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NACIONALES

El presidente Ernesto Zedillo hizo y deshizo la SCJN: La justicia, la corte y el pueblo

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Por Pedro Vargas Ávalos //

La justicia es esencial para que impere la paz, el orden, y rija a plenitud el estado de derecho. En nuestro medio, la Constitución de la República encomienda la administración de la justicia al poder judicial, y éste, a nivel federal, lo representan varios tribunales, pero el organismo emblemático por excelencia lo es la Suprema Corte de Justicia de la nación (SCJ).

A la Suprema Corte la componen abogados que deben ser de enorme prestigio, reconocida probidad y de conocimientos excelentes, en todas las ciencias, pero específicamente en la del derecho. Con esas cualidades, es como un encargado de impartición de la justicia, puede actuar conforme lo precisó Sócrates, el enorme filósofo griego: “Escuchar cortésmente, responder sabiamente, ponderar prudentemente y decidir imparcialmente.”

En nuestra patria el tema de los jueces ha sido polémico, porque por lo general no han sido genuinos juzgadores, y en el pueblo son vistos con suma desconfianza. La corrupción es típica en el Poder Judicial, y el nepotismo, así como el influyentismo, son sobresalientes perversiones que siempre lo han caracterizado. En pocas palabras, la inmensa mayoría de quienes se desempeñan dentro del Poder Judicial por lo general saben qué es la justicia, pero ordinariamente la ignoran, aplicando la ley conforme sus personales conveniencias, lo cual desde luego, es cometer injusticias.

La lucha por poseer buenos ministros (integrantes de la SCJN) ha sido permanente, pero da la impresión de que todo se vuelve como los llamados a misa modernos, que casi nadie les hace caso. Hay varios antecedentes para entender las disposiciones que regulan el poder judicial mexicano, siendo los primeros la Constitución española de Cádiz de 1812 y luego la Constitución de Apatzingán de 1814.

También se cita el Reglamento del Imperio iturbidista, que fue solo un delirio. Realmente tiene gran efecto, el Acta Constitutiva de 31 de enero de 1824, que sobre el Poder Judicial dice: “Artículo 18.- Todo hombre, que habite en el territorio de la federación, tiene derecho a que se le administre pronta, completa, e imparcialmente justicia; y con este objeto la federación deposita el ejercicio del poder judicial en una corte suprema de justicia y en los tribunales que se establecerán en cada estado; reservándose demarcar en la constitución las facultades de esta suprema corte.”

En la primera Carta Magna de nuestra nación, la de 4 de octubre de 1824, los once miembros de la Corte, eran nominados por las legislaturas de las Entidades federativas, las cuales enviaban sus propuestas al Congreso de la Unión, donde la Cámara de Diputados se encargaba de elegir a los que reunieran las condiciones requeridas por el artículo 125: instruido en la ciencia del derecho a juicio de las legislaturas de los estados, tener la edad de treinta y cinco años cumplidos, ser ciudadano natural de la república, o nacido en cualquiera parte de la América que antes de 1810 dependía de España, con tal que tuviera vecindad nacional mínima de cinco años.

Tras las vicisitudes que dieron al traste con la primera república federal, el conservadurismo dominante expidió el 30 de diciembre de 1836, una Constitución centralista, llamada de las Siete Leyes, en la cual figuraba un Supremo Poder Conservador, que en general no operó. La quinta ley, está dedicada al “Poder Judicial de la República Mexicana” y allí se establece que habrá una Corte Suprema de Justicia, compuesta por once ministros, además como en el caso de la Constitución de 1824 y luego la de 1857, habría un Fiscal. Estos funcionarios también serían electos, pero ahora de igual manera que el Presidente de la república.

Como ya sabemos, esa norma suprema reaccionaria rigió muy poco, y así sobrevinieron algunos intentos por consolidar nuestro sistema, entre los que destacó el tapatío Mariano Otero. Y así, hasta llegar a la Constitución de 5 de febrero de 1857, de corte liberal y valores federalistas. Esta Carta, previno -artículo 90- que el Poder Judicial de la Federación se depositaba en una Corte Suprema de Justicia (y Tribunales de Circuito y Distrito). El número de esos integrantes sería de once más cuatro supernumerarios, los que por una reforma de 1900 quedaron en quince ministros, los cuales serían electos cada seis años, siendo sus requisitos, el ser instruido en el derecho a juicio de los electores, ser mayor de 35 años y ciudadano en ejercicio de sus derechos.

