NACIONALES
La paradoja del interés público

Opinión, por Salvador Romero Espinosa //
La Constitución Federal señala que toda la información que está en manos de las autoridades es pública, es decir, que nos pertenece a todos y que, por consecuencia, sólo podrá ser reservada temporalmente por razones de interés público.
Sin embargo, como el concepto de “interés público” es muy ambiguo, la propia Constitución establece que la Ley General de Transparencia debe de definir aquellas causales que puedan ser consideradas dentro del campo del “interés público”, para evitar abusos en el proceso de reserva de información, estableciéndose por tanto tres reglas muy importantes para efecto de que las autoridades puedan negar el acceso a esa información pública que nos pertenece, de tal forma que nadie tenga dudas de las razones claras, objetivas, concisas, tangibles y específicas detrás de cada reserva, a saber:
En primer lugar, establece doce causales específicas de reserva consideradas de “interés público” (más la causal de “seguridad nacional”), para delimitar el margen de discrecionalidad de las autoridades, lo que en otras palabras significa que, si la información que se quiere ocultar no se encuentra dentro de alguna de esas causales, significa que no se puede reservar, porque no existiría una causa real de “interés público” para reservarla.
En segundo lugar, establece que toda reserva de información debe de hacerse con posterioridad a la solicitud para acceder a esa información, prohibiendo la reserva de información antes de su generación y también previo a que alguien la haya solicitado.
En tercer lugar, establece que, además de la existencia de una causal de interés público, debe realizarse un procedimiento de justificación caso por caso, en el cual se analice con profundidad cuáles serían efectivamente las afectaciones al “interés público” en caso de que esa información se hiciera del conocimiento público; procedimiento que la ley define como “prueba de daño”.
Por todo ello, el decreto presidencial que establece que la construcción, funcionamiento, mantenimiento, operación, infraestructura, ejecución y administración del Tren Maya, del Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec y de los aeropuertos como el Felipe Ángeles, son considerados de seguridad nacional y de interés público en automático, es una clara violación a lo establecido por la Constitución, pues pretende esquivar las tres reglas básicas referidas para la clasificación y reserva de información pública.
Es muy importante recordar que toda negativa de acceso a información pública es una restricción a un derecho humano, lo cual debe de evitarse siempre que sea posible, pues también es una cuestión de “interés público” el que se reconozcan y tutelen los derechos fundamentales de una persona, lo cual es una clara evidencia de la paradoja que hay detrás de esta figura de “interés público”.
Aunado a lo anterior, la propia Ley General de Transparencia define como “información de interés público” aquella que resulta relevante o beneficiosa para la sociedad y no simplemente de interés individual, cuya divulgación resulta útil para que el público comprenda las actividades que llevan a cabo las autoridades, lo que se adecúa perfectamente con toda la información relacionada con las grandes obras que realiza el gobierno.
Así las cosas, lo paradójico de este concepto de “interés público”, reside justamente en que puede servir a las autoridades tanto para ocultar la mayor cantidad de información posible (como en el caso del referido decreto presidencial) como para que las autoridades transparenten la mayor cantidad de información posible (mediante la difusión de información de interés público).
Sin embargo, en el uso e interpretación del concepto de “interés público”, se debe de entender que existe una gran diferencia entre su utilización para ocultar y para transparentar, pues en el primer caso debe ser limitativa (reserva de información), pues únicamente se puede utilizar cuando se adecúe con alguna de las causales de reserva expresamente previstas y, por el contrario, es un concepto que invita a las autoridades a ser lo más transparentes posible, entregando la mayor de información que puedan.
Por último, para abonar en esta paradoja, cabe señalar que los organismos garantes de transparencia, como el Instituto Nacional de Transparencia (INAI) o el Instituto de Transparencia de Jalisco (ITEI), tienen la facultad expresa de realizar “pruebas de interés público”, que es un mecanismo de argumentación, fundamentación y ponderación, realizado cuando existe una colisión de derechos, para acreditar si el beneficio de la entrega de información clasificada favorece al interés público o, por el contrario, atenta contra dicho interés público o los derechos humanos, por lo que la falta de organismos garantes de transparencia deja a la sociedad sin este importantísimo filtro para determinar si las autoridades reservan o no justificadamente la información pública en su poder.
ENTREVISTAS
Francisco Reséndiz Neri, candidato a juez de distrito: Juzgar con pasión, servir con independencia

Por Francisco Junco //
“Quiero seguir siendo juez porque es mi vocación y mi pasión. No busco poder, sino servir”, afirma con convicción Francisco Reséndiz Neri, Juez Séptimo de Distrito en Jalisco, mientras enfrenta un proceso inédito en México: la elección popular de jueces el 1 de junio de 2025.
