OPINIÓN
Se debe legislar la gestación subrogada
Bioética, por Omar Becerra Partida (*) //
Un tema que causa polémica en algunos sectores de la sociedad moderna es el contrato que se efectúa para el alcance de la maternidad y la paternidad. El tema del que se habla es precisamente el arrendamiento de vientre, una práctica posible en México regulada jurídicamente y que permite a las parejas satisfacer la necesidad percibida por ser padres o madres a través de este acuerdo que obliga el cumplimiento obligatorio de ciertas condiciones.
Se habla aquí de “percepción necesaria” puesto que hombres y mujeres adquieren la sensación de experimentar la maternidad y la paternidad y es aquí donde esta condición se convierte en un problema conceptual y no de otra índole.
La maternidad y la paternidad son definidas por el diccionario de la real academia de la lengua como la cualidad de ser madre o padre, en ese sentido, la cualidad se presenta como una distinción de un hombre o de una mujer frente a otros. Por lo tanto, experimentar la maternidad o la paternidad no tiene razón de ser en la relación que establece la madre o el padre con el hijo, sino con la diferenciación que le será posible al hombre y a la mujer respecto a otras personas, es decir, desde el aspecto conceptual, la mujer y el hombre no desean mantener una relación con un hijo, sino satisfacer la necesidad de experimentar la maternidad o la paternidad y que eso posibilite la diferenciación con el otro.
Es así como la maternidad y la paternidad no garantiza en el niño el establecimiento de una institución social como es la familia, sino que responde a una acción egoísta del hombre y de la mujer por experimentar la cualidad de ser padre o madre.
Hoy en día la maternidad y la paternidad se alcanzan no sólo con un proceso biológico o social, sino a través de un contrato jurídico que establece los lineamientos necesarios para que una pareja, de cualquier tipo, pueda mantener un lazo legal con un menor que llegará para satisfacer la necesidad de los adultos por experimentar la maternidad y la paternidad.
Visto desde la perspectiva anterior, el arrendamiento de vientre sólo garantiza al menor el derecho a vivir en familia constituida legalmente, sin embargo, la garantía de pertenencia a una familia se puede dar sin la necesidad de un contrato comercial, en ese sentido, satisface mayormente a una necesidad personal por experimentar aquello que sea socialmente ser madre o padre.
Desde la Enfermería Por María Sofía Jiménez Chávez Lic. En Enfermería, Maestría en Ciencias de la Enfermería, Doctorante en Bioetica y Derechos Humanos.
El derecho humano al fundar y establecer una familia se encuentra consagrado en el artículo 16, de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, mismo que establece: “Los hombres y las mujeres, a partir de la edad núbil, tienen derecho, sin restricción alguna por motivos de raza, nacionalidad o religión, a casarse y fundar una familia, y disfrutarán de iguales derechos en cuanto al matrimonio, durante el matrimonio y en caso de disolución del matrimonio”. “El derecho a fundar una familia implica, en principio, la posibilidad de procrear y de vivir juntos”. De lo anterior, al no establecerse la manera de procreación, esta no se reduce únicamente a la reproducción tradicional. (Alonso, 2020)
De esta forma nace la necesidad de tutela y reconocimiento del derecho de la gestación subrogada, originada a consecuencia de diversas condiciones médicas y personales de las personas que desean la integración de una familia. Las limitantes en la procreación de las personas pueden ser originadas por diversos factores y causas por lo que acudir a diversos métodos médicos como las de técnicas de reproducción asistida para tener descendencia es acertado. Técnicas de Reproducción Asistida (TRA): “Todos los tratamientos o procedimientos que incluyen la manipulación tanto de ovocitos como de espermatozoides o embriones humanos para el establecimiento de un embarazo. (Alonso, 2020)
Esto incluye, la fecundación in vitro y la transferencia de embriones, la transferencia intratubarica de gametos, la transferencia intratubarica de zigotos, la transferencia intratubarica de embriones, la criopreservación de ovocitos, embriones, la donación de ovocitos y embriones, y el útero subrogado. La Organización Mundial de la Salud define a la mujer gestante como: “Gestante subrogada: mujer que lleva adelante un embarazo habiendo acordado que ella entregará el bebé a los padres previstos los gametos pueden originarse de los padres previstos y/o de terceros”. (Alonso, 2020)
El primer niño concebido por la tecnología in vitro nació el 25 de julio de 1978 en Inglaterra. En Estados Unidos en 1993 se reguló por primera vez la gestación subrogada. En Canadá se permite la gestación subrogada para todos los modelos de familia, en donde la ley da las bases para llevar a cabo este método y son las siguientes: La gestante debe ser mayor de 21 años. (Alonso, 2020)
En Jalisco aún no se cuenta con gestación subrogada y técnicas de reproducción Asistida (TRA), la prestación de útero en México no es ilegal, pero tampoco están reconocidos los derechos de los padres subrogantes hasta que nazca él bebe y la madre ceda sus derechos como madre. (Omar, 2015)
Bibliografía
Alonso, C. C. (19 de marzo de 2020). La Gaceta. Obtenido de Senado.gob, mx: https://www.senado.gob.mx/64/gaceta_del_senado/documento/104638
Omar, B. P. (2015). Cuaderno de Bioética y Bioderecho. Guadalajara: académica española.