La revolución maderista de 1910 y luego la constitucionalista de 1913, lograron que entre fines de 1916 y los inicios de 1917, se aprobaran reformas de fondo a la Constitución de 1857, por lo que realmente se emitió una nueva norma constitucional, por el Congreso de Querétaro que presidió el singular jalisciense Luis Manuel Rojas.

El nuevo Poder Judicial que previno esta ley suprema, quiso ser federalista y muy indiscutible, por lo que en su articulado a partir del numeral 94, dejó claro el mandato de que en la integración de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) a partir de 1923, pues entre 1917 y ese año serían electos, se haría de la siguiente forma: la SCJ se integra por once ministros, los cuales serían electos por el Congreso de la Unión en función de Colegio Electoral, en base a candidatos propuestos por las legislaturas estatales (art. 96).

Los requisitos para ser ministro son los típicos: ser ciudadano mexicano con plenos derechos, mayor de 35 años de edad, abogado con título registrado, haber residido en el país al menos los últimos cinco años y finalmente, poseer buena reputación.

Pero esas excelentes intenciones se frustraron tras el triunfo de los generales que asesinaron en 1920 al Primer Jefe Venustiano Carranza. Y una temprana reforma mató antes de ejecutarse, a esas ideas federalistas de integración de la SCJ. En consecuencia, se refinó el presidencialismo que imperó en nuestra patria, a partir del Manco de Celaya, Álvaro Obregón, y hasta el período del partido hegemónico, que, si bien mantuvo la ideología revolucionaria de la justicia social, vino acabando en un neoliberalismo entreguista ante el capitalismo, que, en varias ocasiones, valiéndose de su control político, hizo y deshizo la Carta Magna.

El peor ejemplo de lo anterior, lo dio el gobierno priista de Ernesto Zedillo, quien, de un plumazo, contando con la docilidad de su partido, así como la complicidad del panismo y otros institutos complacientes, acabó con la SCJ en 1994: de 26 ministros que existían entonces -21 en activo- se eliminó a todos, otorgándoles jugosas jubilaciones (aun cuando no contaran con los requisitos para tenerlas). De esa manera venal, se acalló a los que debieron protestar por su defenestración.

Pero como se decía antes: No hay cañonazos de billetes que no compren conciencias. Además, en las reformas conducentes a ese golpe al poder judicial, les conservó o incrementó privilegios a los que fungieran en lo sucesivo como ministros. Entre esas ventajas, está la de no rebajarles sueldos durante su ejercicio y la de crearles un derecho de retiro, independiente a su jubilación.

Luego los mismos ministros de la SCJ, dieron en forjar fideicomisos archimillonarios para cubrir un sinnúmero de prerrogativas. Todo esto los exhibe como muy apegados al dinero, las sinecuras y las ventajas, lo cual está en total contravención a los ideales juaristas de que, el servidor público debe vivir con austeridad, y, «Bajo el sistema federativo los funcionarios públicos no pueden disponer de las rentas sin responsabilidad.”

La enumeración que el presidente Andrés Manuel López Obrador hizo de las 40 canonjías de que gozan los ministros de la SCJ, son para reflexionar, pues ellos son precisamente quienes están obligados a predicar con el ejemplo, y sin embargo, lo que hacen es acreditar su apego al dinero y las prebendas.

Ganar más que el primer mandatario, contra lo que manda la Constitución (art. 127) y dictar resoluciones en materias que no les corresponden, como es entender controversias en leyes de corte electoral, según el art. 105 que dispone: “La Suprema Corte de Justicia de la Nación conocerá, en los términos que señale la ley reglamentaria, de los asuntos siguientes: I. De las controversias constitucionales que, sobre la constitucionalidad de las normas generales, actos u omisiones, con excepción de las que se refieran a la materia electoral…”, así lo acreditan.