Con más de 20 años en el Poder Judicial y nueve como titular en materia penal, Reséndiz, identificado con el número 25, defiende su trayectoria y su amor por los derechos humanos como su principal carta de presentación.
Un camino desde abajo
Reséndiz comenzó en los escalones más bajos del sistema judicial, como meritorio, haciendo copias y aprendiendo desde la base. Su carrera incluye roles como actuario penal, secretario del Supremo Tribunal de Justicia de Jalisco, y juez federal en materia de cateos y arraigos en la Ciudad de México, hasta llegar a la titularidad del Juzgado Séptimo de Distrito.
“Me mueve, el hecho de que creo que esto tiene que mejorar en la selección y que se requerirán personas de experiencia, personas independientes, que contribuyan a que subsista lo que es propiamente la división de poderes, la democracia como la conocemos actualmente, porque la defensa más cercana que tiene el ciudadano y todas las personas contra cualquier acto arbitrario, es precisamente el juicio de amparo, único en el mundo que permite anular cualquier acto”, señala, destacando su compromiso con la división de poderes y la democracia.
Retos de una elección sin precedentes
En entrevista con Conciencia Pública, Reséndiz aborda con franqueza los desafíos de esta elección. “Será difícil que la gente vote con cientos de nombres en una boleta, sin partidos ni propuestas tangibles”, admite. Reconoce riesgos, como la posible influencia de poderes fácticos, incluido el crimen organizado, pero insiste en que la solución es simple: “Apegarse a la ley, al caso concreto y a la Constitución”. Su experiencia, dice, es su escudo contra presiones externas.
Dilemas judiciales
Francisco Reséndiz Neri reconoce que uno de los grandes dilemas actuales en la labor jurisdiccional es la falta de una postura clara de la Suprema Corte respecto a la jerarquía entre los tratados internacionales y la Constitución.
“Muchos jueces, actuando de manera fundada, han establecido que debe prevalecer el tratado sobre la Constitución en ciertos casos, especialmente cuando se trata de derechos humanos”, explica. Sin embargo, esa práctica ha generado reacciones del poder legislativo, que habla de afectaciones a la soberanía nacional. “El problema es que cuando un juez aplica el tratado por encima de la Constitución, aunque sea para proteger derechos humanos, puede ser señalado o etiquetado, y eso no debería pasar”, señala.
Una justicia humana y equitativa
Cuenta cómo, en un caso de abuso sexual contra un menor, “coincidía la edad con la de mi hija. Estás tentado a echarle más cosas, pero no puedes. Tienes que ser objetivo. No puedes decidir por lo que sientes” y reafirmó que la objetividad no lo aleja de la empatía, “hay que ponerse en los zapatos de los otros. Todos tienen un proyecto de vida, todos merecen respeto”.
Propuestas claras
¿Por qué votar por él? Reséndiz enumera tres razones:
“Quiero que votes por mí porque tienes derecho a una persona capacitada. Quiero que votes por mí porque tienes derecho a una persona que ha administrado justicia y que tiene noción de lo que es o son los actos injustos. Y, tres, quiero que votes por mí porque siempre dialogaré por la protección de los derechos de las personas. Esa es mi directriz”, subraya.
Deuda histórica con las víctimas
Para Reséndiz Neri, el sistema penal mexicano tiene una deuda histórica con las víctimas, “el sistema ha privilegiado la forma sobre el fondo”, lamenta. Y pone un ejemplo elocuente, “no es lo mismo liberar a alguien porque no se leyó un derecho a tiempo, que porque no se comprobó su responsabilidad. Hay que cuidar las formas, sí, pero sin perder de vista la justicia de fondo”, apunta. Desde esa visión, Francisco Reséndiz cree necesario revisar la legislación para que no se convierta en un laberinto que sirva como impunidad.
El juez habla con firmeza sobre temas que no todos tocan con tanta claridad, por ejemplo, aseguró que la diversidad llegó para quedarse. “No puede haber discriminación por preferencia sexual, por origen étnico o por discapacidad. Es una deuda histórica que tenemos con los grupos vulnerables”. Defiende los protocolos para juzgar con perspectiva de género, y asegura que su compromiso es procurar una justicia que no sólo sea formalmente igual, sino sustantivamente justa.
En un México donde la desconfianza hacia las instituciones prevalece, Reséndiz ofrece su trayectoria: nueve años como titular del Juzgado Séptimo de Distrito y una carrera forjada en la experiencia.
En la inédita elección de jueces del 1 de junio de 2025, lamenta no poder prometer resultados tangibles como un político que ofrece obras públicas. “Solo prometo proteger los derechos de quienes lleguen a mi juzgado, porque así lo manda la Constitución”, asegura con convicción. “No lo hago por poder, sino por deber”.
CARTÓN POLÍTICO
Herida abierta
NACIONALES
Daniel Cosío Villegas y el dominio presidencial

Conciencia con Texto, por José Carlos Legaspi Íñiguez //
Muy certero el dicho aquel de “quien no conoce la historia está condenado a repetirla”.