En este orden ideas…
Luz María de las Mercedes Hernández Moreno, licenciatura en Cirujano Dentista, maestría en. ciencias de la Familia, Doctorante en Bioetica y Derechos Humanos.
Pienso que las personas que desean un bebe y se ven en la penosa realidad que no pueden concebir, ya sea por alguna situación biológica de pate de la mujer o del varón, viven situaciones de angustia e impotencia, ya que en cada mes en el que la madre se puede embarazar no hay tal embarazo. Esto conlleva a tener relaciones desgastantes, que se pueden convertir en un problema psico-emocional, social, económico y hasta de intimidad con su pareja, que si no logran ponerse de acuerdo en buscar otras alternativas la relación puede terminar.
El arrendamiento de un vientre es una alternativa para concebir un hijo, en la actualidad vivimos un momento histórico en el que coincide el desarrollo de las técnicas de reproducción humana asistida y la trasformación del rol de la mujer durante este siglo XX; esto me parece que impacta en el desarrollo profesional de la mujer y en la postergación de la maternidad y como lo mencione, en la dificultad de tener un hijo.
Cada caso presenta características y particulares diferentes, y es necesario analizar el contexto de cada situación específica para determinar su contenido Ético.
Se debe legislar la gestación subrogada y Tener un consentimiento informado (medico Jurídico)
En México hay muchos vacíos legales y poco interés, y creo que no se legisla porque esto no representa dinero para los legisladores, solo para la parte que renta su vientre y que se puede convertir en un negocio, y dejar a un lado el Bioderecho y la Bioética.
Más sin embargo creo que es una alternativa en la que puede equilibrar la necesidad de un hijo y la ayuda económica a la mujer gestante.
Valdría la pena tener clínicas y albergues bien organizados, legislados y adecuados para controlar y beneficiar tanto a los padres que alquilan el útero, como a la madre gestante.
(*) Omar Becerra Partida es presidente del Colegio de Bioética y Terapia de Jalisco A.C.
NACIONALES
La presidenta Sheinbaum: ¿Acatará tratados internacionales?
De primera mano, por Francisco Javier Ruiz Quirrín //
EL CLAROSCURO de la reforma judicial. Por un lado, los opositores a esta reforma promovida por López Obrador y consumada por Claudia Sheinbaum, tienen en el Artículo Primero de la Constitución y en la actuación de los organismos internacionales que vigilan el cumplimiento de los ordenamientos jurídicos para la defensa de los derechos humanos, un argumento más de lucha.
Por el lado oficial, dueña de los tres poderes del Estado Mexicano y seguidora de la “cuarta transformación” -que ha hecho a un lado los criterios de organizaciones internacionales que exponen sus opiniones con respecto al gobierno de México-, la presidenta Sheinbaum podría promover de una vez por todas las reformas constitucionales que harían a un lado el actual ordenamiento contemplado en la Carta Magna para dejar de considerar todo tratado internacional como Ley Suprema.
No podemos olvidar que en el paquete de reformas constitucionales para establecer la “Ley Suprema” del Congreso de la Unión por encima del Poder Judicial Federal, se contemplaba una reforma para hacer a un lado del texto lo relativo a los “tratados internacionales”, pero al final del día no se contempló.
Hasta ahora, el Artículo 1 de la Constitución se contempla así:
“En los Estados Unidos Mexicanos todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse salvo en los casos y bajo las condiciones que esta Constitución establece”.