Al absolver esos temas, da la impresión de que la corte se considera dueña de los destinos nacionales y que, por sus propios razonamientos, puede sustituir al poder legislativo y declararse salvador de la democracia, ideas que solo por interés son aceptadas por las oposiciones y por quienes disfrutan de pingues provechos del erario.

El punto de vista popular, es de condenar, -salvo honrosas excepciones- la conducta de todos los jueces, incluidos los ministros de la SCJ. Para el pueblo, titular de la soberanía y quien tiene el derecho de cambiar la forma de gobierno, elegir a quienes los juzgan es algo que solo los mismos ciudadanos deben determinar, o sea, si debemos regresar a los pretéritos modos republicanos de votar a los ministros y magistrados, bajo la base de que, siempre será más válido, confiar en quien se elige, que soportar a un influyente impuesto por las cúpulas del poder.

De que hace falta reformar al poder judicial, no cabe duda. De que el pueblo, a través de los ciudadanos, es quien debe decidir sobre los que los juzguen, es elemental. El debate está abierto, y ojalá que, sin enconos, egoísmos ni venganzas o encubrimientos, se coadyuve por toda la sociedad mexicana para lograr una cabal transformación de la administración de la justicia, lo cual urge a fin de abatir el rancio principio de que a estas fechas, el pueblo padece hambre y sed de justicia.

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Deportes

Se pospone el primer partido de Chivas en el Torneo Apertura de la Liga MX

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-Por Redacción Conciencia Pública con datos de ADN40

El torneo Apertura 2025 de la Liga MX comenzó el viernes 11 de julio con varios partidos, pero uno de los encuentros más esperados, Chivas vs Tigres, no se disputó como estaba programado para la Jornada 1.

La ausencia del partido llamó la atención, ya que ambos equipos son protagonistas habituales del futbol mexicano. Desde el calendario oficial ya se había informado que este encuentro quedaría pendiente.

El motivo principal por el cual no se jugó el duelo entre Chivas y Tigres fue debido a remodelaciones en el Estadio Akron, casa del Club Guadalajara. Estas obras forman parte de los preparativos para el Mundial 2026, en el que dicho recinto será una de las sedes.

Las autoridades del estadio informaron que mantendrán sus puertas cerradas durante algunos días para garantizar que el inmueble cumpla con los estándares exigidos por la FIFA.

Ante esta situación, la Liga MX reprogramó el partido para el 17 de septiembre de 2025 a las 19:05 horas. Mientras tanto, tanto Chivas como Tigres pospondrán su debut oficial en el torneo hasta la segunda jornada, cuando se enfrenten a León y Juárez respectivamente, bajo la dirección de sus nuevos entrenadores, Gabriel Milito y Guido Pizarro.

 

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ENTREVISTAS

Clemente Castañeda: Con la nueva Ley de Telecomunicaciones está intacta la libertad de expresión

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Por Mario Ávila //

Para el senador jalisciense, Clemente Castañeda Hoeflitch, la nueva Ley de Telecomunicaciones tuvo cambios importantes con relación a la propuesta original; por ello, y porque no toca a la libertad de expresión, el grupo parlamentario de Movimiento Ciudadano en el Senado de la República, votó a favor junto con Morena y sus aliados PVEM y PT.

Desde la tribuna en su momento, a través de sus redes sociales y en entrevista con diferentes medios de comunicación, el coordinador de MC en el Senado, se congratuló de que algunas de esas modificaciones que registró el proyecto de ley, se lograron gracias a la presión de la sociedad civil.

Uno de los cambios más significativos fue la eliminación, en su totalidad, del artículo 109 mediante el que el grupo parlamentario de Morena quería para bloquear plataformas digitales.

Castañeda Hoeflitich, también se refirió a la sustitución de la que pretendió ser una “súper Agencia de Transformación Digital que quería el oficialismo, por un órgano colegiado y con independencia de la Secretaría de Economía”.

