OPINIÓN
El retiro bajo restricciones: IMSS frena la Modalidad 40
Consejos para tu jubilación, por Arturo Pérez Díaz
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El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) ha puesto en marcha una medida que modifica las reglas de acceso a la Continuación Voluntaria en el Régimen Obligatorio, la Modalidad 40, en afectación de 7 millones de trabajadores, que continuarán bajo la tendencia de vivir con pensiones pobres.
La propia presidenta Claudia Sheinbaum señaló que la decisión tomada por el Consejo del IMSS busca evitar fraudes y abusos en la Modalidad 40. Aclaró que el esquema no desapareció y que se trata de “ciertas medidas para evitar que se haga fraude con esta forma de pensión”.
El acuerdo ACDO.AS2.HCT.101026/302.P.DG, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de octubre de 2026, establece restricciones temporales que afectan especialmente a quienes buscan recuperar su trayectoria de cotización y mejorar su futura pensión.
4 millones de afectados en empleo formal
La decisión tiene repercusiones negativas para millones de trabajadores, particularmente para quienes pertenecen al régimen de la Ley del Seguro Social de 1973. De los aproximadamente 22 millones de trabajadores afiliados al IMSS, alrededor de 3.9 millones corresponden a la Ley 73, grupo para el que la estrategia salarial de la Modalidad 40 resulta determinante al momento de jubilarse. También afecta a un grupo mayor de personas que están inactivas en el IMSS y laboran en la economía informal, pero que tuvieron cotizaciones al IMSS antes de 1997.
De acuerdo con la ENOE del segundo trimestre de 2026 y las tasas del INEGI, en México se reportan entre 9.5 y 9.7 millones de personas mayores de 50 años en la informalidad. Muchos de esos trabajadores informales nunca han tenido afiliación al IMSS, pero un 30 % sí la tuvo. Es decir, hay al menos 3 millones de mexicanos en la informalidad con derechos de la Ley 73 del IMSS. Ellos pueden reincorporarse mediante la Continuación Voluntaria y obtener una jubilación.
Es decir, sumando a los trabajadores activos y a los que están en la informalidad, el daño social de la medida del IMSS afecta a 7 millones de personas.
¿Qué establece el acuerdo del Consejo Técnico?
El documento oficial destaca las siguientes disposiciones:
1. Análisis financiero de la Modalidad 40. El Consejo Técnico instruye a la Dirección de Finanzas para realizar, en un plazo máximo de seis meses, un análisis del efecto de esta modalidad sobre la situación financiera del Instituto.
2. Posibles cambios normativos. Una vez recibido el análisis, la Dirección Jurídica tendrá hasta seis meses para coordinar una propuesta de modificación de las disposiciones correspondientes. El objetivo declarado es hacer viable la Continuación Voluntaria en el mediano y largo plazo.
3. Restricciones temporales para nuevas contrataciones. Mientras se realiza el análisis financiero, quienes ya se encuentren inscritos al entrar en vigor el acuerdo podrán permanecer en la modalidad bajo las condiciones actuales hasta concluir el periodo contratado.
En cambio, quienes concluyan ese periodo y soliciten una nueva incorporación, así como quienes deseen conservar sus derechos pensionarios mediante esta vía, podrán contratar tomando como referencia el último salario base de cotización registrado al causar baja del régimen obligatorio, o hasta ese importe más una Unidad de Medida y Actualización (UMA).
¿Se acaba la retroactividad?
El acuerdo precisa, además, que los nuevos aseguramientos se efectuarán exclusivamente a partir de la fecha de solicitud. Este punto constituye el núcleo de la restricción a las incorporaciones retroactivas.
4. Prohibición de combinar la Modalidad 10 con la Modalidad 40. El acuerdo señala expresamente que las personas inscritas en la modalidad de incorporación de personas trabajadoras independientes, prevista en el artículo 13, fracción I, de la Ley del Seguro Social, no podrán contratar la Continuación Voluntaria en el Régimen Obligatorio.
5. Trámites exclusivamente digitales. El IMSS deberá ajustar sus procesos y sistemas para que las inscripciones se realicen únicamente mediante mecanismos digitales.
6. Atención de casos especiales. Se instruye a las áreas responsables a diseñar un canal para revisar situaciones particulares relacionadas con la aplicación del acuerdo.
7. Reconocimiento de derechos previamente adquiridos. Quienes ya estén inscritos al entrar en vigor el instrumento conservarán el reconocimiento de las semanas y los salarios efectivamente cotizados y pagados.
¿Por qué preocupa a los trabajadores de la Ley 73?
Hasta ahora, una estrategia utilizada por determinados trabajadores que llevaban más de cinco años sin cotizar consistía en reincorporarse al IMSS mediante la Modalidad 10, como personas trabajadoras independientes, cubrir 52 semanas de cotización y, posteriormente, solicitar su ingreso a la Modalidad 40.
El objetivo era mejorar el promedio salarial de las últimas 250 semanas cotizadas, uno de los elementos que intervienen en el cálculo de las pensiones de la Ley 73.
El impacto económico puede ser considerable. Como referencia, la pensión promedio de los jubilados de la Ley 73 es de 13,781 pesos mensuales. Para quienes aspiran a una pensión superior mediante una planeación salarial de largo plazo, la Modalidad 40 los llevaría, por ejemplo, a pensiones de 40 o 50 mil pesos, cotizando 250 semanas con un salario más alto.
Debate jurídico: ¿Puede un acuerdo limitar un derecho previsto en la ley?
La principal controversia se encuentra en la relación entre el acuerdo administrativo y la Ley del Seguro Social.
Los artículos 218 y 219 de la Ley del Seguro Social garantizan la Continuación Voluntaria, mientras que el artículo 64 del Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización otorga el derecho a la afiliación retroactiva.
Por ello, deberá examinarse jurídicamente el caso, considerando las facultades del Consejo Técnico para afectar derechos que reconoce la Ley del Seguro Social.
Existen elementos para anticipar una oleada de amparos promovidos por trabajadores que consideren vulnerados sus derechos.
Informarse antes de decidir
La Modalidad 40 es una herramienta legal de planeación pensionaria. Son medidas que están incluidas en la ley, pero se politizan ahora que, desde la Presidencia de México, se le denomina campo de “fraude” en las pensiones.
La discusión apenas comienza y tendrá consecuencias para miles de trabajadores. Si el partido gobernante lo mide, cabe la posibilidad de una solución salomónica: el Gobierno federal dará la mitad de la razón al IMSS y la otra mitad al trabajador (elector). La Suprema Corte tendrá, además de la ley en la mano, una presión electoral de 7 millones de votos.

Arturo Pérez Díaz es periodista independiente. Ha sido docente de Política, Opinión Pública y Mercadotecnia Política, así como asesor profesional de Comunicación Pública.