Por parte de los organismos internacionales dedicados a la defensa de los derechos humanos, hay un tema neurálgico en relación a México, luego de la reforma judicial y la expectativa de una posible violación a los derechos humanos ante la selección de los jueces, magistrados y ministros del Poder Judicial Federal a través del voto popular, porque los nuevos juzgadores podrían sujetarse a las consignas políticas y no a la Ley.
Una abogada experta en el sistema interamericano de derechos humanos –Tamara Taraciuk-, dijo a “Proceso” lo siguiente:
“Si el Estado Mexicano ignora las eventuales recomendaciones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, este organismo se transforma en una suerte de Fiscalía y lleva el caso a la Corte Interamericana de Derechos Humanos con sede en San José, Costa Rica y este tribunal inicia un proceso que podría culminar en una sentencia condenatoria vinculante que el Estado Mexicano tendría la obligación de cumplir como firmante de la Convención Interamericana de Derechos Humanos”
Aparte, de forma paralela, en la Organización de las Naciones Unidas se desarrolla un proceso en el que el Estado mexicano tiene que responder. La reforma también está en la mira de la relatora especial de la ONU para la Independencia de Jueces y Abogados y de la Comisión de Venecia, un organismo de la Unión Europea que vela por el constitucionalismo y el Estado de derecho y del cual México forma parte. De parte de estas organizaciones no hay sentencias vinculantes pero sí pronunciamientos políticos.
Aparte, el artículo 133 de la Constitución establece que los tratados internacionales son parte de la Ley Suprema de la Unión, junto con la Constitución y las leyes del Congreso.
Palabras más, palabras menos, ante el inminente riesgo de violaciones a los derechos humanos por la puesta en práctica de una reforma judicial cuyos jueces electos por el voto popular atenderían las recomendaciones de quienes los colocaron para “administrar la justicia” y no a la interpretación de la Constitución en sus primeros 29 artículos relativos a las garantías individuales o derechos del hombre y la mujer, el gobierno de México podría recibir una condena internacional y verse obligado a modificar parte de su reforma al Poder Judicial de la Federación.
Eso por un lado, pero por otro, podría ser una oportunidad para que el régimen impuesto por López Obrador y perfeccionado por Claudia Sheinbaum, quite los candados constitucionales que le oprimen aún, el propósito de establecer de una vez por todas un régimen en manos de una sola persona, es decir, una autocracia en la que las libertades y derechos humanos de sus ciudadanas y ciudadanos se sujetarían a la voluntad del Estado, el mismo que sería capaz de declarar de utilidad pública, toda propiedad privada.
NO HABRÁ DIÁLOGO CON LA OPOSICIÓN
SI LA presidenta Sheinbaum hizo de manera personal una crítica pública al nuevo dirigente nacional del PAN, Jorge Romero, es porque está enviando un mensaje de que no habrá diálogo alguno con la oposición… Decir que Romero es “el jefe del cartel inmobiliario” en la ciudad de México, podría haber corrido a cargo de la secretaria de Gobernación, Rosa Icela Rodríguez o de la presidenta de MORENA, Luisa María Alcalde, pero no fue así… Un asunto de bajo perfil fue tomado como un pretexto para decir a todos los mexicanos que esta “construcción del segundo piso de la cuarta transformación”, solo gobernará para los simpatizantes, haciendo a un lado a todo aquel o aquella que piense diferente… Adiós entonces a la aspiración de un llamado desde palacio nacional a la unidad de las y los mexicanos…
JALISCO
Madruguete legislativo: El pacto silencioso que define la política jalisciense
Crónicas de Pacheco, por Daniel Emilio Pacheco //
El reloj marcaba las 2:33 de la madrugada cuando la 64 Legislatura del Congreso de Jalisco, bajo el tenue resplandor de la noche, decidió consumar lo que muchos en el recinto describieron como un “madruguete”. En una sesión cargada de tensión, se aprobó la integración de las 20 comisiones legislativas, un acto que, más que ser un simple trámite administrativo, reveló la maquinaria oculta que mueve los hilos del poder en el estado.
Mientras la mayoría de los legisladores dieron su voto favorable, los cinco integrantes del Partido Acción Nacional (PAN) se opusieron con firmeza. Claudia Murguía Torres, coordinadora de la bancada panista, alzó la voz contra lo que calificó como un “acuerdo vergonzoso” entre Movimiento Ciudadano (MC) y Morena. Con un tono severo, señaló la falta de transparencia y la premura innecesaria de una sesión que, según ella, podría haberse realizado con luz de día y mayor deliberación.