Adicionalmente, el senador por Jalisco dio cuenta de que previo a la aprobación final de la nueva Ley de Telecomunicaciones, se retiró la facultad de la Secretaría de Gobernación, de aprobar cualquier material proveniente del extranjero.

Lamentó además que, con argumentos falsos y engañosos, actores políticos del PRI y del PAN, “han querido etiquetar este esfuerzo parlamentario como ‘Ley Espía’ y ante ello habrá que aclarar: primero, la geolocalización ya existe desde hace 11 años y fue redactada por el PAN y el PRI y segundo, es una mentira que no existan controles, porque sí se contemplan límites y un marco para la localización geográfica en tiempo real y solicitud de entrega de datos conservados”.

LOS ABSURDOS DE LAS CAMPAÑAS LEY CENSURA” Y “LEY ESPÍA”

Una de las férreas defensoras de la última de las leyes secundarias que se aprobaron en este período extraordinario de sesiones de la LXVI Legislatura federal, fue la presidenta Claudia Sheinbaum, quien desde la tribuna de la ya tradicional “Conferencia Matutina”, explicó los absurdos e las campañas lanzadas por la oposición acusando la aprobación de una “Ley Censura” y una “Ley Espía”.

La llaman ahora la ‘Ley Espía’ -dijo-, esa es su propaganda y dan como argumento un artículo que es exactamente igual al artículo que ya tenía la ley, no se modificó nada, señala que es a solicitud de un juez como se puede tener información de un teléfono, que eso existe ahora y existía desde que se aprobó la ley en su momento en el año 2014.

No cambia nada de la ley anterior -abundó-, a esta, y le llaman que te estamos espiando, pues cómo vamos a espiar; primero, es un asunto que tiene que ver con el mejor funcionamiento del sistema de telecomunicaciones en nuestro país y que en caso de temas de seguridad, pueda haber información de las empresas telefónicas igual que estaba antes, nada más que ellos creen que como le ponen un nombre, entonces la gente se va a ir con la finta, pues no hay que informar, nada cambió en la ley de lo que ellos argumentan que ahora el gobierno va a espiar a las personas… no cambió absolutamente nada en esa ley que tuviera que ver con algún espionaje.

Y sobre la llamada “Ley Censura”, Sheinbaum Pardo explicó que ahora resulta que las audiencias tienen derechos, y detalló: “Quiénes son las audiencias, todos nosotros, los que escuchamos la radio y vemos la televisión y que si nos sentimos ofendidos porque hubo algo que sabemos que es mentira, o que no debería de haber salido al aire por agraviar a menores de edad, pues podemos ahora sí reclamarle a la televisora, a la estación de radio y ellos tienen obligación de aceptar ese reclamo”.

Eso dicen -explica-, no es censura, sino un derecho ciudadano a reclamar información falsa o inapropiada en medios, antes inexistente. La ciudadanía ahora puede exigir veracidad, amparada en el derecho constitucional a la información.

Incluso la presidenta de México planteó que la nueva ley debería llamarse “Ley de Seguridad y Apoyo a la Población”, porque en su opinión no tiene nada que ver con el espionaje, “es falso de toda falsedad que en esas leyes hay alguna capacidad que le den al Estado mexicano, fuera de la Constitución, capacidad para vigilar a las personas”.

Aseguró que se trata de una campaña estrictamente política, en la que se trata de criticar al gobierno, “sin importar que ley hubiéramos propuesto, no importa el contenido de la ley, hay algunos personajes que todo será en contra nuestra, pero el problema es que se lanzan contra nosotros diciendo mentiras”.

La presidenta Claudia Sheinbaum expresó que los periodistas tienen libertad para criticar al gobierno, pero se pide no mentir. Los ciudadanos ahora pueden exigir su derecho a la información mediante un ombudsman, sin coartar la libertad de expresión.

ÉNFASIS EN LOS DERECHOS DE LAS AUDIENCIAS: PEÑA MERINO

Por su parte, José Antonio Peña Merino, titular de la Agencia de Transformación Digital y uno de los principales redactores de la nueva Ley de Telecomunicaciones, hizo saber que en el tema de la geolocalización, planteado en el artículo 183, sostiene lo mismo que sostenía la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión aprobada en el 2014 con la mayoría del PRI y del PAN.