Daniel Cosío Villegas, historiador, economista, catedrático, intelectual reconocido por tirios y troyanos, escribió varios libros que dieron luz para comprender cómo se hizo y cómo funcionó el Sistema Político Mexicano, confeccionado por revolucionarios, entre los que sobresalen, Álvaro Obregón, Venustiano Carranza, Plutarco Elías Calles, Lázaro Cárdenas y otros.
Don Daniel Cosío Villegas, quien tuvo que aclarar la mentirijilla que propagó de haber nacido en Colima, en 1900, cuando en verdad nació en la Ciudad de México en 1898, estableció en varios de sus libros, ensayos y textos, que México vivió alrededor de 70 años un sistema autoritario, presidencial y con un partido dominante.
Habrá que estar muy atentos a lo escrito por este sociólogo y diplomático que desnudó y encabritó a no pocos miembros de la élite que gobernó nuestro país desde que la Revolución se bajó del caballo hasta que llegó Fox con sus botas piteadas.
Don Daniel consideró que los poderes metaconstitucionales, de por sí concesionados en la Magna Carta de 1917, motivaron la Centralización del Poder en los rubros de política, economía y geografía. Esta concentración fue perversa, centralista y castrante para el resto de las entidades de la República. Tiempos hubo que en política “no se movía una hoja del árbol” sin la aprobación del Presidente de la República (así con mayúsculas) porque su poder era inmenso, total y arbitrario.
La subordinación de las autoridades municipales, estatales, así como de los poderes Legislativo y Judicial, al omnímodo poder presidencial se tornó, incluso, patético, absurdo y kafkiano.
El presidente priista en turno era un dios sexenal, que hacía y deshacía según su voluntad, su ánimo y sus intereses personales y de grupo. ¡Ay de aquél o aquellos que osaran ir en contra de la voluntad del todopoderoso presidente! Le esperaba cárcel, muerte política o… de veras.
Con esas condicionantes se canceló así la actividad política como factor de movilidad social; brilló la ausencia de un programa político claro y se apoderó del poder el oportunismo descarado y descarnado de las huestes “hienas” que pululan siempre buscando la carroña que dejan los “leones” de la grilla.
Un factor más fue el partido único, mediante el cual se legitimaron los cambios sexenales para aparentar la democracia hacia afuera, hacia los observadores mundiales. Mientras se mostraba esa falsa careta democrática al interior del partidazo y de otros partidos paleros, se practicaba la sumisión total al detentador del poder político.
Don Daniel Cosío Villegas publicó en 1972, bajo el auspicio de la Universidad de Texas, su ensayo “El sistema político mexicano, las posibilidades de cambio”.
Estableció que la creación del Partido Nacional Revolucionario, ideado en 1920, pero nacido hasta 1929, fue creado para eliminar el caudillismo de los neopolíticos postrevolucionarios, la mayoría hombres de armas, y así disminuir la violencia. Esto generó la “pax post revolución”, con el beneficio de sentar bases sólidas de la economía y algunos programas con objetivos sociales.
Octavio Paz, premio Nóbel de Literatura, solía decir que Cosío Villegas, “nos hizo conscientes de la dignidad humana”. Cosío Villegas fue director de la Escuela de Economía de la UNAM en 1933. Fue el primer director del Fondo de Cultura Económica, de 1934 a 1948 y presidente del Colegio de México de 1957 a 1963. Justamente don Daniel, siendo diplomático en Portugal, sugirió al entonces presidente Lázaro Cárdenas del Río, traer a México a los intelectuales españoles perseguidos por Francisco Franco por su afán republicano.
Ellos, los refugiados españoles fundaron la Casa de España, a la postre convertida en el Colegio de México. En 1943 el presidente Manuel Ávila Camacho aprueba y se crea el Colegio Nacional. Entre sus iniciadores está don Daniel Cosío Villegas y los jaliscienses, José Clemente Orozco, Enrique González Martínez, Mariano Azuela, acompañados por Manuel Sandoval Vallarta, Carlos Chávez, Alfonso Reyes, Alfonso y Antonio Caso, Ignacio Ochoterena, Diego Rivera, José Vasconcelos e Ignacio Chávez.
Cosío Villegas estableció que “el dominio presidencial mata todo espíritu cívico y convierte la vida política del país en una farsa profundamente aburrida”.
A este gran pensador mexicano se le consideró un liberal constitucionalista. Sus palabras parecieran resonar en estos tiempos de regresión al tiempo en que el sistema político mexicano se regía por el autoritarismo, la descalificación de los adversarios, la sumisión de los poderes, la compra de voluntades, el absolutismo y totalitarismo encarnado en un partido único al servicio del presidente en turno.
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