La crítica de Murguía resonaba más allá del recinto: “No hay urgente necesidad”, afirmó, cuestionando la prisa por votar cuando aún quedaban días para cumplir el plazo legal. Y, sin embargo, su voz parecía ahogarse en un entorno donde las alianzas veladas y los intereses partidistas ya habían definido el resultado.
El coordinador de MC, José Luis Tostado, respondió con la habilidad retórica que caracteriza a los políticos experimentados. Negó cualquier pacto exclusivo con Morena y afirmó que los acuerdos fueron alcanzados con siete de los ocho grupos parlamentarios. Pero los hechos hablan más alto que las palabras, y el reparto de las presidencias de las comisiones legislativas parece contar una historia distinta.
EL REPARTO DEL PODER
Movimiento Ciudadano, como era de esperarse, se quedó con las comisiones clave: Hacienda y Presupuestos, Seguridad y Justicia, Movilidad y Transporte, entre otras. Con estas posiciones, MC asegura su dominio sobre los recursos financieros, la agenda de seguridad y los proyectos de movilidad, consolidando así su narrativa de partido hegemónico en Jalisco.
Morena, por su parte, tomó el control de comisiones que, aunque importantes, carecen del impacto presupuestal que caracteriza a las de MC. Igualdad Sustantiva y de Género, Vigilancia y Sistema Anticorrupción, y Participación Ciudadana son comisiones que encajan con la retórica progresista del partido, pero cuyo alcance real en términos de poder legislativo es limitado.
El PAN, relegado a un papel testimonial, mantuvo las comisiones de Asistencia Social, Familia y Niñez, así como Gobernación. Estas presidencias son más un consuelo simbólico que una herramienta de influencia real. Mientras tanto, el PRI y los partidos minoritarios —Hagamos, PVEM, PT y Futuro— obtuvieron presidencias que parecen más un intento de mantenerlos en la mesa de negociación que una concesión de poder auténtico.
LA SOMBRA DE UN PACTO NO TAN SILENCIOSO
El PAN, con razón o sin ella, parece haber sido el único partido dispuesto a denunciar públicamente lo que otros solo murmuran en los pasillos: la existencia de un acuerdo entre MC y Morena. Aunque ambos partidos lo niegan, su coordinación para sacar adelante esta votación en una sesión de madrugada sugiere que hay más en juego que el cumplimiento de un plazo legal.
En este contexto, la declaración de Julio Hurtado, diputado panista, resulta especialmente elocuente: “El que hoy estemos debatiendo este tema a las 2 de la mañana habla por supuesto de lo vergonzante que es para Movimiento Ciudadano arrancar esta Legislatura entregándole el control de lo que hoy es la gran coyuntura nacional”.
EL PESO DE LOS NOMBRAMIENTOS
La sesión no solo fue polémica por la distribución de las comisiones. También se tomó protesta a Eduardo Fabián Martínez Lomelí como secretario general del Poder Legislativo. Martínez Lomelí, cercano al gobernador Enrique Alfaro, es una figura clave en la operación legislativa y su continuidad refuerza la influencia de MC dentro del Congreso.
Su permanencia no es un detalle menor; representa el control administrativo y técnico del Legislativo, un poder que muchas veces opera lejos de los reflectores, pero que es crucial para la agenda de cualquier partido en el gobierno.
LA GLOSA 2024: OBRA DE TEATRO EN PUERTA
Otro de los puntos aprobados fue la realización de la Glosa 2024 los días 20, 21 y 22 de noviembre. Este ejercicio de rendición de cuentas, en teoría, debería ser una oportunidad para que los legisladores cuestionen a los titulares de las dependencias gubernamentales sobre su gestión. Sin embargo, los antecedentes nos enseñan que estas sesiones suelen ser más un espectáculo político que un verdadero ejercicio de fiscalización.
LA COREOGRAFÍA DEL PODER
Lo ocurrido en esta primera sesión de madrugada de la 64 Legislatura no es un hecho aislado; es una muestra del entramado político que define a Jalisco. Movimiento Ciudadano, Morena y los demás partidos están inmersos en un juego donde la prioridad no es el bien común, sino la consolidación de poder. Las críticas del PAN, aunque legítimas, también deben ser vistas con escepticismo; ningún partido está libre de pecados en esta danza de intereses y no podemos olvidar que, la legislatura pasada el PAN tenía en Claudia Murguía a la diputada más naranja de los azules.