Básicamente -dijo-, la redacción es la misma, con un cambio menor, en términos la ley anterior decía vigilar y sancionar las obligaciones en materia de defensa; y la nueva ley habla de vigilar el cumplimiento de los lineamientos en materia de los derechos de las audiencias.

Detalló que contrario a la censura, el espíritu de esta nueva ley, es dar a las audiencias mecanismos de expresión y queja, ante cualquier contenido en medios que violen los derechos de las propias audiencias, pero no se trata ni de censura ni de espionaje.

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ENTREVISTAS

Miguel Monraz: Peligrosa la Ley de Telecomunicaciones

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Por Mario Ávila //

El diputado federal del PAN, Miguel Ángel Monraz, presidente de la Comisión de Radio y Televisión, expresó preocupaciones sobre la nueva Ley de Telecomunicaciones, particularmente por la falta de autonomía del Consejo Regulador de Telecomunicaciones, que reemplazó a la Agencia de Transformación Digital como órgano rector.

Según Monraz, los cinco consejeros, nombrados por la presidenta Claudia Sheinbaum y ratificados por la mayoría de Morena en el Senado, carecerán de independencia. La fracción 1 del artículo 23 permite su remoción por decisión presidencial sin un despido justificado, lo que, en su opinión, genera miedo e inseguridad.

“Trabajarán con la guillotina en el cuello”, afirmó, cuestionando si podrán actuar libremente o si los apercibimientos por incumplir derechos de audiencias serán usados para silenciar críticas al gobierno.

Monraz criticó que esta falta de autonomía no garantiza equilibrios entre lo público y privado ni equidad para inversionistas en telecomunicaciones, lo que podría incumplir requisitos del T-MEC.

Comparó el consejo regulador con la Cofetel de 1995, considerando la ley un retroceso de 30 años, aunque evitó un mayor retroceso al descartarse la Agencia de Transformación Digital propuesta originalmente.

En cuanto al polémico tema de la geolocalización, Monraz propuso una reserva, desechada en tribuna, para exigir una orden judicial clara para su uso. El artículo actual remite a lineamientos del consejo, lo que genera ambigüedad y riesgos de espionaje.

“Si no te espía esta ley, lo hará la de la Guardia Nacional o la de Inteligencia”, advirtió, cuestionando la seguridad de los datos biométricos de los ciudadanos y recordando el hackeo al sistema del Ejército como ejemplo de vulnerabilidad.

A pesar de reconocer que el 90% de la ley retoma la legislación de 2014, Monraz destacó enmiendas positivas, como la eliminación del artículo 109, que calificó de “ridículo y agresivo” contra portales digitales, y los artículos 201 y 202 sobre censura previa, gracias a la presión de periodistas, sociedad civil y legisladores.

Sin embargo, advirtió que persisten normas que permiten controlar y vigilar a medios y ciudadanos, limitando la libertad de expresión. Monraz expresó preocupación por la intolerancia de Morena, citando casos como la sanción económica y la obligación de disculparse impuesta a una ciudadana en Sonora por criticar al presidente del Congreso en redes sociales, la detención de un periodista en Tequila por hacer su trabajo, el hostigamiento a un periodista en Campeche por parte de la gobernadora, y la “Ley Censura” en Puebla.

También mencionó el caso de un ciudadano que enfrentó a un diputado de Morena, Gerardo Fernández Noroña, y fue obligado a disculparse tras un proceso judicial. “Todos esos son de Morena”, sentenció, señalando un patrón de represión.

El legislador subrayó que, aunque la ley incluye avances, los riesgos de control y vigilancia persisten. Los ciudadanos y medios enfrentan un entorno donde las críticas al gobierno pueden ser castigadas, y la falta de claridad en regulaciones como la geolocalización amenaza la privacidad. Monraz llamó a garantizar un equilibrio que proteja tanto los derechos de las audiencias como la libertad de expresión, sin permitir que el gobierno utilice la ley para intimidar o espiar a la ciudadanía.

 

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