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OPINIÓN

El entuerto que no fue

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Opinión, por Gerardo Rico

En los últimos días surgieron puntos de vista encontrados en torno a la medida adoptada por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), que revocó los lineamientos que obligaban a los partidos políticos a postular exclusivamente a mujeres para ocho presidencias municipales de Jalisco, con miras a los comicios del próximo año.

Para algunos, esta medida terminó con las aspiraciones de las mujeres dedicadas a la actividad política y al servicio público. Además, la consideraron un ataque directo a las mujeres y a la equidad de género, por lo que la calificaron como «un retroceso» en esta materia.

En lo personal, no estoy de acuerdo con este punto de vista, pues hay que ir al origen de la propuesta y de las acciones que, en su momento, se atribuyó el Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Jalisco (IEPC) para determinar formas y criterios, sobre todo en el municipio más importante económicamente del estado: Zapopan.

La Ley de Paridad de Género obliga a los partidos políticos a postular un 50 por ciento de mujeres y un 50 por ciento de hombres a los cargos de elección popular. Sin embargo, el IEPC Jalisco determinó que en los municipios de Autlán de Navarro, Chapala, Ixtlahuacán de los Membrillos, La Barca, Poncitlán, San Juan de los Lagos, Tonalá y Zapopan las candidaturas debían ser exclusivamente para mujeres, bajo el argumento de que históricamente nunca había gobernado una mujer en esos municipios.

La tesis central para echar abajo las medidas adoptadas por el IEPC Jalisco y ratificadas por el Tribunal Electoral del Estado de Jalisco y la Sala Regional del propio TEPJF fue la siguiente:

A).- Invasión de facultades. Se determinó que reservar municipios exclusivamente para mujeres es una facultad exclusiva del Poder Legislativo y no de las autoridades administrativas electorales.

B).- Exceso y discriminación inversa. Se argumentó que obligar a los partidos a postular únicamente a mujeres en zonas específicas resultaba excesivo y restrictivo para otros perfiles.

C).- Regla «reforzada» desproporcionada. En casos particulares, como Zapopan, se criticó severamente que las autoridades locales exigieran no solo que la candidatura fuera para una mujer, sino que además debiera pertenecer obligatoriamente a un grupo vulnerable, ya fuera un pueblo originario, la diversidad sexual o una persona con discapacidad, lo que fue considerado inviable y restrictivo.

D).- Impacto en los partidos. Se priorizó el derecho de los partidos políticos a definir sus estrategias de competencia electoral de manera plural.

Esta resolución de la Sala Superior del TEPJF dejó sin efectos de manera definitiva la medida, permitiendo que tanto hombres como mujeres participen en las contiendas de dichos municipios en los comicios intermedios del próximo año, luego de resolver 18 recursos de reconsideración.

Por los excesos del IEPC Jalisco, reitero mi desacuerdo con quienes afirman que se cerró el paso a la paridad de género o que se trata de un ataque directo contra las mujeres. Tengo respeto por la trayectoria pública de varias mujeres que, desde distintos partidos políticos, han desarrollado su actividad política en nuestro estado, algunas de ellas en el Poder Legislativo y otras en los diferentes niveles de gobierno: federal, estatal y municipal.

En la actualidad, y luego de los comicios de 2024, de acuerdo con cifras del propio IEPC Jalisco, de los 125 municipios del estado, 49 son gobernados por mujeres. Ese año, el organismo electoral registró un total de 469 candidaturas a presidencias municipales: 223 correspondieron a hombres, 245 a mujeres y una a una persona no binaria. Es decir, el 52 por ciento de las candidaturas correspondió a mujeres.

Dentro de las candidaturas femeninas se registraron 32 correspondientes a jóvenes, cinco a pueblos originarios y dos a personas de la diversidad sexual. Sin embargo, aunque persiste una minoría de mujeres como presidentas municipales, en las fórmulas registradas para las alcaldías ante el IEPC Jalisco hubo 66 mujeres postuladas para las sindicaturas, frente a 59 hombres.

En el área metropolitana de Guadalajara tenemos cuatro presidentas municipales: en Guadalajara, Verónica Delgadillo, de Movimiento Ciudadano; en Tlaquepaque, Laura Imelda Pérez, de Morena; en Juanacatlán, Diana Laura Rodríguez, del PT; y en Zapotlanejo, Silvia Patricia Sánchez, de Movimiento Ciudadano.

Resultaron interesantes las declaraciones de dirigentes partidistas, diputadas locales y federales, así como de funcionarias públicas, la mayoría de las cuales consideró como un retroceso la determinación de la Sala Superior del TEPJF y lamentó que «se siga con privilegios y se coarten avances que las mujeres ya hemos ganado», entre otras expresiones.

Sería interesante que revisaran las estadísticas del propio IEPC Jalisco sobre el avance de la paridad de género que se ha registrado desde hace varios procesos electorales en el estado. Basta decir que en 2006 hubo dos alcaldesas; en 2009 fueron ocho; en 2012, diez; en 2015, cinco; y, a partir de 2018, cuando se impulsó precisamente la paridad de género y se obligó a los partidos políticos a postular mujeres, fueron 30 las que resultaron electas para gobernar municipios.


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