Si algo dejó claro esta sesión inaugural, es que el Congreso de Jalisco no será el espacio para el debate plural. Los acuerdos entre MC y Morena marcarán la pauta, mientras el resto de las fuerzas políticas se adaptan o perecen. En la penumbra de la madrugada, las decisiones se tomaron con una urgencia cuestionable y una opacidad indignante. Para los ciudadanos, queda la amarga certeza de que, en este juego de poder, su voz sigue siendo un eco perdido en el vacío legislativo.
En X @DEPACHECOS
NACIONALES
El costo de la transparencia
Opinión, por Salvador Romero Espinoza //
La propuesta de reforma al artículo 116 de la Constitución para desaparecer a los 32 institutos de transparencia locales del país, nos costará casi 20 veces más de lo que actualmente nos cuestan dichos institutos, de acuerdo a la distribución de funciones y obligaciones que establece para las contralorías de cada una de las casi 7,000 autoridades estatales y municipales del país.
En primer lugar, hay que señalar que el presupuesto aproximado del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) es de 1,000 millones de pesos anuales, mientras que el presupuesto aproximado de los 32 institutos de transparencia locales del país, ronda los 1,300 millones de pesos al año; el Instituto de Transparencia Jalisciense (ITEI), por ejemplo, tiene un presupuesto aproximado de 60 millones de pesos anuales, básicamente el mismo desde hace 12 años; es decir, la totalidad de los 33 institutos de transparencia cuestan a cada mexicana y mexicano alrededor de $17 pesos al año, menos de lo que cuesta un refresco.
De esos presupuestos, alrededor del 70% de los recursos se destina a lo que se conoce como “Capítulo 1000”, es decir, al pago de sueldos, salarios, prestaciones y honorarios de las personas que apoyan a dichos institutos de transparencia a cumplir con sus funciones, que en el INAI son alrededor de 800 personas y en el resto de los institutos de transparencia del país alrededor de 1,200 personas; el ITEI, por ejemplo, tiene una plantilla de personal de 94 personas.
Por su parte, la propuesta de reforma constitucional, denominada de “simplificación administrativa”, cuya finalidad es la destrucción de 39 organismos constitucionales autónomos (creados como contrapesos al poder público), establece también una propuesta de modificación al artículo 116 (relativo a las atribuciones de las entidades federativas), que violenta completamente el esquema federalista mexicano y el principio de soberanía de los estados que forman nuestra República, pues prohíbe a las entidades el que puedan preservar a sus institutos de transparencia, a pesar que dicho artículo fue concebido para reconocerles atribuciones a las entidades federativas, no para imponerles prohibiciones.
En dicha propuesta de reforma se establece la desaparición obligatoria de los 32 institutos de transparencia del país para que cada contraloría o equivalente de cada autoridad, realice las atribuciones que actualmente realizan dichos institutos, entre otras, conocer de las quejas, impugnaciones, recursos e inconformidades que presente la sociedad en contra de la opacidad de las instituciones públicas, así como las verificaciones a sus portales de transparencia y la capacitación a su personal y a la sociedad civil.
Este esquema conllevaría un enorme gasto presupuestal, dado que -haciendo a un lado a la Federación- actualmente existen casi 7,000 sujetos obligados (o autoridades) estatales y municipales (en Jalisco rondan los 600), por lo que una debida tutela de los derechos fundamentales a la información y a la protección de datos personales, que actualmente está encomendada a los institutos de transparencia, implicaría que en cada contraloría de cada autoridad se contrataran, al menos, 3 tres nuevas personas: una responsable de la resolución de recursos en materia de acceso a la información y de las denuncias por incumplimiento de obligaciones de transparencia; otra responsable de las verificaciones a los portales de transparencia y de la capacitación; y otra especializada en resolver controversias relacionadas con la protección de datos personales.
En otras palabras, en el discurso oficial para justificar la destrucción de los institutos de transparencia, se ha señalado que son costosos para el presupuesto y que su desaparición implicaría un ahorro para el erario público, sin embargo, con el esquema propuesto, si en verdad se quieren proteger adecuadamente estos derechos humanos, se tendrían que contratar a alrededor de 21,000 personas nuevas para tutelarlos de manera eficiente por los sujetos obligados estatales y municipales (en contraste con las alrededor de 1,200 personas que actualmente laboran en los 32 institutos locales), por lo que, en realidad, este esquema propuesto, además de todas las implicaciones negativas que tiene, también nos costaría a las y a los mexicanos, cuando menos 17 veces más de lo que actualmente nos cuestan los institutos de transparencia locales del país.
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