “apoyar” y “revisar”, razón por la cual todas las autoridades municipales del país deberán de prender sus alertas y focos rojos ante esta propuesta, dado que en lugar de que la propuesta fuera para dotarles de mayores recursos económicos para hacer frente a sus nuevas obligaciones constitucionales, lo que están proponiendo realmente es someter a los municipios a los gobiernos estatales y a la propia federación.
El nuevo modelo también afecta la soberanía de las entidades federativas, pues la Secretaria Buenrostro refirió que la nueva Plataforma Nacional de Transparencia seguirá siendo obligatoria para todas las autoridades del país, además de que señaló que su Secretaría podrá atraer y/o conocer de todas las impugnaciones de transparencia relacionadas con recursos federales, que son la gran mayoría de los recursos que se ejercen en los estados y municipios, por lo que en la práctica, con esta propuesta se desaparece la soberanía de las entidades federativas y la autonomía de los municipios de todo el país, ya que la Secretaría de Anticorrupción y Buen Gobierno tendrá facultades para requerir y sancionar a gobernadoras y gobernadores, así como alcaldesas y alcaldes de todo el país, algo gravísimo en una República Federal.
Aunado a lo anterior, el nuevo modelo despedaza totalmente al actual Sistema Nacional de Transparencia, conformado por 33 institutos de transparencia, la Auditoría Superior de la Federación, el Archivo General de la Nación y el INEGI, y lo transforma en un Sistema Nacional de Acceso a la Información Pública con 32 subsistemas estatales, que en lugar de las 36 instituciones actuales, estará integrado por casi 3,000 autoridades, que en teoría deberán coordinarse para homologar sus criterios en materia de transparencia, un verdadero modelo Frankenstein.
Finalmente, la Secretaria presentó como un gran logro del nuevo modelo el que se esté apostando a la judicialización de la transparencia y el derecho de acceso a la información, pues incluso señala que se crearán juzgados federales especiales en la materia, partiendo de la premisa falsa de que actualmente los juzgados en materia administrativa no resuelven cuestiones de fondo en los amparos contra resoluciones de los institutos de transparencia (por supuesto que lo hacen); cuando es un hecho que la judicialización será mucho más costosa, compleja y lenta que el modelo de tutela por medio de institutos de transparencia autónomos que recientemente destruyeron.
GALERÍA
A los que vimos: Aniversario 41 del fallecimiento de Don Jesús Michel
ANIVERSARIO 41 DEL FALLECIMIENTO DE DON JESÚS MICHEL
El 41 aniversario de la partida de Don Jesús Michel González fue conmemorado por la familia Michel Velasco con una misa en la Basílica de Nuestra Señora de Zapopan, donde acudieron familiares y amigos.
EL AGRADECIMIENTO
Enrique Michel expresó el agradecimiento de la familia Michel Velasco a amigos y empleados de la empresa Mazapan de la Rosa que los acompañaron en este día tan sentido y habló del gran amor que distinguió a sus padres, a Don Jesús Michel y a Doña Elvira para formar y educar a esta familia con los principios y el amor cristiano.
LA CARIDAD CRISTIANA
El padre que ofició la misa, José Dolores Aguayo González, destacó el sentido cristiano en la obra de don Jesús Michel, proyectándose en la caridad cristiana en la persona de don Jesús Michel
LA BASÍLICA DE ZAPOPAN
La Basílica de Nuestra Señora de Zapopan con toda su solemnidad fue el recinto religioso en el que se recordó a Don Jesús Michel González en el que se dieron cita amigos y familiares.
GERMÁN Y ENRIQUE
Germán y Enrique, don grandes pilares de la familia Michel Velasco, que han continuado al lado de la familia la gran obra de Don Jesús y Doña Elvira.
UNA GRAN FAMILIA
La obra de Don Jesús y Doña Elvira, una familia grande, formada en los valores cristianos. Ya son cuatro generaciones.
MARÍA FERNANDA
María Fernanda Michel López, Enrique Michel y su hermana Cecilia.
UN HOMBRE CON VALORES
El Padre Lolo, José Dolores Aguayo González, se refirió a los grandes valores cristianos que vivió Don Jesús Michel González, tanto como padre de familia y como patrón, viviendo la caridad cristiana, siempre presto a darle la mano a quien lo requería.
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